[Posición adoptada: Cuando el juez de juzgamiento advierta defectos de carácter formal y sustancial en el auto de enjuiciamiento puede devolver el proceso al juez de investigación preparatoria.]
ACTA DEL PRIMER PLENO JURISDICCIONAL DISTRITAL PENAL DE ICA
MATERIA PENAL Y PROCESAL PENAL – 2010
[…]
TEMA V: LA IMPARCIALIDAD DEL JUEZ
[…]
b) CUANDO EL JUEZ DE JUZGAMIENTO ADVIERTA DEFECTOS DE CARÁCTER FORMAL Y SUSTANCIAL EN EL AUTO DE ENJUICIAMIENTO PUEDE DEVOLVER EL PROCESO AL JUEZ DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA.
POSICIÓN I.- NO PUEDE DEVOLVERLA.
POSICIÓN II.- SI PUEDE HACERLO.
VOTACIÓN DE LOS JUECES SUPERIORES:
POSICIÓN 1: NINGUNO
POSICIÓN 2: 13
[Continúa…]
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