Mediante la Resolución Adminstrativa 000256-2021-CE-PJ, jueces podrán continúar en trabajo remoto si en sede judicial no existe capacidad tecnológica adecuada.
Artículo Primero.- Establecer que los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, por excepción y en concordancia con lo establecido en el numeral 2.4 del artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 000240-2021-CE-PJ, pueden regular el trabajo remoto de jueces y juezas si en la sede judicial no existe capacidad tecnológica adecuada; quienes concurrirán a sus despachos cuando menos una vez por semana.
Establecen que Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, por excepción pueden regular el trabajo remoto de jueces y juezas si en la sede judicial no existe capacidad tecnológica adecuada
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000256-2021-CE-PJ
Lima, 16 de agosto del 2021
VISTOS:
El Oficio Nº 000619-2021-P-CSJCU-PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco; y el Oficio Nº 000281-2021-MPC-RJEM-CE-PJ remitido por la señora Consejera Mercedes Pareja Centeno.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se declaró la emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa días calendario, dictándose medidas de prevención y control a fin de evitar la propagación del COVID- 19, la cual fue prorrogada sucesivamente por los Decretos Supremos Nros. 020-2020- SA, 027-2020-SA y 031-2020-SA; extendiéndose a partir del 7 de marzo de 2021 por ciento ochenta días calendario por disposición del Decreto Supremo 009-2021-SA
Segundo. Que, en coherencia con la regulación establecida por el Ministerio de Salud en las disposiciones mencionadas, mediante Resolución Administrativa Nº 000240-2021-CE-PJ, se prorrogó hasta el 31 de agosto de 2021 la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y prorrogado por los Decretos Supremos Nº 051 y Nº 064-2020-PCM”, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000129-2020-CE-PJ, y modificado por Resolución Administrativa Nº 000146-2020-CE-PJ. Asimismo, se estableció el horario de trabajo presencial y remoto de jueces, juezas y personal auxiliar; y se dictaron diversas medidas administrativas para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos durante dicho periodo.
Tercero. Que, asimismo, en mérito al Acuerdo Nº 962-2021 el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial estableció precisiones respecto a la aplicación de la Resolución Administrativa Nº 000240-2021-CE-PJ del 30 de julio de 2021, para realizar el trabajo remoto por parte de jueces, juezas; así como personal jurisdiccional y administrativo.
Cuarto. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco formula consulta respecto a si se debe priorizar el trabajo interdiario o el trabajo remoto, considerando que la mayoría de jueces y juezas actualmente cuentan en sus domicilios con capacidad tecnológica y logística, para desarrollar las audiencias virtuales; refiriendo que se podría efectuar labor presencial un día a la semana si la urgencia del caso lo justifica, con un sistema de control virtual de la labor efectuada a cargo de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura.
Quinto. Que, de otro lado, la señora Consejera Mercedes Pareja Centeno remite para conocimiento de éste Órgano de Gobierno el Informe Técnico Nº 076-2021 del 5 de agosto del año en curso, emitido por el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud, el cual contiene la proyección de escenarios de la probable tercera ola del COVID-19 en el país.
Sexto. Que, en ese contexto, en aras de continuar brindando un adecuado servicio de administración de justicia a la ciudadanía; sin poner en riesgo la salud no solo de jueces y juezas, sino también de abogados y sujetos procesales que asistirían a los locales judiciales, es necesario complementar las medidas dictadas para realizar el trabajo presencial y remoto en la institución.
Sétimo. Que el artículo 82º, numeral 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 976-2021 de la cuadragésima octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 11 de agosto de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Establecer que los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, por excepción y en concordancia con lo establecido en el numeral 2.4 del artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 000240-2021-CE-PJ, pueden regular el trabajo remoto de jueces y juezas si en la sede judicial no existe capacidad tecnológica adecuada; quienes concurrirán a sus despachos cuando menos una vez por semana.
Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes/as de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ELVIA BARRIOS ALVARADO
Presidenta

![Juez no puede prescindir de la oralización del requerimiento acusatorio arguyendo que ya es de conocimiento de las partes; sin embargo, sí puede disponer que la exposición sea breve [Exp. 00017-2018-74, f. j. 4.1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-abogado-civil-corte-sentencia-juicio-LPDerecho-218x150.jpg)
![En audiencia, el fiscal no puede aclarar, modificar o integrar un tema sustancial de la acusación (fiscal solicitó pena de 10 años por delito de robo agravado, cuando en la acusación escrita había solicitado 4 años, argumentando que se trató de un error tipográfico) [Expediente 2009-011-04, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Instituto-Medico-Legal-Ministerio-Publico-Fiscalia-LP-Derecho-218x150.jpg)

![TC desestima demanda de inconstitucionalidad de la Ley 32130 y reitera exhortación para que la FN y la PNP elaboren protocolos [Exp. 00005-2025-PI/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Confirman multa de 15 UIT a colegio por caída de techo en aula que dejó a varios alumnos con lesiones [Res. 0563-2026/SPC-Indecopi] alumnos-colegios-(2)-LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/alumnos-colegios-2-LP-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Padres (Testigos de Jehová) no pueden impedir transfusión sanguínea a su hijo recién nacido si su vida está en peligro [Exp. 04819-2026-0-0412-JR-FT-01, ff. jj. 6-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)
![¿Corresponde otorgar licencia con goce de haber a profesionales que asumen cargos en su colegio profesional? [Informe Técnico 00540-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-3-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Suprema delimita el alcance de la presunción de veracidad de las actas de infracción que emiten los inspectores de trabajo [Casación 24056-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/inspectores-sunafil-LPDerecho-218x150.png)


![Cuando la libertad de expresión se ejerce mediante críticas a funcionarios públicos afectando su derecho a la honra, la sanción penal debe ser de carácter excepcional, por lo que los Estados deben recurrir a mecanismos alternativos como la rectificación o la reparación civil [Baraona Bray vs. Chile, ff. jj. 109-111, 115]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![TC ordena la emisión de nuevos pronunciamientos debidamente motivados en caso sobre desigualdad salarial (PJ no motivó adecuadamente la decisión de fijar una remuneración inferior a la solicitada por la trabajadora, en comparación con los demás trabajadores homólogos) [Exp. 04852-2023-PA/TC, ff. jj. 4, 6-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-5-LPDerecho-218x150.jpg)
![Designan a Reggis Chávez Sánchez coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios [Resolución 1023-2026-MP-FN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/Reggis-Oliver-Chavez-Sanchez-LPDerecho-218x150.png)
![Lineamientos para el nombramiento del personal administrativo contratado bajo el régimen 276 [Res. 000056-2026-Servir-PE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/ley-servir-administrativo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Modifican TUPA del OECE para adecuarlo a nueva Ley de Contrataciones Públicas [Res. D000073-2026-OECE-PRE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Ministerio de Defensa publica proyecto de ley para regular inscripción en el registro y servicio militar [Resolución Ministerial 00389-2026-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/04/militar-ejercito-acuartelado-estado-emergencia-LPDerecho-218x150.png)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![TC desestima demanda de inconstitucionalidad de la Ley 32130 y reitera exhortación para que la FN y la PNP elaboren protocolos [Exp. 00005-2025-PI/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-100x70.jpg)

![[VÍDEO] Alissa Durand: «El tema de la eutanasia no determina las necesidades básicas que tiene la ciudadanía en salud y educación»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_entrevista-Alissa-Durand_LP-100x70.jpg)
![[VÍDEO] Delfín Pino: «Estoy a favor de la despenalización del aborto sin estar a favor del aborto»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_entrevista-Delfin-Pino_LP-100x70.jpg)


![Respecto a los medios tradicionales de notificación y medios electrónicos de comunicación para las distintas actuaciones referidas al procedimiento de liquidación del contrato de obra [Opinión D054-2024-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/07/osce-LPDerecho-324x160.jpg)