La Autoridad Nacional de Control (ANC) del Ministerio Público (MP) dispuso el apartamiento preventivo del fiscal José Domingo Pérez como fiscal provincial del Primer Despacho del Equipo Especial Lava Jato.
De acuerdo a la resolución a la que tuvo acceso LP, la medida esta relacionada a la inclusión del abogado Arsenio Oré Guardia en el caso Cócteles como presunto autor del delito de obstrucción a la justicia:
Cuando el supuesto hecho habría sido incurrido dentro de la investigación que ya se venía conociendo con antelación, situación de la que debió haber previsto para inhibirse del mismo, a pesar de habérsele solicitado, empero aun así continuo avocándose al caso por un periodo de aproximadamente 5 años y 3 meses.
El documento, que lleva la firma de la fiscal adjunta superior Rosario Soledad Velazco Sánchez, responsable de la Unidad del Procedimiento Disciplinario ADC – Lima Centro, resuelve lo siguiente:
DECISIÓN
En atención de lo expuesto, en uso de las atribuciones establecidas en los artículos 72 y siguientes del Reglamento del Procedimiento Disciplinario de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, SE RESUELVE:
PRIMERO,- APLICAR LA MEDIDA CAUTELAR DE APARTAMIENTO PREVENTIVO AL ABOGADO JOSE DOMINGO PÉREZ GÓMEZ en su actuación como Fiscal Provincial del Primer Despacho del equipo Especial de fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros, POR EL PLAZO DE SEIS MESES contados a partir de la notificación de la presente resolución, en merito a las consideraciones expuestas, estando, en consecuencia, impedido de ejercer durante ese período las atribuciones propias de la condición de fiscal provincial establecidas en la Ley Orgánica del Ministerio Público y cualquier otra inherente a dicho cargo; precisando que, si la parte interesada no interpone recurso impugnatorio17 contra la misma dentro del plazo correspondiente, esta quedará CONSENTIDA.
SEGUNDO .- Fórmese el respectivo Cuaderno Incidental para la presente medida Cautelar de Apartamiento, de conformidad con lo establecido en forma supletoria, en el artículo 377° del Código Procesal Civil en lo que corresponda. Hacer de conocimiento de la presente al Despacho de la Fiscalía de la Nación, a la Autoridad Nacional de Control, a la Junta Nacional de Justicia, a la Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, Gerencia General, Gerencia de Remuneraciones y a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, para los fines pertinentes.
Por su parte, Domingo Pérez calificó a la sanción de «abusiva e injusta». En esa misma línea, en una reciente entrevista con RPP, señaló que su salida se debe a un «pacto ilícito»:
Me toca irme del Ministerio Público producto de un pacto ilícito, en el que interviene el jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Juan Fernández Jerí, con el abogado de Fuerza Popular. Lamentablemente, la señora Delia Espinoza no solicitó las medidas cautelares respectivas para frenar el accionar del jefe de dicha autoridad de control.
«Los fiscales honestos y valientes del Ministerio Público vivimos sabemos que en la actualidad vivimos tiempo difíciles y de resistencia. Como en los noventa, en que muchos fiscales soportaron el abuso de Blanca Nélida Colán», expresó el funcionario. Asimismo, con relación a su apartamiento, el fiscal señaló:
Solamente por la decisión que involucró al abogado Arsenio Oré Guardia en el caso Cócteles, que involucraba a los abogados que ejercían la defensa de diversos investigados de diversos investigados del partido Fuerzo Popular.
Más información Inscríbete aquí
RESOLUCIÓN 4
Lima, 07 de Abril de 2025
Se tiene a la vista los actuados del procedimiento disciplinario seguido de oficio contra el abogado JOSE DOMINGO PÉREZ GÓMEZ en su actuación como Fiscal Provincial del Primer Despacho del Equipo Especial de Fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros, por presuntas infracciones administrativas contenidas en el numeral 5) del Artículo 47° de la Ley N° 30483 – Ley de la Carrera Fiscal concordante con el artículo 33.2 y 33.3 de la acotada Ley.
CONSIDERANDO
Antecedentes:
1. Del oficio N° 73-2024-ANC-MP/DIP de fecha 16 de septiembre de 2024, la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, adjunta los actuados del expediente de control funcional N° 412-2024 en el que se emitió la Resolución No 73- 2024 de fecha 11 de septiembre de 2024, en el que resuelve en un extremo declarar
[Continúa …]


![No se puede restringir la prueba por falta de formalidad en la absolución escrita de acusación (se limitó al imputado a ofrecer pruebas por defectos formales en su escrito de absolución, al haber sido consignados bajo el apartado de sobreseimiento y no como sustento de la absolución de la acusación) [Casación 864-2016, Del Santa, f. j. 5] Juez audiencia - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Juez-audiencia-LPDerecho-218x150.png)

![Defensa pública recién asignada en audiencia preliminar no puede observar la acusación en esa instancia, porque ello contraviene el principio de igualdad de armas y conlleva a desfavorecer recientemente en audiencia [I Pleno Jurisdiccional Distrital Penal y Procesal Penal de Pasco, 2016] Corte Superior de Justicia de Pasco](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Corte-Superior-de-Justicia-de-Pasco-LPDerecho-218x150.jpg)
![Las convenciones probatorias no constituyen una «verdad-negocial» sobre los hechos del delito, pues estos no son objeto de acuerdo entre las partes; solo recaen sobre el contenido de los medios probatorios, cuya valoración debe corresponder a la realidad objetiva [Exp. 935-2007-0, f. j. 3] hechos-pacificos-significa-verdaderos-falsos-LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/hechos-pacificos-significa-verdaderos-falsos-LP-218x150.png)
![La cuestión prejudicial es el único medio de defensa que no puede promoverse en la etapa intermedia, sino únicamente durante la investigación preparatoria, pues, aunque el artículo 350 permite la interposición de excepciones e incluso de la cuestión previa en dicha etapa, no contempla tal posibilidad respecto de aquella [Casación 79-2020, Puno, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/05/POST-antinomia-LPderecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Padres (Testigos de Jehová) no pueden impedir transfusión sanguínea a su hijo recién nacido si su vida está en peligro [Exp. 04819-2026-0-0412-JR-FT-01, ff. jj. 6-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)


![El contrato bajo la modalidad de temporada sirve para atender incrementos «anormales» o «sustanciales» respecto de actividades propias al giro de la empresa, siempre que sean susceptibles de repetirse en periodos determinados del año [Casación 38514-2022, La Libertad, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase de trabajadores CAS a partir de la vigencia de la Ley 32563 (8 ABR)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/CLASE-GRATUITA-JOSE-MARIA-PACORI-CARI-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cuando la libertad de expresión se ejerce mediante críticas a funcionarios públicos afectando su derecho a la honra, la sanción penal debe ser de carácter excepcional, por lo que los Estados deben recurrir a mecanismos alternativos como la rectificación o la reparación civil [Baraona Bray vs. Chile, ff. jj. 109-111, 115]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![TC ordena la emisión de nuevos pronunciamientos debidamente motivados en caso sobre desigualdad salarial (PJ no motivó adecuadamente la decisión de fijar una remuneración inferior a la solicitada por la trabajadora, en comparación con los demás trabajadores homólogos) [Exp. 04852-2023-PA/TC, ff. jj. 4, 6-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-5-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)

![Norma para el prevenir lavado de activos y financiamiento del terrorismo en casinos, tragamonedas y apuestas deportivas [Resolución SBS 01015-2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/SBS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Actualizan política de subsidios del transporte urbano de pasajeros de Lima y Callao [Decreto Supremo 009-2026-MTC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/transporte-publico-trafico-embotellamiento-LPDerecho-218x150.jpg)
![Reglamento de la Ley de gestión integral de sustancias químicas [DS 005-2026-MINAM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/Sustancias-quimicas-LPDerecho-218x150.jpeg)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)












![[VÍDEO] César Nakazaki: el derecho a la legalidad penal en la jurisprudencia del TC](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_DERECHO-A-LA-LEGALIDAD-PENAL-EN-LA-JURISPRUDENCIA_LP-218x150.jpg)

![[VÍDEO] Erwin Siccha: «Martín Vizcarra sigue siendo inocente y solo está privado de su libertad por una medida cautelar»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_entrevista-a-Erwin-Siccha_LP-218x150.jpg)







![[VÍDEO] César Nakazaki: el derecho a la legalidad penal en la jurisprudencia del TC](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_DERECHO-A-LA-LEGALIDAD-PENAL-EN-LA-JURISPRUDENCIA_LP-324x160.jpg)



![No se puede restringir la prueba por falta de formalidad en la absolución escrita de acusación (se limitó al imputado a ofrecer pruebas por defectos formales en su escrito de absolución, al haber sido consignados bajo el apartado de sobreseimiento y no como sustento de la absolución de la acusación) [Casación 864-2016, Del Santa, f. j. 5] Juez audiencia - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Juez-audiencia-LPDerecho-100x70.png)

![[VÍDEO] César Nakazaki: el derecho a la legalidad penal en la jurisprudencia del TC](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_DERECHO-A-LA-LEGALIDAD-PENAL-EN-LA-JURISPRUDENCIA_LP-100x70.jpg)
