El 13 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Lima, a cargo del juez Danny Sánchez Uchuypoma, ordenó comparecencia restringida con cumplimento de reglas de conducta, así como el pago de una caución de S/5000, al futbolista Jean Deza.
El magistrado adoptó dicha decisión tras evaluar un requerimiento de prisión preventiva, por un plazo de nueve meses, a través de una audiencia suscitada el martes 4 de febrero. Deza enfrenta una investigación por presunta tentativa de homicidio.
La investigación está a cargo de la Segunda Fiscalía Especializada en Violencia contra la Mujer de Lima Centro. El Poder Judicial ya había dictado impedimento de salida del país para el futbolista. El Ministerio Público abrió la investigación preliminar, el 2 de enero, tras reportarse el presunto delito en el distrito de San Miguel.
Además, dispuso recabar las declaraciones de la agraviada en cámara Gesell, del investigado y de testigos; realizar la inspección técnico policial en el lugar de los hechos; efectuar las pericias médico legales, entre otras diligencias para esclarecer los hechos.
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El caso
De acuerdo al comunicado publicado por la agraviada en sus redes sociales, los hechos habrían ocurrido a las 6:00 a. m. del 1 de enero, luego de una discusión con Deza:
Al dirigirme a la habitación para sacar mi cartera, él sube y empieza a agredirme hasta perder el conocimiento y quedando inconsciente por horas. Dado eso, me encuentro en la comisaría del sector poniendo una denuncia y dando por terminada mi relación con él.
Tras ello, la supuesta víctima interpuso una denuncia ante la comisaría de Maranga (San Miguel). Asimismo, Juan Pablo II College, club que anunció el fichaje de Deza en diciembre pasado, decidió apartarlo de forma definitiva.
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«La institución, fiel a sus valores y principios, reitera su compromiso de exigir a todos sus integrantes un comportamiento ejemplar», expresó el equipo chiclayano en un comunicado publicado este 2 de enero. Además, indicó que el departamento legal será el encargado de tramitar los «términos y condiciones de esta medida».
Asimismo, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables informó que, a través del Programa Nacional Aurora, brindará una «atención integral» a la señalada mujer.
Mira la transmisión del 7 de febrero aquí.
Mira la transmisión del jueves 23 de enero aquí.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
13° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE : 00075-2025-3-1826-JR-PE-13
JUEZ : SANCHEZ UCHUYPOMA DANNY ARTURO
ESPECIALISTA : ALVARADO CANEZ ALEX HUGO
MINISTERIO PUBLICO : MINISTERIO PUBLICOGERENCIA GENERAL ,
IMPUTADO : DEZA SANCHEZ, JEAN CARLOS FRANCISCO
DELITO : TENTATIVA
DEZA SANCHEZ, JEAN CARLOS FRANCISCO
DELITO : FEMINICIDIO
AGRAVIADO : […]
RESOLUCIÓN NRO. CINCO
Lima, siete de febrero
Del dos mil veinticinco. –
AUTOS, VISTOS Y OÍDOS: En audiencia pública, el requerimiento de prisión preventiva solicitado por el representante del Ministerio Público, contra JEAN CARLOS FRANCISCO DEZA SÁNCHEZ, por la presunta comisión del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de FEMINICIDIO, en grado de tentativa, en agravio de GSAF. Y, CONSIDERANDO:
I. REQUERIMIENTO FISCAL
1.1. El señor fiscal a cargo del Tercer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, solicita, al amparo de lo establecido en el art. 268° del Código Procesal Penal, se dicte prisión preventiva, por el plazo de NUEVE MESES, contra JEAN CARLOS FRANCISCO DEZA SÁNCHEZ, investigado por la presunta comisión del delito de FEMINICIDIO, en grado de tentativa, en agravio de la mujer adulta de iniciales GSAF. Sustentando su requerimiento en lo siguiente:
a. Que, el Ministerio Público imputa al investigado JEAN CARLOS FRANCISCO DEZA SANCHEZ, haber atentado contra la vida (animus necandi) de su conviviente de iniciales GSAF, en un contexto de violencia familiar y aprovechamiento de confianza, luego de que, ambos asistieron a una reunión por Año Nuevo, en la casa de los padres del investigado, ubicada en […]; siendo que, el 1 de enero de 2025, a las 6 de la mañana aproximadamente, cuando la agraviada subió a su habitación, ubicada en el segundo piso del inmueble, con la finalidad de retirar sus cosas e irse, el investigado la interceptó, impidiéndole que se retire, procediendo a agredirla con golpes de puño en su cabeza, ojos, párpados, oreja, mandíbula y brazos, tirándole una patada que la tumbó al suelo, llegando a ahorcarla con la finalidad de causarle la muerte, perdiendo el conocimiento la agraviada; mientras que, en un contexto de discriminación a la mujer, la insultaba con palabras denigrantes, diciéndole […]
[Continúa…]
![No es posible excluir la prueba por errores advertidos posteriormente en la justicia brasileña, máxime si no se acredita una actuación deliberadamente ilícita de la fiscalía en su obtención (caso Lavajato) [Exp 00017-2017-114, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![TC: Entidades jurisdiccionales están obligadas únicamente a emitir y/o entregar información (en caso se solicite) o a facilitar la ruta de acceso a la información indicada respecto de dicha función (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 02506-2022]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-tc-precedente-LPDerecho-218x150.png)
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