El iusnaturalismo en la cosmovisión del mundo antiguo clásico griego. Comentarios al Critón y Antígona

Bachiller en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú.

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Estimados lectores, compartimos un fragmento del artículo «El iusnaturalismo en la cosmovisión del mundo antiguo clásico griego. Comentarios al Critón y Antígona», cuyo autor es Giorgio Brea Villanueva.
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Este artículo fue publicado en el número auroral de la revista LP Derecho (pp. 44-52).
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Resumen: en el presente texto, se analizará en forma conjunta las obras Antígona de Sófocles[1] y Critón de Platón[2] desde los postulados del iusnaturalismo y el positivismo. Se parte de la hipótesis de trabajo siguiente: en ambos textos se plasman concepciones distintas de la relación entre moral y derecho que, sin embargo, no rompen la flexibilidad de la categoría iusfilosófica de iusnaturalismo.

Palabras clave: Antígona, Critón, iusnaturalismo, positivismo.


Introducción

Platón y Sófocles, autores de las obras bajo comentario, se desenvuelven en el mismo arco temporal y geográfico (Platón murió en el 347 a. C., pero su personaje central, Sócrates, lo hace en el 399 a. C.; y Sófocles, en el 406 a. C.) y, por tanto, se refieren a una misma época: el siglo V a. C., y a una misma estructura política: la polis. En lo que respecta a las obras, ciertamente son de un cariz distinto. El Critón es un texto de filosofía política y moral que forma parte de la etapa temprana de la producción de Platón. En cambio, Antígona es una obra teatral, sin que ello la desmerezca en su profundidad. Todo lo contrario, es considerada un clásico[3] .

Ahora bien, aun cuando el personaje de Antígona en la obra de Sófocles no es histórico —incluso debate sobre si Sócrates es un personaje histórico o literario—, sí se puede tomar como cierta la realidad de la Tebas descrita en la obra, pues «los personajes de sus tragedias son en carne y hueso hombres de aquellos días, aunque a veces […] carezcan de individualidad»[4]. Por tanto, si bien uno es un poeta trágico y el otro un filósofo, ambos tratan en sus respectivos textos una similar problemática del mundo antiguo clásico: la relación entre derecho natural/razón/moral y derecho positivo/leyes en las póleis de la Hélade.

La hipótesis que fundamentaré en el acápite 3 es que en ambos textos nos encontramos ante distintos tipos de la concepción iusnaturalista.

Referencias

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Comité Editorial Revista Anthropía. «Entre-Vistas: notas sobre el cine y el teatro. Entrevista a Ricardo Bedoya y Alberto Ísola». Anthropía 2 (2003): 29-31.

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Platón. «Critón». En sus Diálogos. Madrid: Gredos, 1993), I, 133-187.

Sófocles. «Antígona». En sus Tragedias. Barcelona: Gredos, 2006. 189-211.

[Continúa…]

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[1] Sófocles, «Antígona», en sus Tragedias (Barcelona: Gredos, 2006), 189-211.

[2] Platón, «Critón», en sus Diálogos (Madrid: Gredos, 1993), i, 133-187.

[3] Al respecto, «un texto clásico es aquel que plantea algún tipo de conflicto arquetípico, algo que todos los seres humanos podemos vivir, un tema eterno que puede ser interesante para cualquier persona en cualquier momento histórico. La historia de Antígona […] es una imagen arquetípica de lucha (el salvar a su hermano y darle sepultura, como ocurre ahora con muchos familiares de desaparecidos). Uno vuelve a los textos clásicos de la misma manera en que vuelve a los mitos en una comunidad, son temas arquetípicos y a la vez procesos educativos, podemos aprender muchas cosas de estos sobre nosotros mismos y nuestra situación». Comité Editorial Revista Anthropía, «Entre-Vistas: notas sobre el cine y el teatro. Entrevista a Ricardo Bedoya y Alberto Ísola». Anthropía 2 (2003): 30.

[4] Hermann Bengston, Historia de Grecia, 5.ª edición (Barcelona: RBA Coleccionables, 2009), 195.

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