Conforme lo había anunciado el presidente de la República, hoy se ha oficializado la Comisión que elaborará la reforma del sistema de justicia.
Crean la Comisión Consultiva denominada “Comisión de Reforma del Sistema de Justicia”, dependiente de la Presidencia de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 142-2018-PCM
Lima, 12 de julio de 2018
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú establece que son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;
Que, asimismo, el artículo 138 de la Constitución Política del Perú señala que la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las leyes;
Que, los últimos acontecimientos de conocimiento público, sobre denuncias de corrupción, feminicidio, criminalidad organizada, entre otros que afectan a nuestra sociedad e institucionalidad democrática, y en especial a las mujeres y personas más vulnerables, nos advierten que se requiere una reforma urgente del Sistema de Administración de Justicia mediante el establecimiento, implementación y cumplimiento políticas públicas debidamente articuladas y eficaces; pues la negativa percepción ciudadana sobre la transparencia de las principales entidades que lo conforman (Poder Judicial, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura, además del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Policía Nacional el Perú) pone en entredicho la consecución de la seguridad jurídica y la justicia pronta que defiende;
Que, en el artículo 37 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que las Comisiones Consultivas están conformadas por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad o experiencia, designados por Resolución Suprema, disponiendo, asimismo, que el cargo de miembro de la Comisión Consultiva es honorario y de confianza, y no inhabilita para el desempeño de ninguna función pública o actividad privada;
Que, en ese sentido, es pertinente crear una Comisión Consultiva conformada por personas de reconocida trayectoria ética, prestigio y legitimidad en la sociedad, identificadas con la defensa de la democracia y la institucionalidad y que no representen intereses de algún partido político o sector empresarial, con el encargo de proponer medidas concretas para reformar el Sistema de Administración de Justicia a fin de construir una justicia eficaz, oportuna, transparente, eficiente e incorruptible;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Creación de la Comisión Consultiva
Crear la Comisión Consultiva denominada “Comisión de Reforma del Sistema de Justicia”, dependiente de la Presidencia de la República.
Artículo 2.- Objeto
La Comisión tiene por objeto proponer medidas urgentes y concretas para reformar el Sistema de Justicia a fin de aportar a la construcción de una justicia eficaz, oportuna, transparente, eficiente e incorruptible.
Artículo 3.- Conformación
La Comisión está integrada por las siguientes personas:
1. Allan Wagner Tizón, quien la presidirá,
2. Delia Revoredo Marsano,
3. Hugo Sivina Hurtado,
4. Samuel Abad Yupanqui,
5. Eduardo Vega Luna;
6. Ana Teresa Revilla Vergara y
7. Walter Albán Peralta.
La participación de los miembros de la Comisión es ad honórem.
Artículo 4.- Secretaría Técnica
La Secretaría Técnica de la Comisión está a cargo del Despacho Presidencial. Tiene como función apoyar el trabajo de la Comisión, entre otros, para la solicitud, recopilación y análisis de información, organización de reuniones y elaboración de actas y redacción de documentos.
Artículo 5.- Colaboración, asesoramiento y apoyo
Para el cumplimiento del encargo, la Comisión podrá invitar a sus sesiones a personas y representantes de instituciones especializadas en la materia, y recibir aportes orientados al cumplimiento de su objeto.
Artículo 6.- Informe
A los 12 días de su instalación, la Comisión presentará al Presidente de la República un primer informe con recomendaciones de medidas urgentes y concretas para la reforma del sistema de justicia. Dicho informe incluirá la propuesta de creación de un mecanismo de coordinación y articulación de los diversos actores del sistema de justicia, que garantice la sostenibilidad de una reforma integral.
Artículo 7.- Duración
La Comisión continuará en ejercicio de su mandato, vigente hasta la instalación del mecanismo de coordinación y articulación de los diversos actores del sistema de justicia, oportunidad en la hará entrega de sus recomendaciones finales al Señor Presidente de la República, en sesión del Consejo de Ministros.
Artículo 8.- Financiamiento
La implementación de lo dispuesto en la presente norma no demandará recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 9.- Refrendo
La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros
SALVADOR HERESI CHICOMA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos




![Tercerización laboral: TC ratifica constitucionalidad [Exp. 01902-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)
![En la determinación de la pena suspendida, es posible elevar el límite habilitante de 4 a 5 años, previsto en una ley posterior (retroactividad benigna), y mantener la inexistencia de restricción para su aplicación al delito de peculado doloso, conforme a la ley vigente al momento de los hechos (principio de combinación) [Casación 1939-2023, Cusco, f. j. 8.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/PENAL-BALANZA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Si no se formula la reserva procesal frente a la desestimación de la prueba ofrecida en la etapa intermedia y en el juicio, no se cuenta con habilitación para reiterarla en apelación [Casación 374-2023, Callao, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-ESPOSAS2-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)












![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-218x150.jpg)





![Aprueban incremento denominado Negociación colectiva centralizada 2025-2026 para los servidores y funcionarios sujetos al régimen 276 de los gobiernos locales [DS 326-2025-EF] dinero-soles-indemnización-sueldo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/sueldo-soles-LP-218x150.png)
![Aprueban metodología para el cálculo de multas en materia de protección de datos personales [RM 0476-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-LPDerecho-218x150.jpg)
![Fijan nuevos montos para la suspensión de pagos y retenciones de cuarta categoría en 2026 [Resolución de Superintendencia 000390-2025/Sunat]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/sunat-fachada-LPDerecho-1-218x150.png)
![Aprueban incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios del régimen 728 de los gobiernos locales [DS 325-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/financiamiento-por-informacion-fraudulenta-3-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)










![Designan al General César Briceño jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas [Resolución Suprema 101-2025-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/MASCARA-CESAR-BRICENO-VALDIVIA-LPDERECHO-324x160.jpg)
![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-100x70.jpg)

![Modifican el Reglamento que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú [DS 021-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/policia-pnp-LPDerecho-100x70.png)

![Aprueban incremento denominado Negociación colectiva centralizada 2025-2026 para los servidores y funcionarios sujetos al régimen 276 de los gobiernos locales [DS 326-2025-EF] dinero-soles-indemnización-sueldo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/sueldo-soles-LP-324x160.png)

![Aprueban metodología para el cálculo de multas en materia de protección de datos personales [RM 0476-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-LPDerecho-100x70.jpg)
![Fijan nuevos montos para la suspensión de pagos y retenciones de cuarta categoría en 2026 [Resolución de Superintendencia 000390-2025/Sunat]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/sunat-fachada-LPDerecho-1-100x70.png)
![Tercerización laboral: TC ratifica constitucionalidad [Exp. 01902-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-100x70.jpg)
![Designan al General César Briceño jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas [Resolución Suprema 101-2025-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/MASCARA-CESAR-BRICENO-VALDIVIA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Aprueban incremento denominado Negociación colectiva centralizada 2025-2026 para los servidores y funcionarios sujetos al régimen 276 de los gobiernos locales [DS 326-2025-EF] dinero-soles-indemnización-sueldo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/sueldo-soles-LP-100x70.png)