El Tribunal de Disciplina Policial dispuso la publicación de dieciséis nuevos precedentes sobre las normas disciplinarias de la PNP. Los acuerdos de la Sala Plena fueron aprobados a través de la Resolución 0010-2021-P-TDP/IN, publicado en el diario El Peruano el 1 de diciembre de 2021. Los temas abordados fueron:
Tema 2: Precisiones sobre la etapa recursiva aplicables al cómputo del plazo de caducidad en los procedimientos administrativos disciplinarios policiales.
Tema 3: Lineamientos para solicitar el uso de la palabra en la etapa recursiva.
Tema 4: Notificación del informe administrativo disciplinario.
Tema 5: Elementos constitutivos de las infracciones Muy Graves MG-89 y MG-93.
Tema 6: Alcances y precisiones respecto a la infracción Grave G-53.
Tema 9: Alcances de la infracción Muy Grave MG-69.
Tema 12: Alcances de la infracción Muy Grave MG-52.
Tema 13: Alcances de la infracción Muy Grave MG-41.
Tema 14: Alcances de la infracción Muy Grave MG-92.
Tema 15: Determinación del superior jerárquico en los órganos disciplinarios que conforman el sistema disciplinario policial.
Tema 16: Determinación del concepto orden público y de los hechos que constituyen una afectación “grave” del mismo.
A continuación desarrollamos el tema 13:
Acuerdos de Sala Plena N° 01-2021
Tema 13:
Alcances de la infracción Muy Grave MG-41.
Acuerdos:
1. Para la imputación de la infracción Muy Grave MG-41 “Omitir auxiliar oportunamente a cualquier persona y como consecuencia de ello, se produzca la muerte o lesiones graves” se requiere la existencia de un deber de auxilio por parte del efectivo policial, se encuentre o no en servicio o en medio de una actuación policial (como sí ocurren en el caso de la infracción Muy Grave MG-61 “Actuar con negligencia en el ejercicio de su función y como consecuencia de ello, se causen lesiones graves o la muerte”); debiendo existir una relación causa-efecto entre este acto omisivo y el resultado (lesión grave o la muerte), que lo diferencia de otros tipos infractores como el contenido en la infracción Muy Grave MG-59 “No prestar auxilio con urgencia en aquellos hechos o circunstancias graves en que sea obligada su actuación”.
El Informe de Sala Plena que sustenta el acuerdo puede visualizarse en el portal institucional del Tribunal de Disciplina Policial.
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