Fundamento destacado: SEXTO. […] sin embargo, el delito de INDUCCIÓN A LA FUGA DE LA MENOR no se encuentra fehacientemente acreditado, puesto que, al ser la propia menor agraviada quien solicita al procesado a escaparse del domicilio de sus padres porque no aceptaban su relación, queda desvirtuado el presupuesto configurativo anotado, dado que el convencimiento del menor debe ser como causa de la persuasión dirigida hacia su persona, !o cual evidentemente no ocurrió en el caso analizado; por lo que cabe absolverse al acusado Hildebrando Manihuari Saboya en dicho extremo.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO
SALA PENAL PERMANENTE
SENTENCIA
Instrucción N° 2006 – 00181
Sala Penal de Loreto N° 06 – 00181
Quinto Juzgado Penal de Maynas
SS. ATARAMA LONZOY
SOLOGUREN ANCHANTE
PAREJA CENTENO
Iquitos, Veintiséis de julio
Del dos mil siete.-
VISTA; en Audiencia Privada, el proceso penal seguido contra el procesado HILDEBRANDO MANIHUARI SABOYA, como autor de los Delitos Contra La Familia, en la modalidad de Atentados Contra La Patria Potestad, Sub modalidad de INDUCCIÓN A LA FUGA DE MENOR; por los Delitos contra la Libertad, en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, Sub modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD; contra PEDRO SORIA SHERADE, por los Delitos contra la Libertad, en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, Sub modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales J.W.F.C., cuya identidad se reserva de conformidad con la Ley 27115.
RESULTA DE AUTOS:
Que, en mérito al Atestado policial número seiscientos veintisiete – cero once – 05 – V – DIRTEPOL – RPL – CPNP – BELEN, de fojas uno a veintiuno, el Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Maynas, a fojas veintitrés a veinticinco formalizó denuncia penal remitiendo los autos al Juez del Quinto Juzgado Penal de Maynas, quien abrió instrucción por auto de fojas veintidós a veintiséis contra los mencionados acusados por los delitos antes indicado, dictándose contra los procesados mandato de detención; seguido el trámite que corresponde, vencidos los plazos ordinario y extraordinario con los informes finales de fojas ciento treinta y seis a ciento treinta y siete y ciento cincuenta y siete a ciento cincuenta y nueve del Fiscal Provincial y Juez Penal respectivamente, fueron elevados los autos a este Superior Colegiado y previa la requisitoria escrita del señor Fiscal Superior de fojas ciento sesenta y nueve a ciento setenta y uno, se dictó el auto de Enjuiciamiento Superior de fojas ciento setenta y dos a ciento setenta y tres, declarándose la procedencia del Juicio Oral contra los mencionados procesados por los delitos que se indica; señalándose día y hora para la verificación del acto oral, el mismo que se ha llevado a cabo conforme es de verse de las actas de su propósito; que oída la requisitoria oral del señor Fiscal Superior y el alegato de la defensa, fueron recibidas sus respectivas conclusiones escritas las mismas que obran en pliegos separados; votadas las Cuestiones de Hecho, ha llegado la oportunidad procesal de emitirse la sentencia; y,
CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, en los delitos contra la libertad —violación sexual— el legislador busca proteger el derecho a la libertad sexual, entendida en un doble sentido: un derecho a la libertad, a la auto determinación sexual en los mayores de edad y un derecho a la indemnidad e intangibilidad en los menores de edad; debiendo encontrarse probado fehacientemente en el proceso penal la afectación del bien jurídico “con la utilización de todos los medios de prueba, a través de la constatación correspondiente a la verdad de todas las circunstancias fácticas que son de importancia para la obtención de la sentencia”.
[Continúa…]
![Precisan criterios de actuación de fiscalías supremas y superiores en delitos de función atribuidos a magistrados [Res. de la Fiscalía de la Nación 3860-2025-MP-FN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/ministerio-publico-fachada-LPDERECHO-1-218x150.jpg)



![Tercerización laboral: TC ratifica constitucionalidad [Exp. 01902-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)

![En la determinación de la pena suspendida, es posible elevar el límite habilitante de 4 a 5 años, previsto en una ley posterior (retroactividad benigna), y mantener la inexistencia de restricción para su aplicación al delito de peculado doloso, conforme a la ley vigente al momento de los hechos (principio de combinación) [Casación 1939-2023, Cusco, f. j. 8.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/PENAL-BALANZA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Si no se formula la reserva procesal frente a la desestimación de la prueba ofrecida en la etapa intermedia y en el juicio, no se cuenta con habilitación para reiterarla en apelación [Casación 374-2023, Callao, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-ESPOSAS2-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)












![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-218x150.jpg)





![Derogan diversas directivas del OSCE [Res. D000129-2025-OECE-PRE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/organismo-superior-contrataciones-estado-osce-LPDerecho-218x150.jpg)
![Concluyen nombramiento de fiscal Sandra Castro, quien postulará al Senado [Res. de la Fiscalía de la Nación 3848-2025-MP-FN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/ministerio-publico-fachada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aprueban incremento denominado Negociación colectiva centralizada 2025-2026 para los servidores y funcionarios sujetos al régimen 276 de los gobiernos locales [DS 326-2025-EF] dinero-soles-indemnización-sueldo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/sueldo-soles-LP-218x150.png)
![Aprueban metodología para el cálculo de multas en materia de protección de datos personales [RM 0476-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)






![Designan al General César Briceño jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas [Resolución Suprema 101-2025-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/MASCARA-CESAR-BRICENO-VALDIVIA-LPDERECHO-324x160.jpg)
![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-100x70.jpg)

![Modifican el Reglamento que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú [DS 021-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/policia-pnp-LPDerecho-100x70.png)

![Precisan criterios de actuación de fiscalías supremas y superiores en delitos de función atribuidos a magistrados [Res. de la Fiscalía de la Nación 3860-2025-MP-FN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/ministerio-publico-fachada-LPDERECHO-1-324x160.jpg)

![Derogan diversas directivas del OSCE [Res. D000129-2025-OECE-PRE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/organismo-superior-contrataciones-estado-osce-LPDerecho-100x70.jpg)
![Concluyen nombramiento de fiscal Sandra Castro, quien postulará al Senado [Res. de la Fiscalía de la Nación 3848-2025-MP-FN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/ministerio-publico-fachada-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Designan al General César Briceño jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas [Resolución Suprema 101-2025-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/MASCARA-CESAR-BRICENO-VALDIVIA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Precisan criterios de actuación de fiscalías supremas y superiores en delitos de función atribuidos a magistrados [Res. de la Fiscalía de la Nación 3860-2025-MP-FN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/ministerio-publico-fachada-LPDERECHO-1-100x70.jpg)
![Las medidas de seguridad no pueden ser indefinidas, sino que deben ser delimitadas [Exp. 03425-2010-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-2-LPDerecho-324x160.png)