Multan a inmobiliaria con más de S/300 000 por dar información falsa y no devolver cuota de muebles que nunca entregó

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La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Tacna confirmó las multas ascendentes a 60.45 UIT (311 317.5 soles), impuestas por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos, contra la empresa inmobiliaria N. C. S.A.C.

La sanción, impuesta en primera instancia, se emitió debido a que la compañía no “brinó información veraz, a 17 consumidores afectados, sobre las casas habitaciones que estos buscaban adquirir”; “no establecer plazos de pago y entrega de los inmuebles”, así como “tampoco devolver la cuota inicial abonada por los interesados, luego de no cumplir con entregar los inmuebles”.

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La comisión concluyó que el proveedor comunicó que el Proyecto Residencial “Los Cedros” se encontraba registrado en el Programa Techo Propio y, por ello, los agraviados podrían acceder al Bono Familiar Habitacional para adquirir una casa habitación en la ciudad de Tacna. Dicha información, sin embargo, no era cierta:

De esta forma, infringió los artículos del Código de Protección y Defensa del Consumidor que obligan a los proveedores a brindar toda la información relevante sobre las características de los productos y servicios que oferten.

Lo mismo sucedió con el artículo 19°, que establece que los proveedores deben responder por la idoneidad (cumplir con lo ofrecido) y calidad de sus productos y servicios. Por ello, se le impuso una multa total de 20.15 UIT.

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Más infracciones

Otro hecho infractor detectado fue que la inmobiliaria no estipuló los plazos de entrega y pago correspondiente de las casas en la “Minuta de Promesa de Venta de Inmuebles de Vivienda Terminada e Independizada”. Esta actitud le significó la imposición de multas por un total de 20.15 UIT.

Finalmente, sobre este proveedor recayó una multa adicional de 20.15 UIT por no cumplir con devolver a los afectados el monto total de 169 500 soles que habían cancelado como cuota inicial por los inmuebles.

Como medida correctiva, la Comisión ordenó a N. C. S.A.C. que en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de notificada la resolución, cumpla con devolver a los afectados el pago de la cuota inicial que efectuaron.

 

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