Como se recuerda el pasado 7 de febrero de 2017, la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), denunció ante la Comisión de Protección al Consumidor de Indecopi, a Cineplanet y Cinemark, por la presunta infracción de los artículos 47.b, 49.1, 48.c, 50.e y 57, 58.1, entre otros, del Código de Protección y Defensa del Consumidor, Ley 29571.
La denuncia argüía que estas empresas obligaban a sus usuarios a comprar necesariamente los productos alimenticios en sus establecimientos para ingresar a las salas de cine, impidiendo que se ingrese con productos propios, y que los precios de estos eran hasta cinco veces más de lo que costaban fuera de sus locales, por lo que no se le dejaba a los consumidores elegir otros productos de igual o mejor calidad a menor costo, lo que constituiría una conducta abusiva y discriminatoria. También se denunció que los alimentos que expenden estas cadenas de cines no son saludables.
Lea también: La fábula del cine y la canchita: una historia de terror protagonizada por Indecopi
La Comisión desestimó la denuncia, declarándola infundada. Esta decisión fue apelada y revocada parcialmente por la Sala Especializada en Defensa del Consumidor del Indecopi, que consideró que la restricción consistente en la prohibición de ingresar a las salas de cine con productos alimenticios, adquiridos fuera del establecimiento comercial de la denunciada, constituye una cláusula abusiva de ineficacia absoluta que se encuentra establecida en el inciso e del artículo 50 del Código, en tanto limita los derechos de los consumidores, en específico, el derecho a elegir libremente entre productos y servicios idóneos y de calidad, contenido en el artículo 1.1 inciso f del Código.
Pues bien, el abogado de la causa, el excongresista Jaime Delgado Zegarra, denunció en su fanpage de Facebook, que Cineplanet está «desafiando» lo dispuesto por Indecopi, para lo cual adjuntó la fotografía de un comunicado de Cineplanet en uno de sus locales, a la que sumó el reclamo que compartimos:
Atropello de CINEPLANET
1.- Desafía la orden INDECOPI, obstaculiza el ejercicio del derecho del consumidor de llevar sus propios alimentos.
2.- ¿Desde cuándo los cines se preocupan por nuestra salud? Después de habernos vendido sólo productos chatarra.
3.- Hacer nuestra canchita saludable en casa, baja en aceite y sal es producto similar, pero de mejor calidad del que vende el cine. No hay razón para impedirlo porque no tiene registro sanitario.
4.- La resolución no ha determinado que los productos que lleven los consumidores tengan registro sanitario.
5.- ¿Impedir que la gente lleve su agua o bebida en botellas de vidrio o plástico. ¿Cómo la van a llevar? ¿En bolsa de plástico?
NO vamos a permitir este atropello.
Jaime Delgado
17 Mar de 2018 @ 14:19