Fundamento destacado: 17. Dentro de este marco de consideraciones, se aprecia que la medida de impedimento de salida del país decretada contra el recurrente actualmente se encuentra vigente, pese a haber fenecido el proceso penal seguido en su contra en el 2004, por lo que este Tribunal Constitucional considera que la Administración pública, a través de sus autoridades competentes, ha actuado y viene actuando de manera inconstitucional al afectar gravemente y de modo permanente al derecho a la libertad de tránsito del accionante, dando lugar con ello a un estado de cosas contrario a la Constitución. En efecto, se ha verificado que dicha medida se viene manteniendo de manera indefinida, injustificada e inconstitucional, más allá del tiempo razonable que el estado de las cosas exige, esto es, pese a haber fenecido el proceso penal en su contra, por lo que la misma deviene en innecesaria. Dicha vigencia resulta aún más grave, ya que, además de ser inconstitucional, carece de los datos necesarios que permitan identificar correctamente a las personas, por lo que se convierte en un peligro latente e inminente para otras personas que igualmente podrían ser las potenciales víctimas de la afectación al derecho constitucional a la libertad de tránsito.
EXP. N.° 03016-2007-PHC/TC
LIMA
CARLOS ALBERTO VICTORIO TREJO
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los 23 días del mes de octubre de 2008, la Sala Primera del Tribunal Constitucional, integrada por los Magistrados Landa Arroyo, Beaumont Callirgos y Eto Cruz, pronuncia la siguiente sentencia.
ASUNTO
El recurso de agravio constitucional interpuesto por don Carlos Alberto Victorio
Trejo contra la sentencia expedida por la Primera Sala Especializada en lo Penal para
Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 62, su fecha
3 de abril de 2007, que declaró improcedente la demanda de autos.
ANTECEDENTES
Con fecha 15 de febrero de 2007, el recurrente interpone demanda de hábeas corpus y la dirige contra el Jefe de la División de Requisitorias de la Policía Nacional del Perú (PNP), don Jesús Alpaca Ruiz, y contra el comisario de la Comisaría de Villa El Salvador PNP, don Eduardo Baca Cornejo, alegando la vulneración de su derecho constitucional a la libertad personal.
[Continúa…]
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