El Ilustre Colegio de Abogados de lca mediante un pronunciamiento invoca a la ciudadanía estar alerta para ejercer derecho a la protesta contra el Congreso.
PRONUNCIAMIENTO A LA CIUDADANÍA IQUEÑA Y AL PAÍS
El Ilustre Colegio de Abogados de lca, siendo un ente que acude en defensa de los principios democráticos y luchador contra los abusos y atropellos cometidos en contra de nuestra soberanía democrática a lo largo de nuestra vida institucional, se dirige a la ciudadanía iqueña y al país, RECHAZANDO las iniciativas legislativas que se vienen presentando en el Congreso de la República, segundo poder del Estado, donde desde su interior se pretende afectar la soberanía institucional de las entidades públicas, la seguridad de los peruanos a través de proyectos de ley que favorecen a la delincuencia, el crimen organizado, debilitando las investigaciones policiales y fiscales que se persiguen en contra de este flagelo que afecta al país, especialmente contra los delincuentes de cuello y corbata que hoy en día vienen tomando mayor protagonismo, tratando así de formar una especie de protección o blindaje ante cualquier acto ilícito que cometan.
Este accionar de los mandantes del Estado no resulta aislado, toda vez que desde el inicio de su periodo congresal su única intención ha sido resquebrajar al país desconociendo una voluntad popular, dividiendo a los ciudadanos con el único propósito de que sus intereses personales y de su entorno no se vea perjudicado, participando en ello también el alicaído Tribunal Constitucional con fallos que empobrecen más las arcas de los peruanos en favorecimiento de los deudores y quienes extirpan —y extirparon— el erario nacional, dejándonos en el caos y la miseria.
Esta intención del segundo poder del Estado no hace más que ver cuál es su primordial interés, esto es, perpetuarse en el poder creando leyes que solo nos traen retraso y nos ponen en desventaja, legislando a favor de las grandes familias que hacen aumentar su patrimonio a expensas del sudor y el sacrificio del pueblo.
RECHAZAMOS tajantemente la aprobación del Proyecto de Ley N° 6951/2023-CR el mismo que en su articulo quinto señala: «Nadie será procesado, condenado, ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, por hechos cometidos con anterioridad al 1 de julio del 2002». RECHAZAMOS este actuar de aquellos que representan el Congreso de la República, esperando tomen conciencia que las iniciativas legislativas que deben ser en favor del pueblo y de los más necesitados.
INVOCAMOS a la ciudadanía en general permanecer alertas para hacer uso de nuestro derecho constitucional a la protesta y EXIGIR al Poder Ejecutivo que deje de ser cómplice del ataque desmedido que se realiza en contra de nuestra
DECANO Y CONSEJO DIRECTIVO DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOCADOS DE ICA

![Intimación para constituir en mora interrumpe la prescripción de la reparación civil fijada en la sentencia [Expediente 4173-2006-4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)
![Si el bien estatal se utilizó principalmente para el servicio público autorizado y la irregularidad consistió solo en una circunstancia incidental, sin intención de abuso ni beneficio relevante, la conducta carece de entidad penal (fiscal ordenó a conductor permitir llevar a cuatro personas en la tolva de la camioneta del Ministerio Público cuando este se trasladaba a una localidad donde tenía una diligencia) [Apelación 143-2024, Cañete]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cuando la calumnia se configura como delito continuado, el plazo de prescripción se computa desde el último acto delictivo [Apelación 288-2024, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Trabajadores destacados no pueden realizar de forma permanente la actividad principal de la empresa [Cas. Lab. 20398-2023, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)

![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)


![¿Desde cuándo se computa el plazo para el inicio del PAD en faltas permanentes por uso de información falsa? [Informe Técnico 000454-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Cuál es la primera oportunidad que tiene el trabajador para rechazar la indemnización por despido arbitrario? [Cas. Lab. 41369-2022, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Para la configuración de una infracción insubsanable, el inspector debe demostrar que el incumplimiento ha generado un efecto irreversible [Resolución 0282-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)



![Dos características definitorias del ejercicio del derecho de resistencia: su carácter no violento, y la necesidad de que pretenda la pública exaltación de principios constitucionales establecidos (Colombia) [Sentencia T-571/08, f. j.16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)




![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)


















![[VÍDEO] Polay Campos señala que imputación fiscal es «una lectura homofóbica» (caso Las Gardenias)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER_APELACION-EN-PROCESO-CONTRA-VICTOR-POLAY-CAMPOS_LP-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![¿Desde cuándo se computa el plazo para el inicio del PAD en faltas permanentes por uso de información falsa? [Informe Técnico 000454-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-324x160.jpg)





![¿Desde cuándo se computa el plazo para el inicio del PAD en faltas permanentes por uso de información falsa? [Informe Técnico 000454-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-100x70.jpg)
