El Poder Judicial (PJ) podrá retener el 30% del retiro de la AFP de los padres con deuda alimentaria. Ya sea por mandato judicial o un acuerdo entre ambas partes, parte del dinero del demandado deberá cubrir los gastos de sus hijos a pesar de que se niegue a retirar dichos fondos.
Vicky Távara Cavero, jefa de la Oficina del Registro Nacional Judicial (Renaju), indicó que los agraviados podrán acceder a esta medida a través de una demanda de alimentos.
Asimismo, señaló que el demandado debe acatar la orden judicial:
Si el juez lo dispone en su sentencia, así [el demandante] no retire el monto dispuesto por el Congreso de la República, el 30% de esa suma va a ser retenido para cubrir la deuda alimentaria.
Lea más: Pensión de alimentos: ¿qué abarca y cómo calcularla?
Medida protege a menores
De acuerdo con la jefa del Renaju, la medida tiene como principal objetivo proteger los derechos del menor: “Lo que se busca es emitir sentencias a su favor”.
De esta manera, resaltó la reciente modificación al Código Procesal Civil que permitirá al juez de familia tener acceso a la información sobre la capacidad económica de los demandados y extraer otros datos, en tiempo real, sobre sus beneficios laborales; entre ellos, gratificación, vacaciones, remuneración, entre otros:
Esta modificatoria va a permitir que los procesos sean más rápidos. Como saben son procesos de alimentos que permiten salvaguardar los derechos primordiales del menor. Por lo tanto, esta medida va permitir al juez tener información en línea, en tiempo real, de los bienes que tenga el demandante en la Sunarp, como cuánto gana o si le corresponde gratificación, a través del Ministerio de Trabajo.