Conclusiones: 3.1 En caso la desvinculación del servidor civil responda a factores ajenos a su voluntad (exceptuando la no renovación de contrato), las horas que no hubieran sido objeto de compensación serán exoneradas, quedando liberado de su obligación de compensarlas.
3.2 En el caso de los servidores de confianza, el término de designación por retiro de confianza constituye una causal de cese que escapa de la voluntad del servidor, toda vez que responde a la prerrogativa que ejerce el funcionario que autorizó la designación.
3.3 Sobre la devolución de las horas de licencia con goce de haber compensable a través de horas en sobretiempo, nos remitimos a lo desarrollado en el Informe Técnico N° 001685-2020-SERVIR-GPGSC.
3.4 La devolución de horas de licencia con goce de haber compensable a través de acciones de capacitación se rige por lo dispuesto en el numeral 4.3 del artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1505, modificado por Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 055-2021. De modo que las oficinas de recursos humanos deberán verificar que la acción de capacitación reúna las condiciones señaladas en la norma, las cuales fueron resumidas en el numeral 2.10 del presente informe.
Autoridad Nacional del Servicio Civil
Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil
Informe Técnico 001415-2021-Servir-GPGSC
Lima, 15 de julio de 2021.
Para: ADA YESENIA PACA PALAO
Gerenta de Políticas de Gestión del Servicio Civil
De: ÁNGEL AUGUSTO BASTIDAS SOLÍS
Coordinador de Soporte y Orientación Legal
Asunto: Exoneración de devolución de horas de licencia con goce de haber compensable por término de designación
Referencia: Oficio N° D000068-2021-MML-GA-SP
I. Objeto de la consulta
Mediante el documento de la referencia el Subgerente de Personal de la Municipalidad Metropolitana de Lima nos consulta si el personal de confianza que ha cesado en la institución por la culminación de su designación se encuentra inmerso en la exoneración de compensación de horas dispuesta por el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 078-2020. Asimismo, solicitan se les precise el modo de aplicación del numeral 2.2 del mencionado decreto.
II. Análisis
Competencias de SERVIR
2.1 La Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR es un organismo rector que define, implementa y supervisa las políticas de personal de todo el Estado. No puede entenderse que como parte de sus competencias se encuentra el constituirse en una instancia administrativa o consultiva previa a la adopción de decisiones individuales que adopte cada entidad.
2.2 Debe precisarse que las consultas que absuelve SERVIR son aquellas referidas al sentido y alcance de la normativa aplicable al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos. Por lo tanto, las conclusiones del presente informe no se encuentran vinculadas necesariamente a situación particular alguna.
Sobre la devolución de horas de licencia con goce de haber compensable otorgada durante el Estado de Emergencia Nacional
2.3 A través del Informe Técnico N° 001031-2020-SERVIR-GPGSC este ente rector desarrolló los alcances del Decreto de Urgencia N° 078-2020, el cual estableció diversas medidas que facilitaban la compensación de horas de licencia con goce de haber compensable que fue otorgada a los servidores civiles durante el Estado de Emergencia Nacional, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 20.2 del artículo 20 del citado Decreto de Urgencia No 026-2020.
2.4 Las medidas orientadas a la recuperación de las horas de licencia no compensadas, establecidas en los artículos 2, 3 y 4 del Decreto de Urgencia N° 078-2020, se resumen en el siguiente cuadro:
[…]
2.5 Así tenemos que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 078-2020, en caso la desvinculación del servidor civil responda a factores ajenos a su voluntad (exceptuando la no renovación de contrato), las horas que no hubieran sido objeto de compensación serán exoneradas, quedando liberado de su obligación de compensarlas.
2.6 Por lo tanto, dicha exoneración operará siempre que la desvinculación se produzca por factores ajenos a la voluntad del servidor, los cuales variarán de acuerdo a cada régimen laboral. De modo que, en el caso de los servidores de confianza, el término de designación por retiro de confianza constituye una causal de cese que escapa de la voluntad del servidor, toda vez que responde a la prerrogativa que ejerce el funcionario que autorizó la
designación.
2.7 Es necesario señalar que la exoneración a la que hace referencia el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 078-2020 solo será respecto del saldo de horas que el servidor registre luego de que la entidad haya descontado las horas de trabajo en sobretiempo y las horas de capacitación acumuladas, conforme con lo establecido en el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1505.
2.8 Con relación a la aplicación de las horas en sobretiempo para devolver las horas de licencia con goce de haber compensable, recomendamos leer el Informe Técnico N° 001685-2020-SERVIR-GPGSC.
2.9 De otro lado, sobre la compensación de horas a través de acciones de capacitación, es
menester remitirnos al numeral 4.3 del artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1505, el cual fue modificado por Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 055-2021.
2.10 De modo que, estando al nuevo marco legal, los servidores públicos pueden devolver las horas de licencia con goce de haber compensable otorgada durante el Estado de Emergencia Nacional a través de acciones de capacitación; siempre que la Oficina de Recursos Humanos, antes del inicio de la capacitación o luego de concluida esta, verifique que reúne las siguientes condiciones:
[…]
III. Conclusiones
3.1 En caso la desvinculación del servidor civil responda a factores ajenos a su voluntad
(exceptuando la no renovación de contrato), las horas que no hubieran sido objeto de
compensación serán exoneradas, quedando liberado de su obligación de compensarlas.
3.2 En el caso de los servidores de confianza, el término de designación por retiro de confianza constituye una causal de cese que escapa de la voluntad del servidor, toda vez que responde a la prerrogativa que ejerce el funcionario que autorizó la designación.
3.3 Sobre la devolución de las horas de licencia con goce de haber compensable a través de horas en sobretiempo, nos remitimos a lo desarrollado en el Informe Técnico N° 001685-2020-SERVIR-GPGSC.
3.4 La devolución de horas de licencia con goce de haber compensable a través de acciones de capacitación se rige por lo dispuesto en el numeral 4.3 del artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1505, modificado por Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 055-2021. De modo que las oficinas de recursos humanos deberán verificar que la acción de capacitación reúna las condiciones señaladas en la norma, las cuales fueron resumidas en el numeral 2.10 del presente informe.
Atentamente,
DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE
ANGEL AUGUSTO BASTIDAS SOLIS
Coordinador de Soporte y Orientación Legal
AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
![Absuelven de violación sexual a sujeto acusado de introducir su dedo en el ano de la agraviada, cuando ejercía su oficio de curandero (conducta neutral), al intentar sanar un hueso de la columna que se le había movido según el resultado de la «limpia con cuy» practicado momentos antes [Exp. 49-2020-35]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/CURANDERO-PASANDO-CUY-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Pericia que concluye «proclividad al delito» no puede admitirse con el único fin de mostrar la supuesta inclinación del acusado a cometer delitos, porque ello favorece el «riesgo de condenar no por las pruebas, sino por la valoración negativa de su carácter o personalidad» [Casación 982-2022, Lambayeque, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglamento del Decreto Legislativo 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú [Decreto Supremo 012-2025-IN] Policía](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Policia-PNP-oficial-LPDerecho-4-218x150.jpg)
![No se requiere que el fiscal postule expresamente la prueba indiciaria, porque es un método de razonamiento probatorio que puede ser empleado por el juez, siempre que derive de hechos acreditados y se debata en el juicio oral [Apelación 278-2024, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El trabajador de dirección lleva implícita la calificación de confianza [Cas. Lab. 32954-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)

![TC: Entidades jurisdiccionales están obligadas únicamente a emitir y/o entregar información (en caso se solicite) o a facilitar la ruta de acceso a la información indicada respecto de dicha función (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 02506-2022]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-tc-precedente-LPDerecho-218x150.png)
![Fundamento de voto: El art. VIII del NCPC ―sobre la interpretación conforme a las sentencias de los tribunales internacionales donde el Perú es parte― resulta inconstitucional, ya que contraviene la Cuarta D. F. T de la Constitución al reducir indebidamente el parámetro constitucional de interpretación del TC (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 5-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/FUNDAMENTO-VOTO-ART-VIII-NCPC2-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Reglamento del Marco de Confianza Digital [Decreto Supremo 126-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/precidencia-del-consejo-de-ministros-pcm-LPDerecho-218x150.jpg)
![Modifican Reglamento del procedimiento sancionador para martilleros públicos [Resolución 00170-2025-Sunarp/SN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-LOGO-lp-derecho-218x150.jpg)
![Aprueban nueva escala remunerativa para los servidores de apoyo a la función fiscal y administrativo del Ministerio Público [DS 241-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2019/09/trabajador-ministerio-publico-fiscal-intervencion-LPDerecho-218x150.png)
![Multan a Tottus por no incluir advertencia de «Alto en azúcar: Evitar su consumo excesivo» en Syrope sabor a maple [Res. 178-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/tottus-indecopi-peru-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Reglamento del DL 1219 que fortalece la función criminalística policial [Decreto Supremo 011-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-interior-Mininter-LPDerecho-218x150.jpg)
![Modifican Reglamento del Código de Ejecución Penal para adecuarlo a la Ley que incorpora a adolescentes de 16 y 17 años al sistema penal [DS 022-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/adolescentes-como-sujetos-imputables-del-sistema-penal-por-la-comision-de-delitos-graves-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Absuelven de violación sexual a sujeto acusado de introducir su dedo en el ano de la agraviada, cuando ejercía su oficio de curandero (conducta neutral), al intentar sanar un hueso de la columna que se le había movido según el resultado de la «limpia con cuy» practicado momentos antes [Exp. 49-2020-35]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/CURANDERO-PASANDO-CUY-DOC-LPDERECHO-324x160.jpg)





![Absuelven de violación sexual a sujeto acusado de introducir su dedo en el ano de la agraviada, cuando ejercía su oficio de curandero (conducta neutral), al intentar sanar un hueso de la columna que se le había movido según el resultado de la «limpia con cuy» practicado momentos antes [Exp. 49-2020-35]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/CURANDERO-PASANDO-CUY-DOC-LPDERECHO-100x70.jpg)
