La congresista Isabel Cortez Aguirre (Podemos Perú) presentó un proyecto de ley que busca excluir a los trabajadores del Poder Judicial de los alcances de la Ley 30057 – Ley del Servicio Civil. La iniciativa se fundamenta en el principio de independencia del Poder Judicial como uno de los poderes del Estado.
El proyecto establece que los trabajadores judiciales solo estarán sujetos a la Ley del Servicio Civil en casos de controversias que deban resolverse en segunda instancia ante Servir o su entidad sucesora. Esto significa que, en términos generales, el Poder Judicial gestionará su personal de manera autónoma.
Asimismo, se propone que la administración de recursos humanos del Poder Judicial sea regulada exclusivamente por el Consejo Ejecutivo, el cual aprobará políticas sobre planificación, organización interna, régimen disciplinario, compensaciones y demás aspectos relacionados con la gestión del empleo.
Finalmente, la propuesta incluye una disposición derogatoria única, eliminando cualquier normativa que contradiga esta exclusión. De aprobarse, esta ley consolidaría la autonomía del Poder Judicial en la administración de su personal, diferenciándolo del resto de entidades sujetas al régimen del servicio civil.
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FÓRMULA LEGAL
LEY QUE EXCLUYE A TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL DEL SERVICIO CIVIL
Artículo 1. Objeto de la Ley.
La presente ley tiene por finalidad reconocer la independencia del Poder Judicial como poder del Estado, excluyendo a sus trabajadores de los alcances de la Ley N° 30057 – Ley del Servicio Civil.
Artículo 2. Exclusión del régimen del servicio civil.
Los trabajadores del Poder Judicial únicamente están comprendidos en los alcances de la Ley N° 30057 – Ley del Servicio Civil, en casos de controversias que deban ser resueltas en segunda instancia por Servir o por la entidad que la reemplace.
Artículo 3. Independencia del Poder Judicial en la administración de su recurso humano.
El Poder Judicial como poder del Estado no está comprendido dentro de los alcances de las normas que regulan la gestión de recursos humanos del servicio civil. El Consejo Ejecutivo aprueba las políticas de gestión del recurso humano que comprende la planificación, organización interna, régimen disciplinario, así como la gestión del empleo, rendimiento, compensaciones, capacitación y relaciones humanas en el marco de las normas del régimen laboral de la actividad privada.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
UNICA. – Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente ley.
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