La maestra Eugenia Ariano Deho, en el marco de una lección inaugural sobre el tema «Tecnología y oralidad en el proceso civil peruano», entre otros asuntos, se ocupó de la implementación del Módulo Civil Corporativo.

Debe resaltarse que la profesora desarticula una de las ideas que habrían servido de fundamento del señalado Módulo: que los abogados son los responsables de la demora innecesaria del proceso. La profesora plantea a los abogados una interrogante: «¿Quién demora el proceso, ustedes o el juez?». Y es que usualmente este tipo de reformas buscan sortear la presencia del abogado como si este fuera la fuente de todos los males del proceso.
La profesora apunta también a uno de los principios procesales que más están de «moda» en la actualidad: el principio de cooperación en virtud del cual, entre otros, las partes tienen el «deber de colaborar entre sí para la resolución del conflicto». Agudamente la maestra se cuestiona cómo sería posible este «absurdo máximo» de que una parte colabora con su contraparte. Señala que este principio es característico de los procesos civiles que se encuentran en el marco de un régimen autoritario.
Puede considerarse que una de las ideas centrales de la profesora radica en señalar que estas reformas de la «oralidad» no son absolutamente ninguna novedad, sino que encuentran sus raíces en propuestas de fines del siglo XIX como lo es la Zivilprozessordnung austríaca de 1895.
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No está de más recordar que la profesora Eugenia Ariano Deho es profesora de Derecho Procesal Civil en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y la Pontificia Universidad Católica del Perú, y es reconocida como una de las mayores especialistas en la materia a nivel nacional. Es autora de diversos libros y cuenta con ensayos publicados en prestigiosas revistas a nivel mundial como la Rivista di diritto processuale y la Rivista trimestrale di diritto e procedura civile.
Aprovechamos en recordar también que este año la maestra estará con nosotros dictando en dos sesiones del Diplomado Código Procesal Civil y litigación oral.
De esta forma, esperamos que la lección de la profesora invite a la reflexión crítica sobre la implementación de este tipo de reformas.
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