El juez del Quinto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, magistrado Felipe Elio Pérez Cedamanos, fue el primero a nivel nacional en desarrollar plenamente la litigación oral en los procesos civiles dictando sentencia en diez minutos. El reconocido profesor Fort Ninamancco analizó este caso aquí.
Expediente 03285-2019-0-1601-JR-CI-05
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En la ciudad de Trujillo, siendo las siete y media de la mañana del día diez de diciembre del año dos mil diecinueve, se hicieron presentes en la Sala de Audiencias N° 03 del Módulo Corporativo Civil de Trujillo, dirigido por el Juez del Quinto Juzgado Especializado en lo Civil de Trujillo, magistrado Felipe Pérez Cedamanos, asistido por la secretaria que da cuenta, a efecto de llevarse a cabo la Audiencia Preliminar señalada para el día de la fecha. Asistieron por la parte demandada MIRTHA BALBINA LUNA VICTORIA PUMAYALLA, identificada con DNI N° 18123203, acompañado de su abogado LUIS CARLOS CABRERA CABADA con Registro del Colegio de Abogados de La Libertad N° 160 y con casilla electrónica N° 53361 del SINOE, a fin de llevar adelante la diligencia programada por resolución número TRES de folios 75 a 77, con motivo del expediente ut supra.
Se deja constancia de la inconcurrencia de la parte demandante INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SAM E.I.R.L., en la persona de su representante legal Alberto Eduardo Cabrera Arana.
ALEGATOS DE APERTURA
El abogado LUIS CARLOS CABRERA CABADA, hace una breve exposición oral de los hechos que, por razones de fondo, contradicen la demanda, lo que queda registrado en audio (Desde minuto 01:54 hasta 05:33).
1.- SANEAMIENTO PROCESAL (desde el minuto 01:13 hasta 01:39).
2.- FIJACIÓN DE PUNTOS CONTROVERTIDOS
El Juez, continuando con el desarrollo de la audiencia, invita a los abogados de las partes a proponer puntos controvertidos:
El abogado de la parte demandada MIRTHA BALBINA LUNA VICTORIA PUMAYALLA, formula su propuesta, lo que queda registrado en audio. (Desde el minuto 05:34 hasta 06:01)
El Juez, tras escuchar la propuesta de las partes procesales, de conformidad con los artículos 468° y 555° del Código Procesal Civil, fija los siguientes puntos controvertidos, (Desde minuto 06:02 hasta 06:56).
3.- SANEAMIENTO PROBATORIO:
ADMISIÓN DE MEDIOS PROBATORIOS, queda constancia en audio, (Desde el minuto 07:01 hasta 07:49).
4.- JUZGAMIENTO ANTICIPADO, queda constancia que se prescinde de la audiencia de pruebas y se dispone el Juzgamiento Anticipado del Proceso (Desde el minuto 07:55 hasta el minuto 08:01).
5.- ALEGATOS DE APERTURA (Desde el minuto 08:03 hasta el minuto 09:51).
6.- SENTENCIA: Declarando Infundada la demanda de Nulidad de Acto Jurídico (Desde el minuto 10:05 hasta el minuto 10:20).
Siendo las siete horas con cuarenta y dos de la mañana, concluyó la presente audiencia, con la suscripción del acta por las partes, el señor magistrado, dejando constancia que el desarrollo completo se encuentra en audio, quedando las partes notificadas y dejando constancia de la entrega del audio en memoria electrónica portátil, de lo que doy fe.
Descargue aquí en PDF el acta
23 Dic de 2019 @ 18:27