La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso desestimó, por mayoría, la propuesta para derogar la llamada «Ley seca». El predictamen recaído en los proyectos de ley 10993/2024-CR y 11275/2024-CR proponía modificar el artículo 191 y derogar el artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859), con el objetivo de actualizar dos disposiciones consideradas obsoletas: la restricción de encuestas y la prohibición de venta de alcohol durante los procesos electorales.
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De acuerdo con la votación, la eliminación de la Ley seca fue rechazada con 12 votos en contra, 9 a favor y 2 abstenciones. Respaldaron la propuesta los congresistas Arturo Alegría, Patricia Juárez, Martha Moyano, Fernando Rospigliosi, Alejandro Aguinaga, Digna Calle, Heidy Juárez, Adriana Tudela y Jorge Morante. En contra se pronunciaron, entre otros, Juan Lizarzaburu, José María Balcázar, Lady Camones, Waldemar Cerrón, Alejandro Muñante, Esdras Medina, José Williams y Margot Palacios.
Durante el debate, la mayoría de los legisladores coincidió en mantener la restricción, señalando que la medida previene disturbios e inasistencias por consumo de alcohol. El congresista Juan Lizarzaburu sostuvo que los ciudadanos «tienen todo el tiempo del mundo para provisionarse en los supermercados» y que «no queremos disturbios, inasistencias por resacas, queremos participación masiva del ciudadano».
En respuesta, el parlamentario Edward Málaga, autor del proyecto que proponía derogar la norma, señaló que la prohibición es sobre la venta, no sobre el consumo, por lo que calificó la medida como una «regla mal elaborada».
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Málaga propuso eliminar la obligatoriedad de la «Ley seca» durante el desarrollo de las elecciones generales y permitir la difusión de encuestas hasta 24 horas antes del inicio de la jornada electoral.
Sin embargo, el parlamentario planteó que el expendio de bebidas sea restringido de manera excepcional y solo en determinadas circunscripciones mediante resolución debidamente motivada por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
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Respecto a la difusión de encuestas, la comisión aprobó por mayoría (16 votos a favor, 5 en contra y 3 abstenciones) modificar el plazo de prohibición, permitiendo su publicación hasta tres días antes del día de la votación. Actualmente, la normativa impide la difusión de sondeos durante toda la semana previa al proceso electoral.
El dictamen mantiene la obligación de transparencia en la publicación de resultados. Los medios de comunicación deberán incluir la ficha técnica completa con el nombre de la encuestadora, el número de registro en el JNE, la fuente de financiamiento, el tamaño de la muestra, el margen de error, el nivel de confianza y la fecha del trabajo de campo. El incumplimiento será sancionado con multas de entre diez y cien Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
PREDICTAMEN RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 10993/2024-CR Y 11275/2024-CR, LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 191 Y DEROGA EL ARTÍCULO 351 DE LA LEY 26859, LEY ORGÁNICA DE ELECCIONES PARA REDUCIR EL PLAZO DE PROHIBICIÓN DE PUBLICACIÓN DE ENCUESTAS EN LOS PROCESOS ELECTORALES Y ELIMINA LA PROHIBICIÓN DEL EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS
COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN Y REGLAMENTO
Periodo Anual de Sesiones 2025 – 2026
Señor presidente:
Ha ingresado para dictamen de la Comisión de Constitución y Reglamento los proyectos de ley 10993/2024-CR, Ley que modifica el artículo 351 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, respecto del horario de la prohibición de venta y consumo de bebidas alcohólicas durante los procesos electorales, y 11275/2024- CR, Ley que modifica los artículos 191 y 351 de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones.
I. SITUACIÓN PROCESAL
El presente predictamen acumula los siguientes proyectos de ley:
a. El Proyecto de Ley 10993/2024-CR, Ley que modifica el artículo 351 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, respecto del horario de la prohibición de venta y consumo de bebidas alcohólicas durante los procesos electorales, presentado por el grupo parlamentario ALIANZA PARA EL PROGRESO a instancia del congresista ALEJANDRO SOTO REYES, ante el Área de Trámite Documentario del Congreso de la República con fecha 5 de mayo de 2025, siendo decretado en el mismo día a la Comisión de Constitución y Reglamento para su estudio y dictamen como única comisión dictaminadora; y,
b. El Proyecto de Ley 11275/2024-CR, Ley que modifica los artículos 191 y 351 de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, fue presentado por el congresista no agrupado GEORGE EDWARD MÁLAGA TRILLO, ante el Área de Trámite Documentario del Congreso de la República con fecha 22 de mayo del 2025, siendo decretado el mismo día a la Comisión de Constitución y Reglamento para su estudio y dictamen como única comisión dictaminadora.
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