La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó el diseño y las especificaciones técnicas de las cédulas de sufragio que se utilizarán en las Elecciones generales 2026, mediante la Resolución Jefatural 000199-2025-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano.
La norma establece los formatos oficiales de las cédulas para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, Senadores y Diputados del Congreso de la República, así como de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino. Asimismo, se aprobaron los diseños correspondientes para una eventual segunda elección presidencial en 2026.
Entre las principales características, la ONPE definió cédulas diferenciadas según el tipo de elección, incluyendo formatos especiales para el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que se encuentren en actividad. Las cédulas incorporan medidas de seguridad como códigos de barras, con el objetivo de garantizar la unicidad del material electoral y preservar el secreto del voto.
El diseño contempla columnas claramente identificadas para cada tipo de cargo en disputa, instrucciones precisas para el elector y espacios destinados al voto preferencial, según corresponda. Además, se establecen dimensiones variables de las cédulas, ajustadas al número de organizaciones políticas participantes, y se detallan los colores, símbolos y disposiciones gráficas que permitirán una mejor identificación de las opciones electorales.
Aprueban diseño y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para las Elecciones Generales 2026
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000199-2025-JN/ONPE
Lima, 23 de diciembre de 2025
VISTOS: El Informe Nº 000287-2025-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe Nº 002325-2025-SGPE-GGE/ONPE de la Subgerencia de Producción Electoral de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe Nº 000770-2025-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; así como la Hoja de Elevación Nº 000037-2025-GG/ONPE de la Gerencia General; y,
CONSIDERANDO:
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (LOONPE);
Mediante Decreto Supremo Nº 039-2025-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 26 de marzo de 2025, la Presidencia de la República convocó a Elecciones Generales 2026 el día domingo 12 de abril de 2026, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los senadores y diputados del Congreso de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino. Asimismo, se precisó que, en caso que ninguno de los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República obtuviese más de la mitad de los votos válidos, la segunda vuelta se realizaría el 7 de junio de 2026;
De conformidad con los literales b) y c) del artículo 5 de la LOONPE, es función de la ONPE diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos electorales a su cargo; así como planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente;
Asimismo, según los artículos 159 y 165 de la LOE, es competencia de la ONPE determinar las características y el diseño de la cédula de sufragio, además de disponer su impresión y distribución, así como decidir acerca de las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el voto del elector;
Igualmente, corresponde que el diseño y el procedimiento para la ubicación de las candidaturas o símbolos sean publicados y presentados ante los personeros de las organizaciones políticas y candidatos, de ser el caso, dentro de los dos (2) días calendario después del vencimiento del plazo para la presentación de solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos, con el objeto de que los personeros puedan presentar impugnaciones respecto al diseño de la cédula de sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con el artículo 167 de la LOE;
Con base en los dispositivos legales referidos, la ONPE tiene la facultad de incorporar mecanismos de control para garantizar la seguridad y eficacia del proceso. En ese sentido, se ha considerado un diseño de cédula con la inclusión de un código de barras, siendo la principal ventaja de esta incorporación, reconocer en forma única y no ambigua las cédulas de sufragio que se emplearán en las mesas de sufragio para la votación de los electores, garantizando el derecho al voto secreto. Cabe precisar que estos dos códigos serán idénticos para todas las cédulas de un mismo distrito electoral;
Con Resolución Nº 0126-2025-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones aprobó el cronograma electoral para el proceso de Elecciones Generales 2026, en el que fijó el día 23 de diciembre de 2025 como fecha límite para la presentación de la lista de candidatos ante el Jurado Electoral Especial. Por ende, dentro de los dos (2) días calendario después de la fecha indicada, la ONPE debe proceder con la publicación del diseño de la cédula y sus especificaciones técnicas;
De acuerdo con lo señalado y teniendo en cuenta lo establecido en el literal b) del artículo 70 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000125-2024-JN/ONPE y su modificatoria, la Gerencia de Gestión Electoral, a través del informe de Vistos, ha propuesto a la Gerencia General la aprobación de los diseños y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio correspondientes a las Elecciones Generales 2026;
La Gerencia General, mediante el documento de Vistos, presentó a la Jefatura Nacional la propuesta de diseño y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para las Elecciones Generales 2026, recomendando su aprobación y publicación; por lo que es necesario emitir la resolución jefatural correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en los literales b), g) y h) del artículo 5 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como en los literales m) y n) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000125-2024-JN/ONPE y su modificatoria;
Con el visado de la Gerencia General, de la Secretaría General, así como de las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Gestión Electoral;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el diseño de la cédula de sufragio para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, Senadores y Diputados del Congreso de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino 2026, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 2 (anverso y reverso), y sus especificaciones técnicas están contenidas en el Anexo Nº 1, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Aprobar el diseño de la cédula de sufragio para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, Senadores de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino 2026, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 4 (anverso y reverso), y sus especificaciones técnicas están contenidas en el Anexo Nº 3, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Tercero.- Aprobar el diseño de la cédula de sufragio para la Segunda Elección para Presidente de la República y Vicepresidentes, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 6 (anverso y reverso), y sus especificaciones técnicas están contenidas en el Anexo Nº 5, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y de los personeros de las organizaciones políticas participantes, el contenido de la presente resolución
Artículo Quinto.- Publicar el contenido de la presente Resolución y sus anexos en el diario oficial El Peruano, en la web oficial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/onpe) y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro de los tres (3) días de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS
Jefe
Oficina Nacional de Procesos Electorales
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ANEXO Nº 1
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL DISEÑO DE LA CÉDULA DE SUFRAGIO PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y VICEPRESIDENTES, SENADORES Y DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA Y REPRESENTANTES PERUANOS ANTE EL PARLAMENTO ANDINO 2026
1. MEDIDAS:
1.1 El tamaño mínimo de la cédula de sufragio será de 42.00 cm. de ancho x 21.00 cm. de largo y de acuerdo al número de organizaciones políticas participantes; el largo se incrementará proporcionalmente hasta un máximo de 44.00 cm.
2. ANVERSO:
La cédula se encuentra dividida proporcionalmente en cinco columnas: Presidente y Vicepresidentes, Senadores a nivel nacional, Senadores a nivel regional, Diputados y Parlamento Andino; en la esquina superior derecha presenta un código de barras impreso en color negro.
Cada una de las columnas de la cédula esta subdividida en tres secciones claramente definidas; un encabezado, las instrucciones para el elector y el cuerpo de la cédula que contiene las opciones de la votación, de acuerdo al siguiente detalle:
2.1 PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTES
2.1.1 Encabezado: presenta el Escudo Nacional impreso en color negro en el lado izquierdo, al centro el siguiente texto: “PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTES”, en letras de color negro y dividido en dos líneas.
2.1.2 Instrucciones para el elector: se muestra un recuadro en fondo de color gris, con el texto: “Marque con una cruz ➕ o una aspa ✖ dentro del recuadro del símbolo y/o fotografía de su preferencia”, en letras de color negro.
2.1.3 Cuerpo de la cédula: para efectos de la publicación, se considera un diseño que contempla 39 filas y 39 Organizaciones Políticas. Cada fila con trama de color celeste, con las siglas: “JNE ONPE RENIEC”, caladas con letras de color blanco de forma diagonal ascendente. Cada una de estas filas presenta dos (2) secciones claramente diferenciadas:
2.1.3.1 Nombre de la organización política, en letras de color negro, al lado izquierdo.
2.1.3.2 Símbolo y fotografía del candidato de la organización política al lado derecho, impresos a todo color, cada uno de estos dos recuadros tiene un borde negro en fondo de color blanco.
2.2 SENADORES A NIVEL NACIONAL
2.2.1 Encabezado: consta de una línea de texto en letras negras de color negro, consignando el nombre: “SENADORES” en la parte central de las dos columnas de la cédula destinado para esta elección. Debajo centrado en la columna de senadores el texto “A NIVEL NACIONAL”, en letras de color negro.
2.2.2 Instrucciones para el Elector: se muestran dos recuadros en fondo de color gris, el primero del lado izquierdo lleva el texto: “Marque con una cruz ➕ o una aspa ✖ dentro del recuadro del símbolo de su preferencia”. El segundo recuadro del lado derecho lleva el texto: VOTO PREFERENCIAL y debajo el texto: “Si desea coloque dentro de los recuadros uno o dos números de los candidatos de su preferencia”, en letras de color negro.
2.2.3 Cuerpo de la cédula: para efectos de la publicación, se considera un diseño que contempla 39 filas y 39 Organizaciones Políticas. Cada fila con trama de color rosado, con las siglas: “JNE ONPE RENIEC”, caladas con letras de color blanco de forma diagonal ascendente. Cada una de estas filas presenta dos (2) secciones claramente diferenciadas:
2.2.3.1 Nombre de la organización política, en letras de color negro, al lado izquierdo.
2.2.3.2 Símbolo de la organización política impreso a todo color, seguido de dos recuadros para el voto preferencial, al lado derecho, cada uno de estos tres recuadros tiene un borde negro en fondo de color blanco.
2.3 SENADORES A NIVEL REGIONAL
2.3.1 Encabezado: consta de una línea de texto en letras negras de color negro, consignando el nombre de la región a la que pertenece centrado en la parte superior de la columna de senadores a nivel regional. Para efectos de la publicación, se ha considerado como nombre de la región “UNIVERSO”.
2.3.2 Instrucciones para el Elector: se muestran dos recuadros en fondo de color gris, el primero del lado izquierdo lleva el texto: “Marque con una cruz ➕ o una aspa ✖ dentro del recuadro del símbolo de su preferencia”. El segundo recuadro del lado derecho lleva el texto: VOTO PREFERENCIAL y debajo el texto: “Si desea coloque dentro del recuadro el número del candidato de su preferencia”, en letras de color negro.
2.3.3 Cuerpo de la cédula: para efectos de la publicación, se considera un diseño que contempla 39 filas y 39 Organizaciones Políticas. Cada fila con trama de color marrón, con las siglas: “JNE ONPE RENIEC”, caladas con letras de color blanco de forma diagonal ascendente. Cada una de estas filas presenta dos (2) secciones claramente diferenciadas:
2.3.3.1 Nombre de la organización política, en letras de color negro, al lado izquierdo.
2.3.3.2 Símbolo de la organización política impreso a todo color, seguido de un recuadro para el voto preferencial, al lado derecho, cada uno de estos dos recuadros tiene un borde negro en fondo de color blanco.
2.4 DIPUTADOS
2.4.1 Encabezado: centrado en la parte superior de la columna de diputados dos líneas de texto en letras de color negro, consignando el nombre: “DIPUTADOS” y debajo el nombre de la región a la que pertenece. Para efectos de la publicación, se ha considerado como nombre de la región “UNIVERSO”.
2.4.2 Instrucciones para el Elector: se muestran dos recuadros en fondo de color gris, el primero del lado izquierdo lleva el texto: “Marque con una cruz ➕ o una aspa ✖ dentro del recuadro del símbolo de su preferencia”. El segundo recuadro del lado derecho lleva el texto: VOTO PREFERENCIAL y debajo el texto: “Si desea coloque dentro de los recuadros uno o dos números de los candidatos de su preferencia”, en letras de color negro.
2.4.3 Cuerpo de la cédula: para efectos de la publicación, se considera un diseño que contempla 39 filas y 39 organizaciones políticas. Cada fila con trama de color verde, con las siglas: “JNE ONPE RENIEC”, caladas con letras de color blanco de forma diagonal ascendente. Cada una de estas filas presenta dos (2) secciones claramente diferenciadas:
2.4.3.1 Nombre de la organización política, en letras de color negro, al lado izquierdo.
2.4.3.2 Símbolo de la organización política impreso a todo color, seguido de dos recuadros para el voto preferencial, al lado derecho, cada uno de estos tres recuadros de borde negro en fondo de color blanco.
2.5 PARLAMENTO ANDINO
2.5.1 Encabezado: consta de dos líneas de texto en letras de color negro, consignando el nombre: “PARLAMENTO ANDINO” en la parte superior central de la columna; y con el isotipo de la ONPE impreso de color negro al lado derecho.
2.5.2 Instrucciones para el Elector: se muestran dos recuadros en fondo de color gris, el primero del lado izquierdo lleva el texto: “Marque con una cruz ➕ o una aspa ✖ dentro del recuadro del símbolo de su preferencia”. El segundo recuadro del lado derecho lleva el texto: VOTO PREFERENCIAL y debajo el texto: “Si desea coloque dentro de los recuadros uno o dos números de los candidatos de su preferencia”, en letras de color negro.
2.5.3 Cuerpo de la cédula: para efectos de la publicación, se considera un diseño que contempla 39 filas y 39 organizaciones políticas. Cada fila con trama de color amarillo, con las siglas: “JNE ONPE RENIEC”, caladas con letras de color blanco de forma diagonal ascendente. Cada una de estas filas presenta dos (2) secciones claramente diferenciadas:
2.5.3.1 Nombre de la organización política, en letras de color negro, al lado izquierdo.
2.5.3.2 Símbolo de la organización política impreso a todo color, seguido de dos recuadros para el voto preferencial, al lado derecho, cada uno de estos tres recuadros tiene un borde negro en fondo de color blanco.
3. PIE DE PÁGINA:
3.1 En la esquina inferior izquierda se muestra un código de barras; en el extremo opuesto, el nombre del departamento, ambos impresos en color negro.
4. REVERSO:
4.1 El encabezado muestra el siguiente texto: “ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y VICEPRESIDENTES, SENADORES Y DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA Y REPRESENTANTES PERUANOS ANTE EL PARLAMENTO ANDINO”. En un segundo bloque: “PERIODO 2026 – 2031”, “ORGANISMOS ELECTORALES”, “JNE – ONPE – RENIEC”, uno debajo del otro en letras de color negro. Inmediatamente después el Escudo Nacional, impreso en color negro.
4.2 Se ha consignado el Título: “CÉDULA DE SUFRAGIO”, centrado debajo del Escudo Nacional y precisando las siguientes indicaciones para los miembros de mesa: “FIRMA OBLIGATORIA DE LOS MIEMBROS DE LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS PERSONEROS QUE SE ENCUENTREN PRESENTES EN EL ACTO DE INSTALACIÓN”, en letras de color negro y dividido en dos líneas.
4.3 A continuación, se encuentra el espacio destinado a la firma de los miembros de mesa. Debajo se ubica el área asignada para las firmas de los personeros de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro.
El diseño de cédula publicado mide 42.00 cm. de ancho x 44.00 cm. de largo, es de formato vertical a todo color en el anverso y 01 color en el reverso.
[Continúa…]
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