Con frecuencia, las clases en la facultad se centran en la teoría del derecho y las instituciones dogmáticas, pero se descuidan aspectos más prácticos como la redacción de documentos útiles en el día a día de un abogado.
Es fundamental que todo novel profesional del derecho conozca la correcta estructura de los escritos jurídicos más importantes (y procure no depender de los famosos modelos).
Teniendo en cuenta todo eso, la revista LP Derecho te presenta siete documentos que todo abogado debe saber redactar.
1. Demanda
Interponer una demanda es abrir la puerta al intrincado camino procesal. La demanda es el acto procesal mediante el cual se ejercita la acción, dirigida al juez para la tutela de intereses colectivos, siendo en consecuencia el acto continente y el contenido de la acción y la pretensión.
Al ser la demanda la presentación formal que el demandante hace para señalar y solicitar una respuesta a la administración de justicia, es un documento harto importante por su trascendencia jurídica y porque tras ella se espera una efectiva tutela jurisdiccional efectiva.
Una demanda se caracteriza además porque identifica a las partes demandante y demandada, expone los hechos de forma específica y los fundamentos de derecho.
2. Hábeas corpus
El hábeas corpus es un proceso constitucional autónomo que tiene por finalidad la protección de la libertad individual y de los derechos constitucionales conexos, de modo tal que frente a la amenaza o privación de la libertad de una persona, este proceso faculta al juez constitucional a tutelar de forma urgente la libertad y los derechos conexos del afectado.
La demanda de hábeas corpus se presenta ante el juez penal de turno, y no requiere defensa cautiva, es decir, no necesita de la firma de un abogado para interponerlo. De hecho, por su importancia, este escrito está exento de formalidades. No obstante ello, un abogado debe saber cómo redactar correctamente un escrito de esta naturaleza, a fin de evitar perjuicios a su patrocinado.
3. Denuncia
Las denuncias pueden presentarse tanto de forma oral o como escrita, pero por obvios motivos vamos a centrarnos en el segundo caso. Este documento debe presentarse en la mesa de partes de la Fiscalía y debe incluirse algunos datos fundamentales.
Uno de ellos es el nombre del o de los denunciantes, una narración especifica del hecho en cuestión con horarios y lugares detallados, así como la identidad de los responsables de la acción delictiva en el caso de conocerla. De no ser así, se recomienda el uso de la expresión «contra los que resulten responsables».
4. Informe
Estamos ante un documento en el que se da detalles de un hecho concreto, en la mayoría de casos para dejar por sentado que se llevó a cabo una diligencia.
Lleva el nombre y cargo del funcionario al que se rinde el informe, una introducción que lleva datos generales y objetivos del evento que motivó su realización, número de expediente, la institución a la que pertenece el perito.
Además debe incluir la explicación de los resultados obtenidos y sugerencias de ser el caso. Así como el lugar y fecha en que se emite, con nombres y firmas de los involucrados.
5. Oficios
A nivel general, entendemos a los oficios como una clase de documento que se elabora para hacer llegar comunicados oficiales a un destinatario específico.
Lo entendemos, jurídicamente, como una comunicación escrita expedida por los órganos judiciales o entidades para comunicar diferentes noticias, manteniendo un registro de estos.
Generalmente, cuenta con un membrete, fecha, lugar, asunto, referencia, cuerpo, firma y otros.
6. Recurso de apelación
¿Qué pasa si te encuentras en un proceso judicial y la sentencia no es favorable a tu causa? Pues presentas un recurso de apelación, así que necesitas conocerlo.
Estamos ante una impugnación a través de la cual se pide que se revoque el mandato de una autoridad judicial y las exigencias dependerá del tipo de proceso en el que estemos, civil, penal, administrativo, etc.
Este recurso lo resuelve el superior jerárquico de quien emitió la decisión, pero se presenta ante el juez que emitió la resolución en cuestión y no directamente al superior que resolverá la propuesta. Es la expresión del derecho a la doble instancia.
7. Recurso de casación
Estamos ante un recurso extraordinario menos conocido dentro de la cultura popular, si lo comparamos con la apelación. Este recurso es resuelto por la Corte Suprema y tiene por objetivo anular una sentencia judicial que contiene una incorrecta aplicación de la ley o que ha sido dictada sin observar las formalidades.
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En materia penal, el recurso puede ser presentado por la parte imputada, el fiscal que conoció del caso e incluso el agraviado. Ahora, es necesario resaltar que si es fundado un recurso de casación este puede anular una sentencia y obligar al tribunal a emitir un nuevo pronunciamiento en donde tome en cuenta los lineamientos establecidos por la Sala Penal de la Corte Suprema.
![Aunque las declaraciones previas conservan su valor probatorio, si el contenido no contribuye a esclarecer los hechos, juez debe agotar los mecanismos disponibles —como la notificación al domicilio Reniec y otros que haya proporcionado y, de ser necesario, la conducción compulsiva— para que los testigos comparezcan y aclaren la información brindada [RN 1260-2023, Puno ff. jj. 7.8, 7.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Absuelven de violación sexual a sujeto acusado de introducir su dedo en el ano de la agraviada, cuando ejercía su oficio de curandero (conducta neutral), al intentar sanar un hueso de la columna que se le había movido según el resultado de la «limpia con cuy» practicado momentos antes [Exp. 49-2020-35]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/CURANDERO-PASANDO-CUY-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Pericia que concluye «proclividad al delito» no puede admitirse con el único fin de mostrar la supuesta inclinación del acusado a cometer delitos, porque ello favorece el «riesgo de condenar no por las pruebas, sino por la valoración negativa de su carácter o personalidad» [Casación 982-2022, Lambayeque, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No se requiere que el fiscal postule expresamente la prueba indiciaria, porque es un método de razonamiento probatorio que puede ser empleado por el juez, siempre que derive de hechos acreditados y se debata en el juicio oral [Apelación 278-2024, Cusco, f. j. 6.21]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El trabajador de dirección lleva implícita la calificación de confianza [Cas. Lab. 32954-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)

![TC: Entidades jurisdiccionales están obligadas únicamente a emitir y/o entregar información (en caso se solicite) o a facilitar la ruta de acceso a la información indicada respecto de dicha función (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 02506-2022]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-tc-precedente-LPDerecho-218x150.png)
![Fundamento de voto: El art. VIII del NCPC ―sobre la interpretación conforme a las sentencias de los tribunales internacionales donde el Perú es parte― resulta inconstitucional, ya que contraviene la Cuarta D. F. T de la Constitución al reducir indebidamente el parámetro constitucional de interpretación del TC (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 5-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/FUNDAMENTO-VOTO-ART-VIII-NCPC2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El derecho de defensa garantiza, dentro de un procedimiento administrativo sancionador, conocer los cargos que se formulan, no declarar contra sí mismo, tener asistencia de letrado o autodefensa y utilizar medios de prueba adecuados para la defensa [Exp. 04021-2024-PHC/TC, ff. jj. 9-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![Reglamento del Marco de Confianza Digital [Decreto Supremo 126-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/precidencia-del-consejo-de-ministros-pcm-LPDerecho-218x150.jpg)
![Modifican Reglamento del procedimiento sancionador para martilleros públicos [Resolución 00170-2025-Sunarp/SN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-LOGO-lp-derecho-218x150.jpg)
![Aprueban nueva escala remunerativa para los servidores de apoyo a la función fiscal y administrativo del Ministerio Público [DS 241-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2019/09/trabajador-ministerio-publico-fiscal-intervencion-LPDerecho-218x150.png)
![Multan a Tottus por no incluir advertencia de «Alto en azúcar: Evitar su consumo excesivo» en Syrope sabor a maple [Res. 178-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/tottus-indecopi-peru-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








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![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Aunque las declaraciones previas conservan su valor probatorio, si el contenido no contribuye a esclarecer los hechos, juez debe agotar los mecanismos disponibles —como la notificación al domicilio Reniec y otros que haya proporcionado y, de ser necesario, la conducción compulsiva— para que los testigos comparezcan y aclaren la información brindada [RN 1260-2023, Puno ff. jj. 7.8, 7.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS2-LPDERECHO-100x70.jpg)




