Disponen la conformación de Salas Superiores de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada para el año judicial 2023
CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA PRESIDENCIA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000001-2023-P-CSNJPE-PJ
Lima, 3 de enero de 2023
ANTECEDENTES:
I. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N.° 318-2018-CE-PJ constituyó la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, sobre la base de la fusión de la Sala Penal Nacional y del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, la cual tiene competencia nacional, actualmente denominada Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada –en adelante CSN–, según lo dispuesto en la Resolución Administrativa N.° 476-2019-CE-PJ.
II. La Resolución Administrativa N.° 000299-2021-CE-PJ, de fecha 17 de septiembre de 2021, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 18 del citado mes y año, dispuso diversas medidas administrativas en la CSN.
FUNDAMENTOS:
1. Sobre la designación de los jueces superiores de la CSN: el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial es el órgano encargado de la designación de los jueces integrantes de los órganos jurisdiccionales de esta CSN; en ese sentido, ha emitido diversas resoluciones administrativas, en las cuales designa a los jueces superiores de la CSN, conforme se detalla a continuación:
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JUECES SUPERIORES |
RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS |
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Porfiria Edita Condori Fernández |
R.A. N.° 103-2014-CE-PJ |
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Rómulo Juan Carcausto Calla |
R.A. N.° 018-2013-CE-PJ |
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Javier Santiago Sologuren Anchante |
R.A. N.° 000056-2021-CE-PJ |
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Iván Alberto Quispe Aucca |
R.A. N.° 342-2014-CE-PJ |
|
Edgar Francisco Medina Salas |
R.A. N.° 334-2019-CE-PJ |
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María Eugenia Guillén Ledesma |
R.A. N.° 000193-2022-CE-PJ |
|
Emérito Ramiro Salinas Siccha |
R.A. N.° 052-2017-CE-PJ |
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Víctor Joe Manuel Enríquez Sumerinde |
R.A. N.° 005-2019-CE-PJ |
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Yeny Sandra Magallanes Rodríguez |
R.A. N.° 000010-2021-CE-PJ |
|
Teófilo Armando Salvador Neyra |
R.A. N.° 000417-2022-CE-PJ |
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Mercedes Pareja Centeno |
R.A. N.° 000373-2021-CE-PJ |
|
William Alexander Lugo Villafana |
R.A. N.° 000388-2021-CE-PJ |
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Sonia Bienvenida Torre Muñoz |
R.A. N.° 000451-2022-CE-PJ |
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René Eduardo Martínez Castro |
R.A. N.° 317-2016-CE-PJ |
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Jhonny Hans Contreras Cuzcano |
R.A. N.° 317-2016-CE-PJ |
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Perú Valentín Jiménez La Rosa |
R.A. N.° 000173-2021-CE-PJ |
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Pilar Luisa Carbonel Vílchez |
R.A. N.° 000173-2021-CE-PJ |
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Richard Llacsahuanga Chávez |
R.A. N.° 000173-2021-CE-PJ |
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Andrés Arturo Churampi Garibaldi |
R.A. N.° 354-2019-CE-PJ |
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Luis Fernando Cerrón Rengifo |
R.A. N.° 088-2020-CE-PJ |
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Doris Rodríguez Alarcón |
R.A. N.° 000417-2022-CE-PJ |
|
Juan Carlos Santillán Tuesta |
R.A. N.° 417-2014-CE-PJ |
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Francisco Celis Mendoza Ayma |
R.A. N.° 001-2015-CE-PJ |
|
Máximo Francisco Maguiña Castro |
R.A. N.° 000374-2021-CE-PJ |
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Miluska Giovanna Cano López |
R.A. N.° 072-2008-CE-PJ |
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Otto Santiago Verapinto Márquez |
R.A. N.° 243-2016-CE-PJ |
|
Helbert Iván Llerena Lezama |
R.A. N.° 000368-2022-CE-PJ |
2. Sobre las Salas Penales en la CSN: la Resolución Administrativa N.° 000299-2021-CE-PJ, de fecha 17 de septiembre de 2021, dispuso diversas medidas administrativas en la CSN entre las que se encuentran el renombramiento y la conversión de órganos jurisdiccionales de esta CSN, contando con 5 Salas Penales de Apelaciones Nacionales y 4 Salas Penales Superiores Nacionales Liquidadoras Transitorias, conforme al siguiente detalle:
• CÓDIGO PROCESAL PENAL 2004
1°, 2°, 3° y 5° Salas Penales de Apelaciones Nacionales
• CÓDIGO PROCESAL PENAL 2004 (turno cerrado) – CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES 1940 (en adición de funciones)
4° Salas Penales de Apelaciones Nacionales[1]
• CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES 1940
1°, 2°, 3° y 4° Salas Penales Superiores Nacionales Liquidadoras Transitorias
3. En este contexto, atendiendo a que constituye una atribución y una obligación de la Presidencia de esta CSN designar a los jueces superiores que integran las Salas Superiores al inicio de cada año judicial, de acuerdo al criterio de especialización, corresponde a este despacho disponer la conformación de dichas Salas para el año judicial 2023.
4. La Presidencia es el órgano de dirección de la CSN y representa al Poder Judicial en el territorio nacional, conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 10° del Estatuto aprobado por Resolución Administrativa N.° 318-2018-CE-PJ, con observancia del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de conformidad con las consideraciones invocadas;
SE RESUELVE:
Primero.- DISPONER la conformación de las Salas Superiores de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, a partir de la fecha para el año judicial 2023, de la siguiente manera:
Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional
– Porfiria Edita Condori Fernández Presidenta
– Rómulo Juan Carcausto Calla
– Javier Santiago Sologuren Anchante
Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional
– Iván Alberto Quispe Aucca Presidente
– Edgar Francisco Medina Salas
– María Eugenia Guillén Ledesma (P)
Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional
– Emérito Ramiro Salinas Siccha Presidente
– Víctor Joe Manuel Enríquez Sumerinde
– Yeny Sandra Magallanes Rodríguez
Cuarta Sala Penal de Apelaciones Nacional[2]
– Teófilo Armando Salvador Neyra Presidente
– Mercedes Pareja Centeno (P)
– William Alexander Lugo Villafana (P)
Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional
– Sonia Bienvenida Torre Muñoz Presidenta
– René Eduardo Martínez Castro
– Jhonny Hans Contreras Cuzcano
Primera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria
– Perú Valentín Jiménez La Rosa Presidente
– Pilar Luisa Carbonel Vílchez
– Richard Llacsahuanga Chávez
Segunda Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria
– Andrés Arturo Churampi Garibaldi Presidente
– Luis Fernando Cerrón Rengifo
– Doris Rodríguez Alarcón
Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria
– Juan Carlos Santillán Tuesta Presidente
– Francisco Celis Mendoza Ayma
– Máximo Francisco Maguiña Castro
Cuarta Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria
– Miluska Giovanna Cano López Presidenta
– Otto Santiago Verapinto Márquez
– Helbert Iván Llerena Lezama (P)
Sala Penal Especial
– Víctor Joe Manuel Enríquez Sumerinde Presidente
– Yeny Sandra Magallanes Rodríguez
– Edgar Francisco Medina Salas
Segundo.- REMITIR la presente resolución a la Oficina de Administración de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, para la anotación en el legajo respectivo y otros que corresponda.
Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO de la Presidencia del Poder Judicial, de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de los jueces de todas las instancias, de la Oficina de Administración, de la Administración del Módulo del CPP, así como del personal jurisdiccional y administrativo, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese donde corresponda.
OCTAVIO CESAR SAHUANAY CALSIN
Presidente de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada
Descargue la resolución aquí
[1] Dicha Sala se encuentra temporalmente con turno cerrado para el conocimiento de los procesos penales tramitados con el Código Procesal Penal de 2004, hasta que se emita disposición en contrario y que en adición de funciones conocerán los procesos tramitados conforme al Código de Procedimientos Penales de 1940 en la CSN, según Resoluciones Administrativas N.° 000226 y 000299-2021-CE-PJ.
[2] En adición de funciones conocerán los procesos tramitados conforme al Código de Procedimientos Penales de 1940.
![No es posible excluir la prueba por errores advertidos posteriormente en la justicia brasileña, máxime si no se acredita una actuación deliberadamente ilícita de la fiscalía en su obtención (caso Lavajato) [Exp 00017-2017-114, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aun cuando la colusión es un delito de encuentro, ello no excluye la aplicación de la agravante por pluralidad de agentes; si participan más de dos personas [Casación 1379-2017, Nacional, f. j. 26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)


![TC: Entidades jurisdiccionales están obligadas únicamente a emitir y/o entregar información (en caso se solicite) o a facilitar la ruta de acceso a la información indicada respecto de dicha función (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 02506-2022]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-tc-precedente-LPDerecho-218x150.png)
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![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)
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