La Defensoría del Pueblo, mediante un comunicado, ha precisado que el Poder Ejecutivo debe regular con urgencia la entrega de restos humanos que afecten la seguridad nacional, ya que ni el Código Procesal Penal ni la Ley General de Salud establecen con precisión cómo proceder ante este tipo de acontecimientos.
DEFENSORÍA DEL PUEBLO: PODER EJECUTIVO DEBE EMITIR DECRETO SUPREMO QUE REGULE LA ENTREGA DE RESTOS HUMANOS QUE PUEDAN AFECTAR LA SEGURIDAD NACIONAL
La Defensoría del Pueblo, en base a sus atribuciones constitucionales de defensa de derechos humanos, solicita al Poder Ejecutivo emitir un decreto supremo que regule la entrega de restos humanos de individuos que, por actos cometidos en vida, supongan una amenaza a la seguridad nacional.
Sobre el particular, debe tenerse presente que ni el Código Procesal Penal ni la Ley General de Salud establecen con precisión cómo proceder en este tipo de situaciones. Ambas normas resultan insuficientes para dar respuesta a casos donde debe garantizarse no solo el derecho de los familiares a dar sepultura, sino también la seguridad de la ciudadanía en su conjunto, y en especial de quienes fueron víctimas de un delito.
Constituye un deber imperativo del Estado evitar la comisión de actos que enaltezcan el delito o a la persona que los cometió.
La posibilidad de regular esta materia constituye una facultad inherente al Poder Ejecutivo dado que ostenta la atribución de desarrollar las políticas nacionales de orden interno. En relación con las personas que han cometido delitos gravísimos como el terrorismo, la necesidad de evitar toda forma de apología se sustenta en el deber constitucional de combatirlo, lo cual ha sido puesto de manifiesto por el Tribunal Constitucional como por la Defensoría del Pueblo, en reiteradas ocasiones.
La urgencia de esta regulación demanda una respuesta efectiva por parte del Poder Ejecutivo, en el más breve plazo posible.
Lima, 13 de setiembre de 2021.

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