¿Deben garantizar los nuevos jueces y juezas del Bicentenario el estado constitucional de derecho?

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Sumario: 1. Introducción, 2. Desarrollo del tema, 3. ¿Cuáles son las características que debería reunir un buen juez en plena conmemoración de los 200 años de Indepedencia?, 4. ¿Que es lo que reclaman los operadores jurídicos de un juez?, 5. ¿Los jueces deben ir calculando sus decisiones judiciales? ¿Cuál es la finalidad de la judicatura nacional?, 6. A modo de conclusión.


1. Introducción

Este miércoles 4 de agosto se conmemoró en todo el Perú el Día del Juez y para tal efecto todas las 35 Corte Superiores de Justicia, realizaron sus respectivas ceremonias solemnes de manera semi presencial y en la mayoría de casos de manera virtual.

Lo propio se hizo en la sede la de Corte Suprema de Justicia de la República, en donde su presidenta expuso el avance de su plan de trabajo institucional y reivindicó la labor jurisdiccional de todos los magistrados de la República.

2. Desarrollo del tema

La Dra. Elvia Barrios[1] reafirmó el trabajo judicial y manifestó que el compromiso de todos los jueces y juezas del Perú es íntegro y célere en favor de la ciudadanía, en tal sentido manifestó que la Constitución les asigna deberes primordiales, permanentes e inexorables, a fin de coadyuvar al bienestar con justicia y hacer realidad un mayor acceso a la justicia a todos los peruanos.

No cabe duda, que la conmemoración del Día del Juez, se realizó en una fecha muy suigéneris, pues se realiza en una coyuntura de sucesión presidencial, de conmemoración del bicentenario, en plena vacunación contra esta terrible pandemia y además lleno de incertidumbres por la propia situación de inestabilidad socio política que vive el país.

Justamente, ayer por ocasión de esta efemérides judicial me hacía algunas preguntas.

3. ¿Cuáles son las características que debería reunir un buen juez en plena conmemoración de los 200 años de Indepedencia?

Según la jueza española Paz Benito, el magistrado tiene que ser muy consciente que representa a un poder del Estado, que es el Judicial. Todas sus decisiones tienen unas consecuencias para la persona afectada, para quienes le rodean y para la sociedad en general.

A decir del maestro Luiggi Ferrajoli, al referirse a la importante labor jurisdiccional de los jueces decía que

El día en que los jueces resuelvan mirando titulares, sucumbiendo a la vanidad, a la presión o la simpatía de bando (…) en ese mismo momento estaremos debilitando el propio Estado de Derecho y ya no habrá más jueces, sino personas timoratas

Es que a decir verdad, el magistrado, en un Estado Constitucional de Derecho se convierte en el último reducto de las garantías constitucionales, pues cuando el Ministerio Público pida prisión preventiva, la prensa mediática pida la hoguera, la parte agraviada exija cadena perpetua y la opinión pública conmine que se le imponga una 35 años de pena efectiva al acusado, allí estará el juez para resolver con serenidad y respetando los derechos procesales y convencionales que le asisten a las partes y no convertirse en verdugo, sino en una persona en donde realmente se encuentra justicia.

4. Que es lo que reclaman los operadores jurídicos de un juez?

La respuesta es serenidad, probidad e independencia.

Así como se exige que la actuación de los abogados en los tribunales de justicia tenga, temperamento, talento y pasión en sus intervenciones para defender su teoría del caso, los abogados también reclaman de los magistrados al momento de conducir las audiencias virtuales y la mejor toma de decisiones, que el juez sea prudente y moderado, que escuche con cortesía, que responda sabiamente, que razone prudentemente y decidir imparcialmente y para ello debe aplicar la ley y la Constitución a cada caso concreto de la manera más justa posible.

También el juez debe ser una persona cercana, que no se le vea como un señor con una toga subido en un estrado, sino como alguien cercano, con empatía e interesado a resolver el conflicto jurídico, pues detrás del imputado hay todo un drama humano y además existen familiares, amigos, esposa, hijos, compañeros preocupados para que se resuelva cuanto antes la situación jurídica del propio imputado.

En tal sentido, un magistrado, cuando firma una resolución judicial, debe estar convencido que ha tomado la decisión adecuada, congruente,motivada y conforme a derecho, pero tenemos un sistema en que las decisiones de un magistrado, pueden ser revisada por un órgano superior.

Por tal razón,  para nadie es novedad, que en un proceso judicial en sede penal y que está relacionado con una persona del ámbito político, jurídico, económico, empresarial, etc. siempre será noticia y se convierte en un caso emblemático, es por ello que cualquiera que sea la decisión judicial que se emita, las partes procesales están facultades para impugnarla.

Lo curioso del caso, es que ese cuestionamiento muchas veces no se hace al interior del proceso, sino ante los medios de comunicación social, es por ello que el juez en algunos casos a través de la autorización de la presidencia de la Corte Superior de Justicia, deben explicar ante los propios medios el sentido de su resolución, pero con mesura y en un lenguaje claro y sencillo, sin que ello signifique hacer un tours por todos los medios de comunicación social.

5. ¿Los jueces deben ir calculando sus decisiones judiciales?

Manuel Kant decía que no. Los jueces no trabajan para la tribuna, pues muchas veces sus resoluciones judiciales puede que sean impopulares, pero justas y es allí donde radica la magna labor del juez, no apartarse del sentido de la justicia, que como valor supremo es más rica e importante que el propio derecho positivo.

Se han visto casos, de magistrados que para resolver una determinada controversia, se encuentra con una mano leyendo el Código Penal y con la otra el periódico o revisando las redes sociales. Si bien las decisiones judiciales causan un impacto en la ciudadanía, es importante que el juez no resuelve el caso pensando en los titulares y hacerse más popular, sino resolver el caso judicial al interior del proceso, siempre respetando la ley, la Constitución Política y el propio derecho convencional.

Asimismo, diferentes estudiosos como Robert Alexy, Manuel Atienza y Ronald Dworkin[2], precisan que la argumentación de las decisiones judiciales son un conjunto de razonamientos de índole jurídico que sirve para demostrar, justificar y refutar alguna proposición que va encaminada a la obtención de un resultado favorable o no del litigante.

Precisan que la argumentación es el estudio interdisciplinario de la forma en la que se obtienen conclusiones a través de la lógica y además es una teoría prescriptiva que describe procesos de justificación de la soluciones de los casos jurídicos que realizan los jueces.

En tal sentido durante estos días, se ha venido indicando que el juez habla a través de sus sentencias, es decir que en la parte considerativa de su decisión judicial argumente jurídicamente cada una de las razones que lo llevaron a emitir una resolución en uno u otro sentido.

Muchas veces, las decisiones que toman los jueces tienen un impacto ingente ante la opinión pública y las reacciones son de tal naturaleza que hasta se tergiversa el espíritu teleológico de la decisión judicial.

Por tal razón, si el caso amerita, previa autorización de la presidencia, será necesario que el propio magistrado debe salir a los medios de comunicación social, a explicar las resoluciones que emite al interior de un proceso judicial, a fin de esclarecer algún punto controvertido y que además esté referido a su honor.

A decir de la Dra. Silvia Sánchez Egúsquiza, jueza de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ancash[3], por ocasión de conmemorarse el pasado miércoles el Día del Juez, en su discurso de orden precisó que todo hombre de bien, no es necesariamente hombre de derecho, pero si todo hombre de derecho, como el juez, debe ser un hombre de bien.

Es por ello que precisó, que hoy más que nunca que el Perú necesita inversión económica, también es importante que exista seguridad jurídica y que contemos con buenos magistrados para tener un fuerte Poder Judicial, sobre todo hoy más que nunca que se ha realizado una alianza estratégica con la tecnología para desarrollar las audiencias públicas de manera virtual.

¿Cuál es la finalidad de la judicatura nacional?

  • Garantizar la independencia, idoneidad, permanencia y especialización de los jueces y
  • Optimizar el servicio de impartición de justicia.

Es posible, que no todo sea color de rosas en la judicatura nacional, pues como en toda institución hay buenas y malas personas y además no existe una buena percepción de la labor jurisdiccional de los jueces, pues la sociedad civil no tiene el mejor de los conceptos y probablemente se lo tengan bien merecido; sin embargo una golondrina no hace verano y porque algunos jueces y juezas han manchado con unas gotitas el océano, ello no significa que toda la judicatura se mala.

En tal sentido y a decir de un público pronunciamiento de los jueces y juezas de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla[4], se ha precisado que en este difícil momento de la covid-19, el trabajo jurisdiccional de los magistrados se adecuó poco a poco al trabajo remoto, y las labores judiciales no cesaron en ningún momento, para ello se tuvo que recurrir al uso de la tecnología y el desarrollo de las redes sociales.

Se indica que desde el mes de marzo del año pasado, todas las audiencias judiciales se convirtieron en virtuales, las entrevistas con los litigantes y abogados se realizan también de manera virtual, las notificaciones se realizan a través de las casillas electrónicas, por e-mail o a través del WhatsApp, y en muchos casos los expedientes se han digitalizado. Ahora las partes pueden presentar sus escritos a través de las mesas de partes virtuales que están habilitadas las 24 horas del día los 365 días del año, las carpetas fiscales en su integridad son presentadas de manera virtual y las partes procesales tienen acceso a las mismas.

Por lo que, los Jueces y juezas del Poder Judicial se adaptaron a la nueva normalidad, sin que el trabajo jurisdiccional se vea afectado en su integridad y solo en determinados casos, por la naturaleza del proceso y por la urgencia, se han realizado diligencias de carácter presencial.

Por tal razón, los magistrados del bicentenario, en cada una de sus actuaciones judiciales, deben garantizar el absoluto respeto al orden constitucional, a la preservación de la democracia, el respeto al principio de la separación de poderes y la independencia en la labor jurisdiccional.

6. A modo de conclusión

El Dr. Domingo García Rada exmagistrado de la Corte Suprema decía que «El juez es menos que Dios, pero más que hombre», cuánta razón tenía y ahora que se trata de buscar mayor legalidad, legitimidad y la aplicación del neo constitucionalismo en las decisiones judiciales, urge que el Juez debe hablar a través de sus sentencias debidamente interpretadas y motivadas, contestando con solidez argumentativa cada una de las pretensiones de las partes procesales.


[1] Nota informativa, difundida a través de la página web del Poder Judicial. www.pj.gob.pe

[2] Maestros de la Argumentación jurídica y de la motivación de las decisiones judiciales.

[3] Discurso pronunciado por ocasión del Día del Juez el miércoles 04 de agosto en la Corte Superior de Justicia de Ancash.

[4] Pronunciamiento de los jueces y juezas del Distrito Judicial de Ventanilla, a propósito del retorno parcial de manera presencial al centro de trabajo.

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