¿Cuán importante es conocer la naturaleza del ser humano para el derecho?, por Christian Michael Vargas Luza

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Sumario. Introducción y justificación. 1. La naturaleza humana y su relación con el Derecho. 2. La naturaleza humana y la territorialidad. 3. La naturaleza humana y el poder. 4. La naturaleza humana y la democracia. 5. La naturaleza humana y la ciencia. 6. La naturaleza humana y la filosofía. 7. Conclusiones. 8. Bibliografía.


Introducción

Cuando uno no estudia al hombre y construye teorías con base de él, está perdido. Todo conocimiento que se funde en el ser humano debe, necesariamente, conocer la naturaleza[1] de éste, o mejor dicho, parte de ella, ya que la complejidad humana inunda nuestros intentos por tratar de crear bases sólidas, y claro, esto es normal ya que el hombre es así: dinámico. Intentar explicar el Derecho, o crear el Derecho sin tener en consideración cómo es el ser humano, por qué es como es o por qué actúa de maneras determinadas es construir, o mejor dicho, deconstruir[2] los millones de años de evolución; y los miles, de acumulación cultural.

Es menester precisar que existen dos tipos de problemas: los problemas personales y los no personales. Los problemas personales son los que tienen relación directa con la afectividad humana, su personalidad, su aspecto espiritual y su relación con sus congéneres; los no personales, en cambio, son los aspectos se refieren a la relación que tiene el hombre con las reses (cosas) u objetos, como la ciencia, la tecnología, etc. Durante las últimas décadas hubo un gran avance con los no personales, no obstante, en los problemas personales aún se vive una crudelísima precariedad, puesto que en el estudio del ser humano no existen hastíos, o al menos no para nuestra época: Sócrates, Platón y Aristóteles aún siguen siendo grandes filósofos.

Este pequeño ensayo, que pretende poner en actividad a la obscura y olvidada Filosofía del Derecho y al poco tomado en cuenta Derecho Constitucional, es una miscelánea de diversos aspectos generales de la naturaleza del ser humano y su estrecha relación con el Derecho, de acuerdo a diversos puntos esenciales que unen a ambos, como la biología, la Constitución, la territorialidad, la democracia, el poder, la filosofía y la ciencia. Este escrito, no obstante, tal vez sea para muy pocos, o quizás todavía para nadie, me siento identificado con Nietzsche cuando éste decía que hay quien nace póstumo. De todos modos gracias por leerme.

 ¿Cuán importante es conocer la naturaleza del ser humano para el derecho?

«Una constante en el pensamiento occidental, es creer que existe una sola respuesta verdadera  para cada problema humano, y que una vez hallada esta respuesta, todas las otras deben ser rechazadas por erróneas.»

(Isaiah Berlin, filósofo, escritor, politicólogo e historiador de las ideas)

Al hacer referencia a la naturaleza humana, generalmente, se la entiende en un plano de carácter filosófico, según por la cual todos los seres humanos[3] se diferencian del resto de las especies animales por tener características distintivas inherentes, que incluyen formas de pensar, sentir y actuar en el medio y tiempo en los cuales se desenvuelven éstos; y claro, tienen razón. Pero este plano no se reduce, y aunque parezca antagónico, al plano de la filosofía. La naturaleza humana es un megaconcepto. Para ser más específicos, en este contexto, hay que entenderse a la naturaleza del ser humano como equivalente de “el conjunto de cualidades y caracteres propios del ser humano”[4], o sea, la esencia de su ser, de todo cuanto es y existe en él sin haber sufrido ninguna alteración ajena; o en otras palabras, haciéndose referencia principalmente a lo innato[5], por ejemplo, el reflejo de succión en el recién nacido, que es un tipo de reflejo muy arcaico y no aprendido, que se da necesariamente en los seres mamíferos durante las primeras semanas de vida para su alimentación; así también como el reflejo de prensión[6] que se peculiariza por el cierre de la mano en torno a cualquier objeto que toque la palma del párvulo, también en las primeras semanas de su vida. Estos ejemplos se utilizan con el objetivo de señalar ciertas actividades y comportamientos que el ser humano no podría aprender a edades muy tempranas porque no está en condiciones de ser capaz de hacerlo.

Sin embargo, aparte de esta primera naturaleza humana (que es meramente biológica), y según las palabras del catedrático mejicano César Benedicto Callejas, «[…] el paso del tiempo y la repetición de actos de ingenio y la lectura de la realidad, trajeron consigo la formación de una segunda naturaleza humana que acaso se convirtió en la principal: su naturaleza cultural»[7]. Pero esta “naturaleza principal” que dice Callejas no es tan principal; aunque muchos piensen que el ser humano es un ser exiliado de la naturaleza biológica o animal, no es así; el hombre se compone de dos aspectos básicos de naturaleza: la naturaleza misma[8] y la artificialeza[9]; o como solía llamar el alemán Rudolf Stammler naturaleza orgánica y naturaleza inorgánica.

Los antropólogos suelen decir que la cultura es lo opuesto a la naturaleza, y eso está bien; sin embargo, es menester precisar que, lo que llamaré la capacidad culturizante del ser humano sí es natural[10], lo no natural es la cultura misma (la artificialeza), es decir, el contenido cultural, que es aprendido y enseñado: lo artificial. Esta capacidad es natural porque el ser humano nace con la predisposición necesaria y genética que facilita su ejecución. La denomino “capacidad” porque el hombre es el único ser viviente o existente[11] que tiene la mayor probabilidad de crear, generar, acumular o aprender cultura; y “culturizante”, porque culturiza. Pues es así, y de acuerdo a esto, la principal diferencia entre el hombre y el animal es la artificialeza, es decir, la cultura[12], entendida como la acumulación de diversos saberes, manifestaciones, experiencias, etc.

El ser humano, o como se le dice en alemán, el mensch, es una ‘megaheterocomposición’ de la suma de factores y capacidades biológicos, psicológicos y sociológicos (teoría biopsicosocial). Estos factores se subsumen y/o se encuentran inmersos en la díada natural del hombre, o sea, se localizan dentro de su naturaleza natural y su naturaleza artificial. Para el mejor entendimiento de este planteamiento véase el siguiente cuadro:

Desde la pérdida del instinto (porque el hombre perdió el instinto), o desde la bipedestación, el ser humano se desligó parcialmente –y gradualmente– de su esencia biológica originaria, y por el impulso de la búsqueda de una mejor vida, del retazo del incipiente instinto de supervivencia como la alimentación, con el pasar del tiempo, el hombre creó la culinaria, la gastronomía, la industria alimentaria; de la reproducción, creó maneras de disfrutar de la sexualidad, dentro de éstas, los métodos anticonceptivos; de la salud, creó la medicina y dietas especializadas; asimismo, y análogamente, de su pseudoinstinto de seguridad o ataraxia, el hombre creó el Derecho[13]. Puesto que “[s]iendo condición innata del ser humano el vivir en sociedad […] es también condición esencial que, para posibilitar y garantizar la convivencia social y pacífica, existan normas o reglas que pueden ser impuestas, si es necesario coactivamente, a cada uno de los miembros de la sociedad (Derecho).”[14]

1. La naturaleza humana y su relación con el Derecho

El Derecho, así como surgió de la naturaleza del homo, debe fundarse en ésta. El Derecho debe reconocer la naturaleza y la artificialeza del hombre, su objetivo debe ser la comprensión y la regulación de ambos aspectos, ahora bien, el hombre para su supervivencia terrenal ha tenido la necesidad de desarrollar, aunque sin saberlo, dos aspectos fundamentales: la individualidad y la sociabilidad. La individualidad nació por la cualidad de satisfacer las necesidades particulares e individuales, es decir, de un solo individuo; y la sociabilidad, por la cualidad de sociabilizar o entablar diversas relaciones interpersonales para sosegar determinadas necesidades[15].

Es menester recordar que la mejor plasmación del Derecho en la sociedad se realiza en la Constitución Política, ésta es y será el eje que colaborará en gran medida la efectividad del Derecho, por este motivo es de trascendental importancia que ésta posea contenido del más alto nivel, y aunque la historia y la actualidad nos demuestran que existen grupos particulares, o peor aún, la existencia de un país que se ciña a intereses particulares, y según el italofrancés Luigi Ferrajoli, explicado en su libro Pasado y futuro del Estado de Derecho (tomar esto cum grano salis), “una Constitución no sirve para para representar la voluntad común de un pueblo, sino para garantizar los derechos de todos, incluso frente a la voluntad popular […]. El fundamento de su legitimidad […] no reside en el consenso de la mayoría [el consenso popular, no el consenso formal internacional], sino en un valor mucho más importante y previo: la igualdad de todos en las libertades y en los derechos sociales”[16].

2. La naturaleza humana y la territorialidad

En este planeta todos los seres vivos son territoriales. Los seres humanos no escapamos a esta cualidad. Al igual que un depredador marca su territorio de caza y se siente amenazado si traspasamos cierta distancia, a los seres humanos nos sucede lo mismo. Es muy conveniente conocer las distancias en la que los homínidos nos desenvolvemos. Naturalmente, estas distancias varían según culturas y personas y lo que para unos es una distancia cómoda para otros es una clara amenaza.[17]

El Derecho debe regular la territorialidad y jerarquía que caracterizan al hombre. Dos de los ejemplos más claros, de éstos, es la propiedad y el matrimonio, ya que, verbigracia, este último institucionaliza el sentimiento posesivo que tiene una persona respecto a su pareja conyugal, en otras palabras, uno renuncia a los demás por elegir a alguien, esto con el objetivo, como dicen los tratadistas, para un mayor orden. Además, el Derecho debe regular que esta territorialidad no se convierta en cosificación, es decir, convertir en cosa u objeto a la persona, el Derecho debe hacer prevalecer de manera equitativa todos los derechos fundamentales del humano, repito, “equitativa”, no igualitaria, puesto que la igualdad no existe ni existirá.

3. La naturaleza humana y el poder

De acuerdo a la Etología contemporánea[18], nuestra especie es jerárquica y territorial; toda especie jerárquica y territorial no es igualitaria, la democracia es igualitaria; lo único que es normal a nuestra especie es mandar o someterse, pero sentirse igual a los demás, o decir ‘todos vamos a ser hermanos’, demanda tal esfuerzo y el ser humano ha tenido tal repugnancia a esforzarse y a responsabilizarse.”[19]

El poder, como afirmaba Maurice Hauriou, es inherente a la naturaleza humana[20], es un factor que siempre estará presente en las relaciones humanas, desde la misma familia hasta la más alta organización social. El ser humano ha demostrado durante toda su historia que no puede vivir sin mandar o someterse, la dinámica social y política se han basado en la relación mando-obediencia: siempre hay alguien que guía y alguien que es guiado. Sin embargo, el Derecho debe considerar este “aspecto natural humano” para controlarlo de manera racional y proporcional, con el objetivo de buscar el bien común a través de la equidad o equilibrio; y aunque el homo tenga esa reluciente capacidad de no esforzarse o responsabilizarse, el Derecho debe encargarse de que esto no suceda.

4. La naturaleza humana y la democracia

Como se mencionó, “todo ser jerárquico y territorial no es igualitario”, pues es así; de acuerdo a esta cualidad natural que tiene el hombre, la democracia es incompatible[21] con la naturaleza humana, puesto que ésta es igualitaria; el ser humano, no; además de ser innecesaria y superflua si no existe el conocimiento político necesario para desenvolverse en ella. La democracia es, a decir de Jorge Luis Borges, “el espejismo de la estadística”[22], ya que retrata de manera sumamente incierta e incorrecta la voluntad popular. Debemos recordar siempre que si el demos es tonto, el krátos, también lo será, ya que el krátos es una consecuencia del demos.

Debido a la naturaleza o capacidad intelectiva y de racionalización del hombre, éste debe poseer aspectos básicos para hacer de la democracia un buen sistema de gobierno, y para llegar a ello, es precisa la intervención del Derecho, a través de la Constitución, en la estructura social y cultural del hombre, para que éste posea la educación necesaria que permita la mejor convivencia social por medio de consensos o unanimidades, ya que “[l]a charlatanería en materia de educación es mil veces más dañosa que en materia de medicina. En el último caso el error que pudiera cometerse recae sobre sobre una persona, mientras que en el primero el error es de orden colectivo.”[23]

5. La naturaleza humana y la ciencia

La naturaleza del hombre, y como éste es un animal, se explica por la teoría evolutiva de Paul D. MacLean[24] conocida como la teoría evolutiva del cerebro triúnico. Esta teoría sostiene que el cerebro humano es una mezcla de tres cerebros: el reptiliano (Complejo-R), el emocional (sistema límbico) y el neocortical (el cerebro racional)[25]. Estos tres cerebros, según su autor, se caracterizan por tener sus propias funciones, inteligencias, proporcionalidad, sentido del tiempo y espacio, y memoria. De acuerdo a esta teoría, el cerebro humano ha experimentado tres grandes etapas de evolución, de modo que existe una jerarquía de tres cerebros en uno.

En palabras sencillas, el cerebro reptiliano tiene un sentido orientado directamente a “lo reptil”, que es el que se constituye de comportamientos primitivos e involuntarios de nuestra especie, como el acto de matar para sobrevivir. El cerebro emocional es el centro de origen de las emociones que permite que los procesos de sobrevivencia básicos del cerebro reptil interactúen con elementos del mundo externo, lo que resulta de la expresión de la emoción general. El cerebro neocortical es el cerebro racional, presente únicamente en los mamíferos. Este cerebro es el máximo responsable de ejecutar las funciones superiores que el mamífero va a decidir como la cognición, la percepción sensorial, el sofisticado control motriz, entre otros. Según esta teoría, el hombre posee planos de carácter automático, emocional y racional, respectivamente.

Sin embargo, no existen determinismos biológicos en el comportamiento del ser humano. El hombre desde la bipedestación ha perdido el instinto, el hombre ya no tiene instintos, ya que éstos son involuntarios, automáticos y no se equivocan. El homo reacciona de acuerdo al entorno social y personal en los que éste se desenvuelve (lo que a la larga será la costumbre), y de eso dependerá, en gran medida, su manera de actuar. En síntesis, el hombre no se ha apartado de su origen animal, no obstante, puede y tiene la capacidad de modificar sus actuares y crear una personalidad que se oriente al bien común.

6. La naturaleza humana y la filosofía

Debido a la gran complejidad humana y a sus múltiples maneras de actuar no se le puede encasillar en un solo concepto o en una sola definición, como decía Isaiah Berlin: «Una constante en el pensamiento occidental, es creer que existe una sola respuesta verdadera para cada problema humano, y que una vez hallada esta respuesta, todas las otras deben ser rechazadas por erróneas.» En el aspecto filosófico, y a pesar de los planteamientos tan extremistas de Maquiavelo, Rousseau, Nietzsche, Hobbes, Marx, entre otros, el hombre es un ser carente de naturaleza predominante, es decir, no hay ni un ser solamente malo o solamente bueno, no hay ni un ser solamente individual o solamente social por naturaleza; su naturaleza es no tener naturaleza, su esencia es no tener esencia[26], es decir, el hombre adquiere su naturaleza mientras va viviendo, primero existe, primero experimenta; no existen determinismos que modifiquen de manera extrema el comportamiento u orientación personal, repito extrema. Con esto se rompe el ingenuo acto de hacer la famosa pregunta «¿es el hombre malo o bueno por naturaleza?».

Además de esto, “[u]na persona sólo es racional a medias, conocedora a medias, y decente a medias, si escoge medios malos para lograr sus fines, por admirables que éstos sean. […] los medios importan tanto como los fines.”[27] La ética[28] del ser humano también debe ser regulada por el Derecho, el hombre necesita controles, necesita reglas adecuadas para no sobrepasar al otro, para respetarlo. El hombre no puede ser el medio o instrumento de otro hombre, en el sentido de cosificación; y aunque éste no sea verdaderamente libre se merece respeto. Ya lo dijo Francesco Carnelutti hace más de medio siglo, “[e]s propio de la naturaleza humana que sus necesidades crezcan a medida que crecen sus bienes; y esta es al mismo tiempo la razón de la infelicidad, la igualdad y el progreso de los hombres.”[29] (el ser humano es el gran menesteroso) el crecimiento de estos bienes y su ‘progreso’ deben ir acorde al respeto de la dignidad humana.

7. Conclusiones

  • Este pequeño ensayo se sintetiza en lo siguiente: “El Derecho no puede existir sin el fundamento humano”, pues existe tal relación de interdependencia entre el hombre y el Derecho. El Derecho debe seguir al hombre, debe seguir el bien común aunque éste no lo quiera; y el hombre debe seguir al Derecho debido a las muchas tendencias corruptas o negativas (en el aspecto social convencional) que tiene, para que el Derecho influya y regule sus actuares. Es así, los seres humanos, a pesar de pertenecer a una misma especie, no son iguales, existen varones y varonas, cada cual movido por sus necesidades e intereses; tal y como declaraba Emmanuelle Sieyès: “[n]o es, sin embargo, la diferencia de profesiones, ni la de fortunas, ni la de educación las que dividen a los hombres, sino la de intereses.”[30] Estas diferencias e intereses se concentran en un punto en común: el bienestar general. Es allí donde radica la importancia del Derecho respecto de la naturaleza humana (proteger).
  • Pese a la funesta declaración del exparlamentario peruano Víctor Vargas Haya, quien dijo una vez que “en el Perú ser honesto es como ser leproso”[31] ¡Estamos vivos!, qué vamos a hacer más que buscar que todo esto sea mejor, y aunque también Sartre[32] haya dicho que el hombre es una pasión inútil por carecer de algo fijo que seguir, ¡aún respiramos y debemos esforzarnos…!

Post scriptum

Jesús dijo: “[…] nadie pone vino nuevo en odres viejos; [ya que] si lo hace, el vino revienta los cueros, y el vino se pierde, así como también los cueros. Más bien, el vino nuevo se pone en odres nuevos[33]. De la misma manera, el conocimiento es un proceso que debe actualizarse día tras día. Gracias por la lectura.

8. Bibliografía

  • ÁGUILA G., Bruno.
    El ABC del Derecho Constitucional. Editorial San Marcos. Segunda edición. Lima, 2014.
  • ARRIOLA W., Carlos y SERRANO M., Fernando (Eds.).
    Temas Selectos de Derecho Constitucional.Editorial de la U.N.A.M. Méjico, 2003.
  • BOREA O., Alberto.
    Los elementos del Estado moderno. Editora Hochman International. Lima, 1994, tomo 1.
  • BUNGE, Mario.
    Filosofía de la tecnología y otros ensayos. Fondo Editorial de la U.I.GV. Lima, 2012.
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    Lexicografía. Editorial San Marcos. Lima, 2011.
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    Cómo conocer a las personas por su lenguaje corporal. Editorial PUB. Lima, 2010.
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    Diccionario de la lengua española. Editorial Espasa-Calpe, S.A. Vigésima tercera edición. Madrid, 2014.
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    Homo videns. Editorial Taurus. Buenos Aires, 1998.
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    ¿Qué es el Tercer Estado? Alianza Editorial. España, 1989.
  • STAMLER, Rudolf.
    Modernas teorías del Derecho y del Estado. ARA Editores. Perú, 2006, tomo 1.
  • TORRES VÁSQUEZ, Aníbal.
    Introducción al Derecho. Instituto Pacífico. Quinta edición. Lima, 2015.
  • VERBO EDITORES.
    Gran atlas visual del cuerpo humano. Editorial Verbo. Lima, 2013.

[1]  Entiéndase a naturaleza como todo aquello no creado por el hombre, es decir, lo no modificado por el ser humano.

[2]  Tómese este verbo transitivo en su sentido metafórico; o como antónimo de construir.

[3]  “Los biólogos, zoólogos y evolucionistas nos dicen que el hombre es un miembro del reino animal, del filum de los cordados, del subfilum de los vertebrados, de la clase de los mamíferos, de la subclase de los euterios, del grupo de los placentarios, del orden de los primates, del suborden de los pitecoides, del infraorden de los catarrinos, de la familia de los hominoides, de la subfamilia de los homínidos, del género homo y de la especie sápiens.” (DENEGRI, Marco Aurelio. Poliantea. Fondo Editorial de la U.I.GV. Lima, 2014, pp. 31-32.)

[4]  REAL ACADEMIA ESPAÑOLA. Diccionario de la lengua española. Vigesimotercera edición. Madrid, España, 2014.

[5]  Connatural y como nacido con la persona misma.

[6]   Véase VERBO EDITORES. Gran atlas visual del cuerpo humano. Editorial Verbo. Lima, 2013, p. 175.

[7]   ARRIOLA W., Carlos y SERRANO M., Fernando (Eds.). Temas Selectos de Derecho Constitucional. Editorial de la U.N.A.M. Méjico, 2003, p. 63.

[8]   La naturaleza propiamente dicha.

[9]   Entiéndase artificialeza como todo lo creado por el hombre. Véase DENEGRI, Marco Aurelio. Lexicografía. Editorial San Marcos. Lima, 2011, p. 670.

[10]  Todas las capacidades que el hombre posee de manera predispuesta (de acuerdo a su genética) son naturales, porque no existe intervención externa.

[11]  De acuerdo a patrones agnósticos, es decir, la incapacidad, de nosotros los seres humanos, de conocer todo existente.

[12]  De acuerdo a Giovanni Sartori, el equivalente de esta principal diferencia (artificialeza) es la capacidad de abstracción. Véase SARTORI, Giovanni. Homo videns. Editorial Taurus. Buenos Aires, 1998,  pp. 45-48.

[13]  No obstante, esta creación no es tan “creación”, sino más bien es una adaptación o reconocimiento formal o sistematizado de la necesidad básica del hombre: la búsqueda de seguridad y una vida digna. En este sentido Carl Haller enunciaba que “[e]l Derecho y el Estado no son creación humana, sino que la naturaleza [los] crea, mediante de la desigualdad de las fuerzas y la variedad de las necesidades.” (STAMLER, Rudolf. Modernas teorías del Derecho y del Estado. ARA Editores. Perú, 2006, tomo 1,  p. 73.)

[14]  TORRES VÁSQUEZ, Aníbal. Introducción al Derecho. Instituto Pacífico. Quinta edición. Lima, 2015, pp. 57-58.

[15]  Sin embargo, el cotarro confunde y separa la individualidad de la sociabilidad, puesto que creen que una posee existencia antónima o contrapuesta respecto de la otra, hasta tal punto de crear extremismos como son el comunismo y el liberalismo. ¡Esto no es así! Ambos aspectos van ligados, son inseparables, se necesitan el uno al otro; en términos simples, que yo sea individual, o que actúe como tal, no significa que esté alejado de la sociabilidad, puesto que para satisfacer una necesidad individual es necesaria la ayuda del otro; este apoyo es de tipo social debido a la concurrencia de dos o más personas. Muchos dicen que la individualidad es equivalente de “el egoísmo”, no obstante, dicha afirmación es falsa.

[16]  PÉREZ CASAVERDE, Efraín. Derecho Constitucional y Derecho Procesal Constitucional. Adrus Editores. Lima, 2015, tomo 1, p. 457.

[17]  FERRARI, Leonardo. Cómo conocer a las personas por su lenguaje corporal. Editorial PUB. Lima, 2010,  p. 54.

[18]  Rama de la biología y de la psicología experimental que estudia el comportamiento de los animales en sus medios naturales.

[19]  Palabras del polígrafo Marco Aurelio Denegri en muchos de sus programas televisivos. Véase DENEGRI, Marco Aurelio. Mixtifori. Fondo Editorial de la U.I.G.V. Lima, 2017, pp. 45-58.

[20]  Véase BOREA O., Alberto. Los elementos del Estado moderno. Editora Hochman International. Lima, 1994, tomo 1, p. 321.

[21]  Reforzando lo mencionado, la democracia es incompatible con el hombre porque ésta tiene como ideales (comunes en todas las “democracias”) la libertad, la igualdad y la justicia. Tan sólo para reafirmar mi pensamiento, me remito a las enseñanzas mayéuticas que Sócrates inculcó, cuando éste dijo que para el ser humano es imposible conocer la justicia, ya que por su misma condición de humano, apartado de lo divino es sumamente insuficiente. Véase PLATÓN. La República. Editorial Fontana. España, 2012, pp. 20-46.

[22]   Véase HILDEBRANDT, César. Cambio de palabras. Editorial Debate. Lima, 2018, p. 139.

[23]  ENCINAS, José Antonio. Un ensayo de escuela nueva en el Perú. Editorial Industria Gráfica Altiplano. Puno, 2018, p. 40.

[24]  Médico norteamericano y neurocientífico quien hizo contribuciones significativas en los campos de la psicología y la psiquiatría.

[25]  Véase MACLEAN, P. D. El cerebro triúnico en la evolución: Papel en las funciones paleocerebrales (en inglés). Springer Science & Business Media. Lima, 1990.

[26]  Planteamientos del existencialista ateo Jean-Paul Sartre.

[27]  BUNGE, Mario. Filosofía de la tecnología y otros ensayos. Fondo Editorial de la U.I.GV. Lima, 2012, p. 169.

[28]  Uso el término ética y no moral, a parte de su generalidad con respecto de la otra, por su complejo genérico, centralista amén de su carácter no particularizador o individualizador que caracteriza a la moral. (Véase POLO SANTILLÁN, Miguel. Ética: definiciones y teorías. Fondo Editorial de la Universidad de Lima. Lima, 2013, pp. 13-26.)

[29]  CARNELUTTI, Francesco. Teoría general del Derecho. ARA Editores. Lima, 2006, p. 42.

[30]  SIEYÈS, Enmanuelle J. ¿Qué es el tercer estado? Alianza Editorial. España, 1989,  p. 22.

[31]  QUIROZ, Alfonso. Historia de la corrupción en el Perú. Editorial I.E.P. Perú, 2013,  p. 307.

[32]  Véase MARÍAS, Julián. Historia de la filosofía. Editorial Bárbara de Braganza. Vigesimonovena edición. España, 2007,  pp. 427-429: Sartre.

[33]  Marcos 2:22. TRADUCCIÓN DEL NUEVO MUNDO DE LAS SANTAS ESCRITURAS.

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