Fundamento destacado: Criterios de motivación en casos de sobreseimiento: 1) Cuando no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, resulta necesario precisar cuáles son los elementos de convicción recabados que no pudieran ser incorporados para el esclarecimiento de los hechos, como las razones por las cuales no es viable de realizarse; por ejemplo, si se empleó el uso de apremios y se agotaron las fuentes de prueba correspondientes.
2) Cuando no exista elementos de convicción suficientes para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado, resulta importante precisar cuáles son los elementos de convicción recabados y las razones por las cuales no resultan suficientes para vincularlos con los investigados.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SALA PENAL PERMANENTE
CASACIÓN N° 2698-2021, HUAURA
SENTENCIA DE CASACIÓN
Lima, dieciséis de mayo de dos mil veintitrés
VISTO: en audiencia pública[1], el recurso de casación interpuesto por la defensa de la actora civil Katherine Julia Flores Velarde contra el auto de vista del veintidós de abril de dos mil diecinueve (foja 99), expedido por la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Huaura, que confirmó el auto del veintitrés de enero de dos mil diecinueve (foja 82), que dispuso el sobreseimiento a favor de Félix Cevero Tarazona Espinoza y otros en la investigación que se les siguió por la presunta comisión del delito de homicidio calificado por alevosía en grado consumado, en agravio de Edgar Manuel Flores Muñoz. Intervino como ponente la señora jueza suprema CARBAJAL CHÁVEZ.
CONSIDERANDO
I. Itinerario del proceso
Primero. Según el requerimiento de sobreseimiento (foja 03 del cuaderno n.° 8), se imputó lo siguiente:
1.1. Circunstancias precedentes y concomitantes: Resulta de los actuados que el día veintitrés de octubre de dos mil catorce, a las 14:00 horas aproximadamente, en circunstancias las que los agraviados EDGAR MANUEL FLORES MUÑOZ, LUIS ALBERTO VASQUEZ MORALES, DIEGO MIGUEL SALVADOR FIGUEROA Y CÉSAR AUGUSTO CRUZ ROBLES habían concurrido a la diligencia de inspección fiscal realizada en el Fundo El Gorila (Irrigación Santa Rosa), distrito de Sayán, programada en el Caso n.° 1919-2014, donde el agraviado EDGAR MANUEL FLORES MUÑOZ tenía la calidad de investigado por la presunta comisión del delito de usurpación agravada, mientras que el imputado FELIX CEVERO TARAZONA ESPINOZA se encontraba en calidad de agraviado; luego, al término de la mencionada diligencia, proceden a regresar a la ciudad de Huacho a bordo del vehículo de placa de rodaje B3A-396, color azul; sin embargo, cuando se desplazaban por la altura de la tablada intermedia del distrito de Santa María encuentran la vía bloqueada con ramas de Huarango, motivo por el que desciende del vehículo el agraviado DIEGO MIGUEL SALVADOR FIGUEROA, instante en el cual aparecen varios sujetos con armas de fuego —entre los cuales se habría encontrado el imputado ALFREDO EMERSON MARIANO PADILLA—, quienes aprovechando la geografía del lugar se habían ocultado entre los matorrales existentes a lo largo del camino, por lo que salieron sorpresivamente y realizaron disparos a corta distancia contra los agraviados antes mencionados, de esta manera, causaron la muerte inmediata de EDGAR MANUEL FLORES MUÑOZ y LUIS ALBERTO VASQUEZ MORALES, asimismo, dejaron heridos de gravedad a los también agraviados DIEGO MIGUEL SALVADOR FIGUEROA y CÉSAR AUGUSTO CRUZ ROBLES; cabe precisar que luego de haber ejecutado dicho acto criminal, procedieron inmediatamente a darse a la fuga con rumbo desconocido.
1.2. Circunstancias posteriores: En el caso, posteriormente a efectuarse las investigaciones correspondientes, se colegiría que este hecho de sangre tendría como autor (intelectual) al imputado FELIX CEVERO TARAZONA ESPINOZA por la posible existencia de conflictos de intereses con el agraviado EDGAR MANUEL FLORES MUÑOZ debido a unos predios (terrenos agrícolas), conflicto que habría originado que se produjera una serie de denuncias mutuas a nivel fiscal; además, para la ejecución de este hecho criminal, habría contado con la participación de su coimputado FELIPE OSCAR MALLQUI PIZAN, quien el día de los hechos se encontraba presente en la mencionada diligencia de inspección fiscal realizando tomas fotográficas y presuntamente coordinando vía telefónica con los sujetos que habría contratado el imputado FELIX CEVERO TARAZONA ESPINOZA para victimar al agraviado EDGAR MANUEL FLORES MUÑOZ y sus acompañantes; uno de los asesinos sería el imputado ALFREDO EMERSON MARIANO PADILLA, quien en compañía de otros sujetos no identificados, provistos con armas de fuego, ejecutaron la emboscada de los agraviados EDGAR MANUEL FLORES MUÑOZ, LUIS ALBERTO VASQUEZ MORALES, DIEGO MIGUEL SALVADOR FIGUEROA y CÉSAR AUGUSTO CRUZ ROBLES con el claro propósito criminal de acabar con sus vidas; acción que finalmente culminó con la muerte de los agraviados EDGAR MANUEL FLORES MUÑOZ y LUIS ALBERTO VÁSQUEZ MORALES, y con el intento de homicidio de los agraviados DIEGO MIGUEL SALVADOR FIGUEROA y CÉSAR AUGUSTO CRUZ ROBLES.
[Continúa…]


![[VIVO] Clase gratuita: El control de acusación en dos horas (31 MAR)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/CLASE-GRATUITA-FABIOLA-APAZA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Para que opere la interrupción de la prescripción de la acción penal no se requiere que la persona haya sido formalmente incorporada como imputado; basta que en la investigación haya indicios que la vinculen con el hecho delictivo [Apelación 166-2023, Lima, ff. jj. 14, 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![SINTRA-PROMPERÚ le gana a PromPerú pese a excusa de falta de presupuesto [Exp. 00175-2025-0-1864-SP-LA-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Conversión de pena en ejecución de sentencia en delito de omisión a la asistencia familiar [Exp. 5256-2022-90]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/GIAMMPOL-AUTO-REVOCATORIA-PERIODO-PRUEBA-LPDERECHO3-1-218x150.jpg)
![El adelanto de fallo no constituye una sentencia ni produce efectos jurídicos, por lo que no puede usarse como fundamento para desistirse de un recurso [Casación 1027-2025, San Martín]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)
![Interpretación sistemática: Cuando existe mala fe tanto en el constructor como en el propietario del suelo, corresponde que este último, de haberse amparado su demanda de reivindicación, devuelva el valor de lo edificado [Casación 1262-2020, Cañete, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-rojo-LPDERECHO-218x150.png)


![Nombrar a alguien «gerente» no basta para considerarlo trabajador de confianza [Cas. Lab 33748-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/despido-por-liquidacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Desde cuándo se computa el plazo para el inicio del PAD en faltas permanentes por uso de información falsa? [Informe Técnico 000454-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Mientras los vicios de motivación interna se refieren a los supuestos en los cuales la solución del caso no se deduce de las premisas normativas o fácticas contenidas en la resolución, o cuando la resolución analizada carece de alguna de estas premisas necesarias para resolver; los vicios de motivación externa aluden a circunstancias en las que han existido errores relativos, por una parte, a la premisa normativa del silogismo judicial o, de otra, a la premisa fáctica [Exp. 01172-2022-PA/TC, f. j. 39] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi no es competente para tramitar solicitudes de procedimiento concursal contra universidades privadas, pues para estas no aplican las disposiciones de la Ley General del Sistema Concursal debido a la naturaleza especial que posee el servicio educativo (se afectaría el funcionamiento de la entidad educativa en perjuicio del derecho a la educación de los estudiantes) [Expediente 04791-2024-AA/TC, ff. jj. 22-25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)


![Prorrogan estado de emergencia en Lima y Callao por 30 días para combatir la criminalidad [Decreto Supremo 044-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/normas-legales-estado-de-emergencia-LPDerecho-218x150.png)
![Reglamento de participación ciudadana en evaluación ambiental de proyectos de inversión [Decreto Supremo 003-2026-Vivienda]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-vivienda-construccion-saneamiento-LODerecho-218x150.jpg)
![MP: Directiva de las Fiscalías Especializadas en Prevención del Delito (versión 01) [Resolución 910-2026-MP-FN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/ministerio-publico-fachada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)












![[VIVO] Clase modelo sobre excepción de improcedencia de acción. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/CLASE-GRATUITA-NOHELIA-MENGOA-mascara_LP-218x150.jpg)
![Declaran ilegal que Municipalidad de Lima exija contar con código catastral o numeración diferenciada para obtener licencia de funcionamiento en el Centro Histórico [Resolución 0092-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/MUNICIPALIDAD-LIMA-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Multan a Claro por enviar 22 mensajes de texto con publicidad sin consentimiento del cliente [Res. 4246-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-100x70.jpg)


![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)





![Declaran ilegal que Municipalidad de Lima exija contar con código catastral o numeración diferenciada para obtener licencia de funcionamiento en el Centro Histórico [Resolución 0092-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/MUNICIPALIDAD-LIMA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Que cónyuge haya sido condenado por el delito de omisión a la asistencia familiar permite estimar demanda de divorcio [Casación 2095-97, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/11/que-conyuge-haya-sido-condenado-por-el-delito-de-omision-a-la-asistencia-familiar-permite-estimar-demanda-de-divorcio-LPDerecho-324x160.jpg)