La Fiscalía de la Nación solicitó a la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia revocar la resolución que dispuso la devolución de 67 bienes electrónicos incautados al expresidente Martín Vizcarra, en el marco de la investigación preliminar seguida en su contra por el caso denominado Los Intocables de la Corrupción.
La resolución apelada fue emitida el 10 de diciembre de 2024 por el juez supremo de investigación preparatoria, Juan Carlos Checkley Soria, quien declaró fundada en parte la solicitud de la defensa del exmandatario. Este pedido consistió en la devolución de 68 bienes incautados, durante los allanamientos ejecutados el 18 de marzo de 2024, de sus inmuebles ubicados en Lima y Moquegua.
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En su recurso de apelación, el Ministerio Público sostiene que la decisión judicial incurre en «incongruencia omisiva», al haber fundamentado que la extracción de información contenida en los equipos incautados era suficiente para fines periciales. Por ende, la Fiscalía argumenta que dicha extracción constituye solo un paso previo para la elaboración de un informe pericial.
Asimismo, la Fiscalía invoca la vulneración de disposiciones constitucionales y procesales al señalar que la medida judicial afecta las finalidades propias de las diligencias preliminares.
En concreto, se refiere a una presunta afectación al artículo 159.3 de la Constitución Política —relativo a las funciones del Ministerio Público—, así como al artículo IV del título preliminar del Código Procesal Penal, referido al rol del sistema procesal penal para esclarecer los hechos e identificar a los responsables.
El recurso fue admitido por la Sala Penal Permanente el pasado 15 de abril, al verificarse el cumplimiento de los presupuestos procesales correspondientes. Se informó que se programará oportunamente la audiencia virtual en la que se evaluará el recurso con participación de las partes procesales, a fin de emitir una decisión definitiva sobre el pedido fiscal.



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