Una mujer andaluz fue sentenciada a pagarle a su exnovio todo lo que este habría gastado mientras ambos mantenían una relación sentimental. El demandante sostuvo su pedido con los chats de Whatsapp, que fungieron como pruebas suficientes para condenar a su expareja.
Pese a que el pedido del exnovio fue desestimado por el Juzgado de Guadix, en segunda instancia, la Sección Quinta de la Audiencia de Granada, revocó la decisión y amparó su demanda, debido a que en las conversaciones que ambos sostuvieron en Whatsapp, él le recuerda que tiene una deuda por el pago de distintos servicios del hogar y otras necesidades de ella, algo que la exnovia reconoce en las conversaciones.
Entre los gastos se encuentran pagos de arreglos en varias de sus propiedades, gafas de sol y hasta servicios dentales que la mujer se comprometió a devolverle. Sin embargo, al término de la relación amorosa se desentendió de dichas responsabilidades.
La Corte dio por acreditados los hechos y estableció que “más allá de los regalos habituales», el accionante afrontó pagos que correspondían a su compañera.
La mujer argumentó durante su defensa que su expareja la amenazaba, situación que la fiscalía de España no pudo corroborar, ya que en la comunicación solo aparecía un «atente a las consecuencias», que para la sala era insuficiente para probar las amenazas denunciadas.
El monto aproximado que la mujer tendría que devolver asciende a 2 mil euros. Según información de la agencia Europa Press, que tuvo acceso a la sentencia de este caso, dio a conocer que la exnovia afectada económicamente evalúa buscar alguna entidad bancaria que le pueda prestar dinero porque en estos momentos no tiene el monto.