[Posición adoptada: Solo es posible su aplicación al momento de dictarse la sentencia por cuanto se trata de una sanción penal prevista en el articulo 52 del Código Penal por lo que su aplicación requiere la individualización y determinación judicial de la pena que es propio de la sentencia a la que se arriba como resultado del procedimiento.]
PRIMER PLENO JURISDICCIONAL DISTRITAL DE ICA
MATERIA PENAL Y PROCESAL PENAL – 2011
En la ciudad de Ica, a los dos días del mes de noviembre del año dos mil once, siendo las dos de la tarde, se reunieron en el auditorio de la Corte Superior de Justicia de Ica, bajo la presidencia del señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, doctor BONIFACIO MENESES GONZALES, y del señor Presidente de la Comisión de Plenos Jurisdiccionales de la Sede Distrital de Ica, doctor GONZALO MEZA MAURICIO, e integrada por los señores Magistrados Miguel Jhony Huamani Chávez y Teresa Roxana Yauri Pisconte, los señores Magistrados que a continuación se detallan con el objeto de continuar con el PLENO JURISDICCIONAL DISTRITAL EN MATERIA PENAL Y PROCESAL PENAL DE ICA programado para el día de la fecha:
[…]
TEMA 2:
INCIDENTES EN EJECUCION DE SENTENCIA
d) LA CONVERSIÓN DE LA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD MOMENTO DE SU APLICACION:
PRIMERA POSICION
Es posible su aplicación en ejecución de sentencia por cuanto se encuentra previsto normativamente en el articulo 491.1 del NCPP con el nomen juris “incidentes de modificación de sentencia”. Si bien este instituto – CONVERSION está previsto en el derecho penal sustancial (articulo 52 C.P.) como una pena alternativa a la privativa de libertad, como una sanción penal implica en esencia y en la practica un cambio o modificación de un pena originaria.
SEGUNDA POSICION
Solo es posible su aplicación al momento de dictarse la sentencia por cuanto se trata de una sanción penal prevista en el articulo 52 del Código Penal por lo que su aplicación requiere la individualización y determinación judicial de la pena que es propio de la sentencia a la que se arriba como resultado del procedimiento.
VOTACIÓN DE LOS JUECES SUPERIORES:
POSICIÓN 1: 03
POSICIÓN 2: 10
ABSTENCIÓN: 01
[Continúa…]

![El pago reiterado de cheques sin verificar los datos de identidad en la Reniec ni la autenticidad de las firmas evidencia graves irregularidades administrativas que descartan una simple negligencia y permiten inferir que actuó con complicidad en el delito de peculado doloso [Apelación 294-2024, Cajamarca, f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-defensa-delito-balanza-civil-penal-acusacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![Si los bienes sobre el que recaen el embargo y la orden de inhibición son sociales, una vez que producido el fenecimiento de la sociedad de gananciales y producida su respectiva liquidación, se forman las cuotas ideales de cada cónyuge [Apelación 353-2025, Lima, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/balanza-mazo-abogado-juez-justicia-defensa-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sobreseimiento por falta de prueba: Si la imputación se basa en indicios, estos deben estar acreditados, ser plurales, concordantes y convergentes; el juez debe precisar los indicios, los medios que los sustentan y el enlace que lo justifique [Apelación 5-2025, Lima, f. j. 12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Suspenden plazos procesales y administrativos en estos órganos jurisdiccionales y administrativos [RA 000031-2026-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)


![TC ordena a ONP abonar a sucesión procesal de trabajador minero fallecido el pago de pensiones devengadas de invalidez a partir de 1972 [Exp. 01932-2025-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Diferencia entre «debido proceso» y «tutela judicial efectiva» [STC 9727-2005-PHC] Tribunal Constitucional](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Tribunal-constitucional-1-LPDerecho-1-218x150.png)


![Aprueban liberación de predios en bloque para la ejecución de obras de infraestructura [DL 1726] Predio](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/Predio-casa-terreno-campo-LP-Derecho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Apátrida [DL 1725]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/norma-legal-palacio-gobierno-promulga-ley-LPDerecho-218x150.png)
![TUO del Reglamento General de los Registros Públicos (Resolución 126-2012-Sunarp-SN) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/TUO-del-Reglamento-general-registros-publicos-LPDerecho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-REGLAMENTO-NOTARIAL2-218x150.jpg)
![Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/CODIGO-DE-RESPONSABILIDAD-PENAL-DE-ADOLESCENTES-DECRETO-LEGISLATIVO-1348-ACTU-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)









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![El pago reiterado de cheques sin verificar los datos de identidad en la Reniec ni la autenticidad de las firmas evidencia graves irregularidades administrativas que descartan una simple negligencia y permiten inferir que actuó con complicidad en el delito de peculado doloso [Apelación 294-2024, Cajamarca, f. j. 7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-defensa-delito-balanza-civil-penal-acusacion-LPDerecho-100x70.jpg)
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![TC ordena a ONP abonar a sucesión procesal de trabajador minero fallecido el pago de pensiones devengadas de invalidez a partir de 1972 [Exp. 01932-2025-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-100x70.jpg)
![Sobreseimiento por falta de prueba: Si la imputación se basa en indicios, estos deben estar acreditados, ser plurales, concordantes y convergentes; el juez debe precisar los indicios, los medios que los sustentan y el enlace que lo justifique [Apelación 5-2025, Lima, f. j. 12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)

![Viuda representante de cónyuge causante no debió dirigir demanda contra minera, pues ONP es responsable de efectuar nivelación de pensión [Exp. 2384-2003-AA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-324x160.jpg)