Publicado en el diario oficial El Peruano el 8 de agosto de 2018. Se constituirá una comisión para rediseñar el procedimiento de designación de jueces supernumerarios, que estará presidida por Augusto Ruidías Farfán; y, Pedro Angulo Arana; con el apoyo de la Gerencia General, Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar; así como la Gerencia de Planificación del Poder Judicial.
Constituyen Comisión de Trabajo para rediseñar el procedimiento de designación de jueces supernumerarios y la participación de Consejeros como veedores, para establecer el “Protocolo para la Designación de Jueces Supernumerarios”
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 231-2018-CE-PJ
Lima, 1 de agosto de 2018
VISTOS:
Los Oficios Nros. 2004-2018-P-CSJLIMASUR/PJ, 579-2018-P-CSJMD/PJ, 2356-2018-P-CSJSU-PJ y 793-2018-P-CSJAP/PJ, cursados por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Sur, Madre de Dios, Sullana y Apurímac, respectivamente.
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 203-2018-CE-PJ, del 16 de julio de 2018, entre otras medidas, se aprobó el Plan de Trabajo que en anexo forma parte de dicha decisión, y que en su artículo segundo dispone la inmediata convocatoria a concurso para la designación de jueces supernumerarios de todos los niveles y especialidades en los Distritos Judiciales del país, con veeduría de este Órgano de Gobierno, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 053-2011-CE-PJ, del 17 de febrero de 2011, sin perjuicio de iniciar el procedimiento establecido en la Resolución Administrativa N° 243-2009-CE-PJ, de fecha 3 de agosto de 2009; a fin que los designados como Jueces Supernumerarios reemplacen a los que se encuentran en funciones.
Segundo. Que, al respecto, los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Sur, Madre de Dios, Sullana y Apurímac solicitan la designación de veedores del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial asignados a la Convocatoria de Jueces Supernumerarios de todos los niveles y especialidades, para el inicio del procedimiento.
Tercero. Que el artículo 65°, numerales 65.3 y 65.4, de la Ley de la Carrera Judicial establece que los Jueces Supernumerarios son aquellos que no habiendo obtenido la plaza de Juez titular, aceptan reincorporarse al Registro de Jueces Supernumerarios en su nivel, siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo 239° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el cual señala que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial nombra Jueces Supernumerarios Superiores y Especializados, de la lista de aptos elaborada por el Consejo Nacional de la Magistratura, en estricto orden de méritos; y en número no mayor al treinta por ciento de los titulares, para cubrir las vacantes que se produzcan. Sólo asumen funciones cuando no haya reemplazantes hábiles conforme a ley, previa designación de la Presidencia. Los Consejos Ejecutivos Distritales o las Cortes Superiores en su caso, reglamentan la aplicación del mencionado artículo.
Cuarto. Que, no obstante lo señalado en la Ley de la Carrera Judicial, mediante Resolución Administrativa N° 243-2009-CE-PJ, del 3 de agosto de 2009, ante el insuficiente número de jueces supernumerarios, se crearon los Registros Distritales Transitorios de Jueces Supernumerarios en las Cortes Superiores de Justicia del país; así como se aprobó el Reglamento del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios, que contiene el procedimiento de convocatoria, postulación, selección e incorporación.
Asimismo, por Resolución Administrativa N° 053-2011-CE-PJ, del 17 de febrero de 2011, se aprobó, con carácter excepcional y transitorio, las medidas que permita cubrir temporalmente las plazas vacantes; disponiendo los mecanismos correspondientes.
Posteriormente, por Resolución Administrativa N° 125-2017-CE-PJ, del 5 de abril de 2017, entre otros, se dispuso que las comisiones designadas en las Cortes Superiores de Justicia del país, tomen el examen escrito a los abogados que postulan al Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios; así como, que los señores integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial puedan intervenir en calidad de veedores, en dicha actividad.
Quinto. Que atendiendo a la situación de emergencia del Poder Judicial, declarada mediante Resolución Administrativa N° 203-2018-CE-PJ, de fecha 16 de julio de 2018, y las propuestas presentadas, resulta necesario rediseñar el procedimiento de designación de jueces supernumerarios, con la finalidad de dar mayor transparencia y celeridad; debiéndose adecuar las convocatorias iniciadas al protocolo que se aprobará oportunamente.
Sexto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado, funcionen con celeridad y eficiencia; por lo que, resulta imperativo adoptar las medidas urgentes e inmediatas, para restablecer el normal, eficiente, eficaz y transparente desarrollo de las actividades jurisdiccionales.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 558-2018 de la vigésimo sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Prado Saldarriaga, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Constituir una Comisión de Trabajo para rediseñar el procedimiento de designación de jueces supernumerarios y la participación de los señores Consejeros como veedores; con la finalidad de establecer el “Protocolo para la Designación de Jueces Supernumerarios”; la cual estará integrada por los señores Consejeros Augusto Ruidías Farfán, quien la presidirá; y, Pedro Angulo Arana; con el apoyo de la Gerencia General, Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar; así como la Gerencia de Planificación del Poder Judicial.
Artículo Segundo.- Comunicar a todas las Cortes Superiores de Justicia del país que las Convocatorias a Concurso para la Designación de Jueces Supernumerarios de todos los niveles y especialidades, se adecuarán a las disposiciones que se establecerá en el referido protocolo.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Academia de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA
Presidente
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