El contrato de trabajo es el acuerdo entre dos partes (empleador y trabajador), que las vincula legalmente y que tiene como fin brindar seguridad y protección jurídica a cada una.
Este contrato establece los términos y condiciones de la relación laboral, así como los derechos y obligaciones de ambas partes.
Pero qué pasa cuando se ha contratado a un trabajador y no se ha firmado el contrato por escrito.
1. Trabajador considerado como indefinido o indeterminado
De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Supremo 003-97-TR de toda prestación personal de servicios remunerados y subordinados, se presume la existencia de un contrato de trabajo a plazo indeterminado.
Así el contrato a plazo indeterminado o indefinido puede celebrarse en forma verbal o escrita.
Es así que, de acuerdo al artículo en mención, si un trabajador no tiene contrato por escrito se le considera como indeterminado ya que se presume que sí existe un contrato pactado verbalmente.
2. Exigencia de cumplimiento de funciones
Un contrato por escrito contiene información como:
-
- Datos personales del trabajador y de la empresa que celebran el contrato.
- Actividades que conforman el trabajo en sí.
- Condiciones del trabajo a realizar (lugar, días, horarios, descansos, vacaciones, metas, etc.)
- Remuneración que se le pagará al trabajador junto a otra clase de beneficios.
- Tiempo que estará vigente el contrato (de no indicarse se entiende que la vigencia es indefinida)
- Otros aspectos que las partes acuerden.
Cuando no se tiene un contrato el trabajador no tienen claro cuáles son sus funciones, así como sus condiciones de trabajo, pudiendo generar cierto desorden al inicio de la relación laboral.
Además, los contratos al especificar las funciones de cada trabajador respaldan al empleador al momento de sancionar por incumplimiento de funciones.
3. Documento probatorio
Un contrato de trabajo por escrito sirve como un medio probatorio de existencia de relación laboral ante cualquier duda que podría generarse.
Cuando un trabajador labora sin contrato debe verificar que le sean entregados otros documentos como la constancia de alta en la planilla, boletas de pago, memos, etc., a fin de que pueda probar la existencia de una relación laboral.
4. Beneficios sociales
El trabajador que labore sin contrato tiene derecho a los mismos derechos que otro trabajador.
Lo único que se debe considerar es el régimen laboral en el que se encuentra para determinar qué beneficios le corresponde.
5. Término de la relación laboral
El trabajador que no cuente con un contrato de trabajo solo podrá ser despedido si es que comete una falta grave de acuerdo al artículo 25 del Decreto Supremo 003-97-TR.
También podrá dar por culminado el vínculo laboral si presenta su renuncia voluntaria o firma un convenio de mutuo disenso.
6. Despido arbitrario
Si el trabajador considerad como indefinido, sufre un despido arbitrario le corresponde una indemnización equivalente a un sueldo y medio por cada año de trabajo con un tope máximo de 12 remuneraciones mensuales.



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