Plantean que congresistas puedan defender posiciones partidarias sin que ello constituya infracción al deber de imparcialidad y/o neutralidad

Un grupo de congresistas presentó un proyecto que propone, sin que ello constituya infracción al deber de neutralidad o imparcialidad, que puedan «promover sus posiciones ideológicas». La iniciativa, que tiene como autor principal al congresista Arturo Alegría, fue derivada a la Comisión de Constitución y Reglamento este 23 de mayo. 

La medida legislativa plantea añadir el artículo 25-A al Reglamento del Congreso. El nuevo artículo, de ser aprobado, señalaría que:

Los congresistas, en ejercicio de su función de representación política, pueden expresar, defender y promover las posiciones ideológicas, programáticas y partidarias, sin que ello constituya infracción al deber de imparcialidad o neutralidad. 

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De acuerdo al documento legislativo, la neutralidad política es exigible a funcionarios administrativos o electorales, pero no a representantes elegidos por voto popular. En ese sentido, la función parlamentaria sería, por su propia naturaleza, deliberativa, partidaria y programática. Se argumenta que exigir neutralidad a los congresistas significaría desnaturalizar el rol que la Constitución les otorga como actores políticos.

Se invoca también el artículo 93 de la Constitución Política, que reconoce el principio de representación parlamentaria, así como la libertad de opinión y expresión sin mandato imperativo.

Formulario aquí

De ser dictaminado favorablemente, deberá ser aprobado por el Pleno mediante resolución legislativa, sin requerir sanción del Poder Ejecutivo, por tratarse de una modificación al reglamento interno.


PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE INCORPORA EL ARTÍCULO 25-A AL REGLAMENTO DEL CONGRESO PARA OPTIMIZAR EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LOS PARLAMENTARIOS

Los CONGRESISTAS DE LA REPÚBLICA que suscriben, en uso de la facultad de iniciativa legislativa que les confiere el artículo 107 de la Constitución Política del Perú, los artículos 22, literal c), 75 y 76, numeral 2 del Reglamento del Congreso de la República, propone el siguiente PROYECTO RESOLUCIÓN LEGISLATIVA MULTIPARTIDARIA.

1. FÓRMULA LEGAL

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE INCORPORA EL ARTICUL025-A AL REGLAMENTO DEL CONGRESO PARA OPTIMIZAR EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LOS PARLAMENTARIOS

Artículo único. Incorporación del artículo 25-A al Reglamento del Congreso de la República
Se incorpora el articulo25-A al Reglamento del Congreso de la República con el siguiente texto:

Artículo 25-A. Principió de neutralidad respecto de los Congresistas de la República
Los congresistas en ejercicio de su función de representación política pueden expresar, defender y promover ¡as posiciones ideológicas, programáticas y partidarias, sin que ello constituya infracción al deber de imparcialidad y/o neutralidad.

[Continua…]

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Periodista, bachiller en Ciencias de la Comunicación y estudiante de Derecho. Cuento con experiencia en medios escritos, especialmente en la cobertura de temas de Actualidad. He desarrollado mi labor en redacciones enfocadas en el análisis noticioso y enfoque social. Actualmente formo parte del equipo periodístico de LP por el Derecho.