La congresista Jhakeline Katy Ugarte Mamani, integrante del grupo parlamentario Juntos por el Perú – Voces del Pueblo – Bloque Magisterial, presentó un proyecto de ley que dispone la implementación del sistema de recarga digital en la Línea 1 del Metro de Lima. La propuesta buscaría garantizar un servicio moderno y seguro para los usuarios del transporte ferroviario urbano.
Lea más l Ante un terremoto, la Línea 1 del Metro del Tren no se caerá, asegura abogado Iván Casiano
El proyecto tiene como finalidad establecer un sistema de recarga digital similar al del Metropolitano. El texto legal indica:
La presente ley tiene por objeto disponer la implementación del sistema de recarga digital de tarjetas de acceso para los usuarios de la Línea 1 del Metro de Lima, a fin de garantizar un servicio moderno, seguro y eficiente, tomando como referencia las soluciones tecnológicas ya aplicadas en el sistema de transporte público del Metropolitano.
El documento precisa que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en coordinación con la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, será la entidad responsable de implementar, supervisar y garantizar la operatividad del sistema. Asimismo, la recarga podrá efectuarse mediante aplicativos móviles, plataformas de banca electrónica o billeteras digitales autorizadas, con acreditación inmediata o en un plazo máximo de cinco minutos.
Inscríbete aquí Más información
El Poder Ejecutivo deberá aprobar, en un plazo no mayor de 120 días, las disposiciones técnicas y de seguridad para su puesta en marcha. A su vez, el concesionario de la Línea 1 deberá implementar el sistema en un periodo máximo de seis meses, «como parte de las obligaciones inherentes a la prestación del servicio público de transporte ferroviario bajo su contrato de concesión».
En la exposición de motivos, la legisladora advierte que la ausencia de este servicio en la Línea 1 representa una brecha tecnológica frente a la Línea 2 del Metro y al Metropolitano. El documento señala:
El esquema de recarga de la Línea 1 continúa sustentado exclusivamente en operaciones presenciales dentro de las estaciones, con pago en efectivo, lo que genera limitaciones para el usuario, incrementa los tiempos de espera y expone a riesgos derivados de la manipulación de dinero físico.
LEY QUE DISPONE LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE RECARGA DIGITAL EN LA LÍNEA 1 DEL METRO DE LIMA
A iniciativa de la CONGRESISTA JHAKELINE KATY UGARTE MAMANI, integrante del grupo parlamentario JUNTOS POR EL PERÚ – VOCES DEL PUEBLO – BLOQUE MAGISTERIAL, ejerciendo el derecho de iniciativa legislativa que le confiere el artículo 107 de la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo establecido en los artículos 22-C, 67, 75 y 76 del Reglamento del Congreso de la República, propone la siguiente iniciativa legislativa:
FÓRMULA LEGAL
LEY QUE DISPONE LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE RECARGA DIGITAL EN LA LÍNEA 1 DEL METRO DE LIMA
Artículo 1. – Objeto de la ley
La presente ley tiene por objeto disponer la implementación del sistema de recarga digital de tarjetas de acceso para los usuarios de la Línea 1 del Metro de Lima, a fin de garantizar un servicio moderno, seguro y eficiente, tomando como referencia las soluciones tecnológicas ya aplicadas en el sistema de transporte público del Metropolitano.
Artículo 2. – Autoridad competente
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en coordinación con la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, es la entidad responsable de implementar, supervisar y garantizar la operatividad del sistema de recarga digital en la Línea 1 del Metro de Lima.
Artículo 3. – De la recarga digital
Para efectos de la presente ley, se entiende por recarga digital el procedimiento mediante el cual los usuarios de la Línea 1 del Metro de Lima pueden transferir fondos de manera electrónica a sus tarjetas de acceso, a través de las siguientes modalidades:
a) Aplicativos móviles oficiales autorizados por el concesionario y supervisados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
b) Plataformas de banca electrónica operadas por entidades financieras supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
[Continúa…]