El juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Coronel Portillo, a cargo del Dr. Jenner García Duran, sentenció a S.T.V.M., por el delito de agresión contra integrantes del grupo familiar, en agravio de R.C.V. En consecuencia, por el beneficio premial de la terminación anticipada y la conversión de la pena, se le condenó a 43 jornadas de prestación de servicios a la comunidad.
Además, se le impuso como pena accesoria la inhabilitación lo que implica la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima con fines de agresión por el periodo de prueba de 10 meses. Asimismo, se fijó una reparación civil de S/200, el cual ha sido cancelado y entregado al agraviado.
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Los hechos
El agraviado R.C.V., el día 2 de febrero de 2025 a las 10:30 P.M., recibió una llamada telefónica de una amiga. En esas circunstancias, según el Ministerio Público, su expareja V.M. ingresó a su habitación para reclamarle y exigirle su celular. Ante la negativa de R.C.V., ella comenzó a insultarlo y agredirlo con cachetadas. Esta situación provocó que su hijo menor despertase llorando, momento en el que la imputada se retiró.
R.C.V. salió de la habitación y esperó en la cocina, donde observó que S.T.V.M. regresaba con un cinturón en la mano. Al preguntarle si lo iba a golpear, ella respondió afirmativamente y comenzó a pegarle en distintas partes del cuerpo, conforme el testimonio del agraviado a la Fiscalía. Por su parte, la víctima intentó calmarla.
El representante del Ministerio Público señaló que S.T.V.M. cambió la posición del cinturón para golpearlo con la hebilla y amenazó con seguir golpeándolo toda la noche. Al escuchar el llanto de su hijo, S.T.V.M. se retiró para atenderlo. En ese instante, R.C.V. aprovechó para recoger sus pertenencias y salir de la vivienda. Posteriormente, presentó la denuncia.
Fuente: Corte Superior de Justicia de Ucayali
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