El Poder Judicial emitió una sentencia condenatoria contra Estalin Torres V. por la comisión del delito de agresiones en contra de las mujeres por su condición como tal, en su modalidad de agresiones psicológicas.
La resolución, que se origina de la denuncia de la Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Puente Piedra, impone una pena efectiva de 88 jornadas de servicios a la comunidad.
Desde una perspectiva jurídica, la sentencia no solo contempla una pena privativa de derechos, sino que también incluye medidas accesorias de naturaleza legal. En aplicación del Código Penal, se ha impuesto una reparación civil a favor de la agraviada por el monto de 600 soles.
Asimismo, se dispuso como mandato judicial que el sentenciado sea sometido a un tratamiento especializado para agresores, una medida orientada a la prevención especial.
Los hechos probados en el proceso penal detallan que la conducta ilícita se materializó el 24 de mayo de 2024. En dicha fecha, el ahora condenado incurrió en el quebrantamiento de una medida cautelar de alejamiento, al acceder a la vivienda de su expareja en el asentamiento humano Villa Norte, con la clara intención de agredirla.
Al fundamentar la posición del Ministerio Público, la fiscal adjunta provincial Merly Isabel Farro Cabanillas sostuvo que la condena debe cumplir con los fines del derecho penal moderno, ejerciendo un efecto retributivo, preventivo y resocializador para el procesado.
La resolución judicial, en consecuencia, aplica un marco sancionador integral que busca la responsabilidad del infractor, la protección de la víctima y la rehabilitación del ofensor.
Con información del Ministerio Público.