Fundamento destacado: 2.4.6. En cuanto al requisito del conocimiento por las partes intervinientes de la ajenidad del bien, está probado que al momento de celebrarse la compraventa de fecha 02 de agosto de 2009, Marco Antonio Bejar Ventura y Ricardo Quezada Zegarra conocían plenamente la ajenidad del bien litigioso, al no haber ofrecido ninguna prueba que informe el tracto sucesivo hasta el vendedor Marco Antonio Bejar Ventura.
Fundamento destacado: 2.4.7. En cuanto al requisito de la decisión deliberada de prescindir de la intervención del verdadero propietario, está probado aquel hecho, pues, pese a conocer los intervinientes que Marco Antonio Bejar Ventura no era el propietario del bien litigioso, decidieron celebrar el contrato de compraventa cuestionado, sin requerir la intervención del verdadero propietario, como la Asociación de Habilitación Urbana Los Galenos, quien posteriormente transfiere la propiedad a favor de la Municipalidad Provincial de Trujillo.
Fundamento destacado: 2.4.8. En cuanto al requisito de la finalidad conjunta de apropiarse del bien en forma ilegítima, está probado aquel hecho, al no identificar alguna otra causa que justifique la celebración del referido contrato de compraventa de fecha 02 de agosto de 2009.
Fundamento destacado: 2.4.9. Ante la probanza de los hechos previstos por el legislador, se concluye que es manifiestamente nulo el contrato de compraventa de fecha 02 de agosto de 2009,por la causal de fin ilícito.
EXPEDIENTE N° : 04377-2019-0-1601-JR-CI-04
DEMANDANTE : ALCALDE ABANTO, ROSA GLADYS
DEMANDADOS : BEJAR VENTURA MARCO ANTONIO QUEZADA ZEGARRA, RICARDO
MATERIA : DESALOJO POR OCUPACIÓN PRECARIA
JUEZ : DR. JOHAN MITCHEL QUESNAY CASUSOL
ESPECIALISTA : ERIK FRANCIS ECHEVARRIA HUAYNATE
S E N T E N C I A
RESOLUCIÓN NÙMERO VEINTITRES
En Trujillo, a los veinte días del mes de julio del año dos mil veinte.
I. EL CASO (PARTE EXPOSITIVA)
1. PETITORIO
Mediante escrito de fecha 29 de octubre de 2019, de folios 27 a 33, la demandante MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO en representación de MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO, interpone DEMANDA DE DESALOJO POR OCUPACIÓN PRECARIA contra MARCO ANTONIO BEJAR VENTURA y RICARDO QUEZADA ZEGARRA, pretendiendo la desocupación del inmueble ubicado en ubicado en la calle 4, Mz. B, Lote 16, Urb. Los Galenos, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad.
2. HECHOS NARRADOS
La demandante Municipalidad Provincial de Trujillo, narra los siguientes hechos: i) es la única y exclusiva propietaria del inmueble ubicado en la Manzana B Lote 16-Trujillo de la Urb.El Galeno, el cual se encuentra registrado dentro del margesí municipal y considerado como un bien de dominio público de un aporte reglamentario SERPAR; ii) el demandado Marco Antonio Bejar Ventura inició un procedimiento notarial de prescripción adquisitiva de dominio, ante el cual se opusieron; y, iii) la parte demandada, pese haber sido invitada, no concurrió a la audiencia de conciliación, por lo que recurre al órgano judicial al amparo del ejercicio de persecutoriedad de bien inmueble, ejerciendo las facultades del derecho de propiedad. Mediante Resolución número Doce, de fecha 04 de diciembre de 2020, de folios119 a 123, se declara rebelde al demandado Marco Antonio Bejar Ventura. Mediante Resolución número Catorce, de fecha 13 de enero de 2019, de folios 129 a 133,se declara a Ricardo Quezada Zegarra sucesor procesal de Marco Antonio Bejar Ventura.
3. PUNTOS CONTROVERTIDOS
3.1. La nulidad manifiesta del acto jurídico de compraventa celebrado entre Marco Antonio Bejar Ventura, como vendedor y Ricardo Quezada Zegarra, como comprador, del inmueble ubicado en la calle 4, Mz. B, Lote 16, Urb. Los Galenos, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, de fecha 02 de agosto de 2009 por las causales de fin ilícito y contravención de normas de interés del orden público.
3.2. La obligación de Ricardo Quezada Zegarra de desocupar y restituir a favor de la Municipalidad Provincial de Trujillo, el inmueble ubicado en la Mz. B, Lote 16, Urb. Los Galenos, distrito y provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad.
II. ANÁLISIS DEL CASO (PARTE CONSIDERATIVA)
PRIMERO.-
La solución a la controversia planteada se efectuará respondiendo sobre la nulidad manifiesta del acto jurídico de compraventa celebrado entre Marco Antonio Bejar Ventura, y Ricardo Quezada Zegarra y la pretensión de desalojo por ocupante precario formulada,para cuyo propósito efectuaremos la selección de las normas aplicables al pedido, la identificación de los requisitos exigidos y la verificación de su efectiva producción en la realidad.
[Continúa…]




![Tercerización laboral: TC ratifica constitucionalidad [Exp. 01902-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)
![En la determinación de la pena suspendida, es posible elevar el límite habilitante de 4 a 5 años, previsto en una ley posterior (retroactividad benigna), y mantener la inexistencia de restricción para su aplicación al delito de peculado doloso, conforme a la ley vigente al momento de los hechos (principio de combinación) [Casación 1939-2023, Cusco, f. j. 8.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/PENAL-BALANZA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Si no se formula la reserva procesal frente a la desestimación de la prueba ofrecida en la etapa intermedia y en el juicio, no se cuenta con habilitación para reiterarla en apelación [Casación 374-2023, Callao, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-ESPOSAS2-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)












![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-218x150.jpg)





![Aprueban incremento denominado Negociación colectiva centralizada 2025-2026 para los servidores y funcionarios sujetos al régimen 276 de los gobiernos locales [DS 326-2025-EF] dinero-soles-indemnización-sueldo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/sueldo-soles-LP-218x150.png)
![Aprueban metodología para el cálculo de multas en materia de protección de datos personales [RM 0476-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-LPDerecho-218x150.jpg)
![Fijan nuevos montos para la suspensión de pagos y retenciones de cuarta categoría en 2026 [Resolución de Superintendencia 000390-2025/Sunat]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/sunat-fachada-LPDerecho-1-218x150.png)
![Aprueban incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios del régimen 728 de los gobiernos locales [DS 325-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/financiamiento-por-informacion-fraudulenta-3-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)







![Designan al General César Briceño jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas [Resolución Suprema 101-2025-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/MASCARA-CESAR-BRICENO-VALDIVIA-LPDERECHO-324x160.jpg)
![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-100x70.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Aprueban incremento denominado Negociación colectiva centralizada 2025-2026 para los servidores y funcionarios sujetos al régimen 276 de los gobiernos locales [DS 326-2025-EF] dinero-soles-indemnización-sueldo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/sueldo-soles-LP-324x160.png)

![Aprueban metodología para el cálculo de multas en materia de protección de datos personales [RM 0476-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-LPDerecho-100x70.jpg)
![Fijan nuevos montos para la suspensión de pagos y retenciones de cuarta categoría en 2026 [Resolución de Superintendencia 000390-2025/Sunat]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/sunat-fachada-LPDerecho-1-100x70.png)
![Tercerización laboral: TC ratifica constitucionalidad [Exp. 01902-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-100x70.jpg)
![Designan al General César Briceño jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas [Resolución Suprema 101-2025-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/MASCARA-CESAR-BRICENO-VALDIVIA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Aprueban incremento denominado Negociación colectiva centralizada 2025-2026 para los servidores y funcionarios sujetos al régimen 276 de los gobiernos locales [DS 326-2025-EF] dinero-soles-indemnización-sueldo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/sueldo-soles-LP-100x70.png)
