Durante el primer mes del presente año, 300 parejas de todo el país inscribieron su unión de hecho o convivencia en el Registro Personal de la Sunarp. La zona registral de Lima encabezó el listado con 85 uniones de hecho inscritas, seguida de las zonas registrales de Arequipa (34), Trujillo (33), Huancayo (27), Tacna (23), Piura (15), Cusco (14), Chiclayo (13), Ica, (11), Moyobamba (11), Iquitos (10), Huaraz (10), Ayacucho (8) y Pucallpa (6).
Durante el 2021 y en medio de la emergencia provocada por la COVID-19, 3664 parejas decidieron inscribir su unión de hecho en la Sunarp, siendo Lima la zona registral más activa con 985 convivencias registradas. A continuación, se ubicaron las zonas registrales de Arequipa (427), Trujillo (410), Tacna (275), Chiclayo (253), Huancayo (233), Huaraz (174), Piura (165), Cusco (149), Pucallpa (149), Moyobamba (135), Iquitos (120), Ica (108) y Ayacucho (81).
¿Qué es la unión de hecho?
La unión de hecho es la convivencia libre y voluntaria entre un hombre y una mujer sin impedimento matrimonial, para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio.
A diferencia del matrimonio, donde existe la opción de elegir entre el régimen de sociedad de gananciales y régimen patrimonial de separación de bienes, en la unión de hecho el régimen de sociedad de gananciales es único y forzoso, es decir, todos los bienes y rentas obtenidas durante la vigencia de la convivencia pertenecen a los cónyuges en partes iguales.
De allí la importancia de inscribir la convivencia en el Registro Personal de la Sunarp. De esta manera, la pareja precisa la fecha de inicio de la relación, así como la de su finalización —en caso se produjera—, ello con el objetivo de diferenciar con exactitud los bienes muebles e inmuebles que les corresponden a cada uno y evitar una injusta redistribución de su patrimonio.
«Al inscribir la unión de hecho en la Sunarp, los convivientes garantizan el reconocimiento de sus derechos patrimoniales o de propiedad», subrayó el superintendente nacional de la Sunarp, Harold M. Tirado Chapoñan.
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Reconocimiento de unión de hecho
El primer paso para formalizar una unión de hecho es acudir a una notaría pública o al Poder Judicial. En el caso de acudir a una notaría, se debe tramitar los siguientes documentos:
• Presentar una solicitud que incluya los nombres y firmas de ambos solicitantes.
• Reconocimiento expreso que conviven no menos de dos años de manera continúa.
• Declaración expresa de los solicitantes que se encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso.
• Certificado domiciliario de los solicitantes.
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• Certificado negativo de unión de hecho tanto del varón como de la mujer, expedido por la oficina registral donde domicilian los solicitantes,
• Declaración de dos testigos indicando que los solicitantes conviven dos años continuos o más, y;
• Otros documentos que acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos años continuos.
Completados estos requisitos, el notario mandará a publicar un extracto de la solicitud en el diario oficial El Peruano y en otro diario de amplia circulación.
Transcurridos 15 días útiles desde la publicación del último aviso, y si no se hubiera formulado ninguna oposición, el notario extenderá la escritura pública con la declaración del reconocimiento de la unión de hecho entre los convivientes y lo remitirá al Registro de Personas Naturales de la Sunarp del lugar donde estos domicilian para su respectiva inscripción.
Si cualquiera de los solicitantes proporciona información falsa para sustentar su pedido ante el notario, será pasible de responsabilidad penal.
Por vía judicial
También se puede solicitar la inscripción de reconocimiento de la unión de hecho a través de la vía judicial. Para efectos de la inscripción, se deberá presentar el parte judicial que contiene el oficio del juez, adjuntando las copias de la sentencia, certificadas por un auxiliar jurisdiccional, así como la resolución que declara consentida o ejecutoriada la sentencia. En ambos casos, deberá indicarse el número de DNI de los convivientes.
¿Por qué debes inscribir tu convivencia en la Sunarp?
Al inscribir la convivencia en el Registro de Personas Naturales de la Sunarp, la pareja precisa la fecha de inicio de la relación así como la de su finalización, en caso se produjera, ello con el objetivo de diferenciar con exactitud los bienes muebles e inmuebles que les corresponden a cada uno y evitar una injusta redistribución de su patrimonio.
En consecuencia, al inscribir su unión de hecho en la Sunarp, los convivientes garantizan la preservación de sus derechos patrimoniales o de propiedad.
Una vez inscrita la unión de hecho en la Sunarp, automáticamente se generan los derechos sucesorios entre sus integrantes.
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Si los convivientes desean dejar constancia de haber puesto fin a su estado de convivencia podrán hacerlo por escritura pública en la cual podrán liquidar el patrimonio social. El reconocimiento del cese de la convivencia también se inscribe en el Registro Personal.
Costo y plazo
El costo de inscripción de una unión de hecho en la Sunarp es de 20.00 soles (los costos notariales no están incluidos); y el plazo de inscripción es de siete días útiles.
Fuente: SUNARP.



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