¡Buenas nuevas! LP transmitirá una clase gratuita sobre diseño e implementación de políticas públicas, a cargo del especialista Luis Carlos Núñez Puente, a través de la plataforma de YouTube.
El docente es el especialista Luis Carlos Núñez Puente, quien es abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Máster en Recherche en Gestión des Organisations por la Université Montesquieu Bordeaux IV Francia. Asimismo, cuenta con maestrías concluidas en Ciencias Económicas y Gestión Pública (UNMSM). Especialista en Planeamiento Estratégico del Estado, Gestión Pública para el Desarrollo, Gobernabilidad, Gerencia Política y Gestión Pública , entre varias más. Actualmente se desempeña como Consultor Senior para el PJ y Banco Mundial en la implementación del Expediente Judicial Electrónico.
Asimismo, es grato informarles que el docente Luis Carlos Núñez Puente forma parte de nuestro panel de expositores en el Curso de especialización en Gestión pública. Para más información, clic aquí.
INVITACIÓN
Aprovechamos la oportunidad para informarles que, nuestro Curso de especialización en Gestión pública inicia el sábado 21 de febrero de 2026. Con un total de 10 sesiones en vivo que se desarrollarán los días martes y jueves de 6:00 a. m. a 9:00 p. m. y sábados de 9:00 a. m. a 12:00 a. m.
Esta clase gratuita sobre diseño e implementación de políticas públicas por Luis Carlos Núñez Puente, se desarrollará este jueves, 19 de febrero de 2026 a las 8:30 p. m.
INFORMACIÓN DE MATRICULA
- Los inscritos hasta el sábado, 21 de febrero del 2026 obtendrán como beneficio
- Acceso al aula virtual hasta cuatro meses después de terminado el curso.
- Diapositivas, lecturas y jurisprudencia descargable.
- Fólder, block, lapicero.
Si desean recibir las diapositivas pueden completar el siguiente formulario:
INICIO: SÁBADO 21 DE FEBRERO
Curso de especialización en Gestión Pública
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También puede realizar su matrícula a través de nuestra aula virtual. Dé clic a “Comprar el diplomado” y se añadirá a su carrito de compras.
Para más información puede dejar su WhatsApp en la caja de comentarios o enviar directamente un mensaje al 946527721. También puede escribir al correo [email protected]

![El poseedor también puede ser el agraviado en el delito de daños, al amparo del art. 912 del CC que señala que se presume propietario a quien posee el bien mientras no se pruebe lo contrario [Casación 228-2024, Apurímac, f.j. 3.3-3.6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/propiedad-civil-inmueble-casa-vivienda-mazo-predio-familia-llave-posecion-juez-LPDerecho-218x150.jpg)
![La variación del título de intervención del imputado no constituye causal de nulidad no genera indefensión si es que no se altera el marco fáctico (juez varió la imputación de instigador a cómplice primario al advertir que el imputado no solo incitó la decisión criminal —robo agravado—, sino que también participó de forma fundamental al proporcionar datos relevantes para la consumación del ilícito) [Casación 555-2022, Ucayali, f. j. 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/logo-oficial-LPDerecho-218x150.png)

![Suprema delimita el alcance de la presunción de veracidad de las actas de infracción que emiten los inspectores de trabajo [Casación 24056-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/inspectores-sunafil-LPDerecho-218x150.png)
![Solo es posible observar la acusación por defectos formales una sola vez; no es posible la observación por defectos sustanciales, en cuyo caso procede el sobreseimiento [I Pleno Jurisdiccional Distrital Procesal Penal de Moquegua, 2009]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/documentos-carpeta-carga-procesal-notificacion-archivo-papeles-archivos-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Padres (Testigos de Jehová) no pueden impedir transfusión sanguínea a su hijo recién nacido si su vida está en peligro [Exp. 04819-2026-0-0412-JR-FT-01, ff. jj. 6-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
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![El contrato bajo la modalidad de temporada sirve para atender incrementos «anormales» o «sustanciales» respecto de actividades propias al giro de la empresa, siempre que sean susceptibles de repetirse en periodos determinados del año [Casación 38514-2022, La Libertad, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
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![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)





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