¡Buenas nuevas! LP retransmitirá una clase gratuita sobre las infracciones de tránsito. La clase estará a cargo del reconocido especialista Marcos Agurto Cardoza, quien dictará en nuestro Curso especializado en accidentes de tránsito. Para más información clic aquí.
No se pueden perder esta clase llena de consejos prácticos y útiles, algo que —estamos seguros— no encontrarán en otro sitio.
La clase se desarrollará este jueves 8 de setiembre a las 4 p. m. Si desean recibir las diapositivas de esta clase dejen su número de WhatsApp en los comentarios.
Les recordamos que en setiembre y octubre iniciamos cursos y diplomados certificados por la Universidad Nacional Nacional Hermilio Valdizán (licenciada por Sunedu).
1. Curso especializado en accidentes de tránsito. Hasta hoy 8 de setiembre libro gratis
Inicia el 10 de setiembre de 2022. Las clases se desarrollan los sábados Full Day. Hasta el 8 de setiembre libro gratis. Para obtener más información clic aquí.
2. Diplomado en Derecho administrativo, procedimiento sancionador y gestión pública
Inicia el 20 de setiembre de 2022. Las clases se desarrollan los martes, jueves (6 p. m. a 9 p. m.) y sábado (9:30 a. m. a 12:30 p. m.). Hasta el 17 de setiembre libro gratis y pago en dos cuotas. Para obtener más información clic aquí.
3. Diplomado completo de Derecho inmobiliario: saneamiento, contratación y litigio
Inicia el 4 de octubre de 2022. Las clases se desarrollan los martes, jueves (6 p. m. a 9 p. m.) y sábado (Full Day). Hasta el 27 de setiembre dos libros gratis y pago en dos cuotas. Para obtener más información clic aquí.
4. Diplomado Derecho penal general: teoría del delito
Inicia el 6 de octubre de 2022. Las clases se van a desarrollar los martes, jueves (6 p. m. a 9 p. m.) y sábado (9:30 a. m. a 12:30 p. m.). Hasta el 29 de setiembre dos libros gratis y pago en dos cuotas. Para obtener más información clic aquí.
PARA VER LA CLASE CLIC AQUÍ.
![El derecho administrativo sancionador no se rige por el principio de lesividad, sino por criterios de afectación general; de suerte que la sanción administrativa no requiere la verificación de lesión o puesta en peligro de bienes jurídicos y generalmente opera como respuesta ante conductas formales o de simple desobediencia a reglas de ordenación [RN 2090-2005, Lambayeque, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/palacio-justicia-poder-judicial-PJ-fachada-LPDerecho-218x150.png)
![Es irrazonable sostener que el arraigo familiar está ampliamente relativizado porque se tiene un régimen patrimonial conyugal de separación de bienes, los hijos son mayores de edad, y uno de ellos ya culminó su carrera profesional [Casación 50-2020, Tacna, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/palacio-justicia-poder-judicial-PJ-fachada-frontal-corte-LPDerecho-218x150.png)
![La adjudicación de la buena pro a una empresa que ofertó precios más altos a los demás postores no configura, por sí sola, una práctica colusoria, si dicha decisión se justificó en la evaluación de otros rubros, como ofertas y servicios adicionales [RN 2161-2013, Arequipa, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La invocación a la autonomía funcional, ausencia de dolo y valoración probatoria (individual y conjunta) no son pertinentes para justificar la omisión de ejercicio de la acción penal, pues no se está frente a un criterio [Apelación 396-2024, Cañete, f. j. 7.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

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