Cierran turno de estas salas de Corte Suprema por excesiva carga procesal
Publicado el 15 de octubre de 2020, en el diario oficial El Peruano.
Lea también: Corte Suprema: Sala Civil Transitoria ya no verá casos civiles [RA 000289-2020-CE-PJ]
Recomiendan al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la conversión de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República en Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República y dictan diversas disposiciones
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE SALA PLENA 000009-2020-SP-CS-PJ
Lima,10 de octubre de 2020
VISTO:
El Oficio N° 4512-2020-SG-CE-PJ, cursado por el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante el cual remitió la Resolución Administrativa N° 000281-2020-CE-PJ, a través del cual propone a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, la distribución de la carga procesal de las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República.
CONSIDERANDO:
Primero: Que, el numeral 18) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial propone a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, en forma excepcional, la distribución de causas entre las Salas Especializadas, fijando su competencia a fin de descongestionar la carga judicial, mejorar los indicadores de celeridad y el nivel resolutivo en beneficio de la ciudadanía.
Segundo: Que, de la parte considerativa de la Resolución Administrativa N° 000281-2020-CE-PJ, se advierte que la Primera y Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, tienen pendientes de programar vista de fondo y vista de calificaciones entre 18, 415 y 19,838 expedientes, respectivamente.
Tercero: Que, teniendo en consideración la excesiva carga procesal de la Primera y Segunda Salas de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, así como la emergencia sanitaria y el aislamiento obligatorio que ha repercutido en el oportuno trámite de los expedientes; en ese sentido, la Sala Plena de este Supremo Tribunal considera necesario adoptar medidas inmediatas, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con eficacia y celeridad en la administración de justicia.
Por tales fundamentos, estando a los Acuerdos Nros. 34, 35 y 36-2020 de la Séptima Sesión Extraordinaria de Sala Plena Virtual de la Corte Suprema de Justicia de la República del 5 de octubre de 2020; y, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 artículo 80° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; por unanimidad.
SE RESUELVE:
Artículo Primero: RECOMENDAR al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la conversión de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República en Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, teniendo en consideración la sobre carga procesal existente y la viabilidad para una adecuada descarga.
Artículo Segundo: CERRAR, a partir de la fecha, el turno de las siguientes Salas Supremas, por el periodo de 6 meses:
– Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, debiendo derivarse todos los ingresos que hubieran correspondido a dicha Sala Suprema, a la Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República.
– Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, debiendo derivarse todos los ingresos que hubieran correspondido a dicha Sala Suprema, a la Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República (antes Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República).
Artículo Tercero: DISPONER que, a partir de la fecha, todos los expedientes nuevos que hubieran correspondido a la Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, serán recibidos por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente la Corte Suprema de Justicia de la República; Sala Suprema que seguirá conociendo los procesos en materia constitucional, contencioso administrativa, revisión judicial de procedimiento coactivo y consultas; y, demás que ha venido conociendo a la fecha.
Artículo Cuarto: DISPONER que, a partir de la fecha, todos los ingresos nuevos en materia Civil, serán recibidos por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de la Corte Suprema de Justicia de la República, como única Sala Suprema en materia Civil.
Artículo Quinto: DISPONER que la Tercera Sala Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República y la Cuarta Sala Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República (antes Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República), continuaran conociendo los procesos que tienen en trámite, hasta el 31 de diciembre de 2020, fecha en la cual deberán remitirse los expedientes que queden pendientes a la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente la Corte Suprema de Justicia de la República y a la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente.
Artículo Sexto: RECOMENDAR al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, que las mesas de partes funcionen por subespecialidad, a partir de la emisión de la presente resolución.
Artículo Séptimo: REMITIR la presente resolución administrativa al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a los Presidente de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidentes y Presidentas de las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, a las Cortes Superiores de Justicia del País, a la Gerencia General del Poder Judicial y a la Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese
JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO
Presidente
![PJ ordena cancelar de manera definitiva el uso de caballos en el servicio de paseo en calesa en la Plaza Mayor de Lima por constituir una práctica incompatible con el deber constitucional de protección y bienestar animal y agredir la integridad física de estos seres sintientes [Expediente 03840-2022-0, f. j. 4.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-218x150.jpg)



![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Declaran fundado pedido de cambio en la forma de prestar alimentos de los hijos a favor de su madre [Expediente 00151-2025-0-1721-JP-FC-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/ADULTO-MAYOR-CONFLICTOS-HIJOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Corte IDH condena al Perú por policías que torturaron y ejecutaron extrajudicialmente a un estudiante [Caso Rodríguez Pighi y otros vs. Perú]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/09/mininter-pnp-contra-el-crimen-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Tutela de derechos. Imputación necesaria. Principio de progresividad de la investigación. Delito de cohecho [Exp. 49-2025-54]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)



![Curso gratuito «Actualización en derecho constitucional» [Inicio: 22 DIC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-DEL-CURSO-DERECHO-CONSTITUCIONAL-218x150.jpg)

![Política general de gobierno 2025-2026: Transición democrática y reconciliación nacional [Decreto Supremo 141-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/norma-legal-palacio-gobierno-promulga-ley-LPDerecho-218x150.png)
![Prorrogan estado de emergencia en Lima y Callao [Decreto Supremo 140-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/normas-legales-estado-de-emergencia-LPDerecho-218x150.png)
![Reglamento de Organización y Funciones del Tribunal Constitucional [RA 151-2025-P/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)






![Declaran ilegal control de identidad y registro vehicular y mandan copias a Inspectoría de la Policía [Exp. 5844-2019-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-100x70.png)

![Trabajador 276 pierde nombramiento por apelar un informe no impugnable y no el resultado final [Res. 005142-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)






