El juicio oral del Caso Ecoteva se encuentra en su fase final. Durante la audiencia de este miércoles 16, la defensa del ex jefe de seguridad presidencial de Alejandro Toledo, Avraham Dan On, presentó sus alegatos finales y solicitó la absolución de su cliente.
El letrado Juan Carlos Espinoza sostuvo que, a diferencia de la imputación fiscal, no se ha demostrado la existencia de un acuerdo entre Dan On, Alejandro Toledo, Joseph Maiman y Elian Karp para la utilización de la empresa offshore Confiado Internacional, y tampoco que su patrocinado tenga relación con la constitución, creación o administración de esta.
En cuanto a las empresas Milan Ecotech Consulting S. A. y Ecostate Consulting S. A., argumentó que no son empresas offshore, ya que no fueron constituidas en paraísos fiscales. Señaló que Costa Rica, donde fueron constituidas, no se encuentra en la lista de países considerados paraísos fiscales según el Decreto Supremo 340-2018 EF.
Rechazó también la imputación de ocultamiento de dinero, indicando que todas las operaciones financieras y transferencias de activos de las mencionadas empresas fueron realizadas por órdenes de Maiman, y estarían registradas en certificados y depósitos bancarios.
Además, alegó que su patrocinado se limitó a cumplir con las obligaciones ordenadas bajo un contrato de «nomine agreement» con el empresario peruano-israelí. Por ello, el letrado planteó la aplicación del principio de confianza:
Mi patrocinado no podía saber el origen de este dinero, toda vez de que con quien ha hecho este contrato de nomine agreement siempre se ha presentado como un empresario de éxito, como un empresario que realiza contratos internacionales, como una persona que tiene poder económico, poder adquisitivo. ¿Cómo podría saber mi patrocinado, bajo la diligencia debida, de que todas esas transacciones provenían de un ilícito?
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Sobre el presunto pago de hipotecas inmobiliarias de parte de Eva Fernenbug en Perú, afirmó que Dan On, bajo ordenes de Maiman, solo realizó un «asesoramiento genérico». Asimismo, «no mantuvo en su poder» personalmente el dinero de las empresas, ya que cada una tenía su propia cuenta bancaria.
Espinoza cuestionó que las declaraciones de Maiman como investigado «pasen a ser ahora» incriminatorios, pese a que como colaborador eficaz no presentó más documentación que su declaración. Sumado a ello, objetó que se haya introducido una declaración de Jorge Barata sin la presencia de esta persona y no poder, con ello, realizarse el contrainterrogatorio.
«El peritaje, al tener información incompleta, tiene resultados también incompletos y conclusiones incompletas. Con un peritaje de esa naturaleza no se puede enervar la presunción de inocencia, por estos argumentos a los miembros de la sala solicito la absolución de mi patrocinado», argumentó.
Mira la audiencia del juicio oral del Caso Ecoteva aquí:

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