El Colegio de Abogados de Lima (CAL) acordó no multar a los agremiados que no votaron en las elecciones 2024-2025, siempre y cuando hayan sufragado en una de las dos votaciones para elegir al decano, vicedecano y junta directiva para periodo próximo.
El CAL señala que la multa por omisión de sufragio se impondrá a aquellos abogados que no sufragaron el 27 de febrero o el 09 de marzo. La sanción económica será de 300 soles, de acuerdo al artículo 9 del Reglamento General de Elecciones Comité Electoral 2023-2024.
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Asimismo, la Junta Directiva sustenta que los agremiados que posean una deuda vigente por multa electoral tendrán la posibilidad de cancelarla si realizan el pago del 50% del total adeudado hasta el 27 de marzo de 2024.
Cabe resaltar que no están obligados de acudir a las urnas los agremiados mayores de 70 años esto, de acuerdo al artículo 8 del Reglamento de Elecciones del CAL.
Las personas en grupos de riesgo están exentas del pago de la multa por omisión al voto o integrar la mesa de sufragio. En ambos casos, la dispensa o justificación deberá ser sustentada mediante un oficio.

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