COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
COMUNICADO 040-2024-CAL
EL CAL INVESTIGARÁ, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN DE ÉTICA PROFESIONAL, LA CONDUCTA DE LA FISCAL SUPERIOR DE LAVADO DE ACTIVOS POR PRESUNTO DELITO DE CORRUPCIÓN EN EL CASO DEL PRESENTADOR DE TELEVISIÓN ANDRÉS HURTADO
El Decanato y la Dirección de Ética Profesional del Colegio de Abogados de Lima, en cumplimiento de sus funciones de velar por la correcta conducta ética de los abogados pertenecientes al Ilustre Colegio de Abogados de Lima, informan a la comunidad y a la opinión pública lo siguiente:
Habiéndose recibido información periodística sobre una presunta conducta delictuosa por parte de la abogada Luz Elizabeth Peralta Santur, Fiscal Superior de Lavado de Activos del Ministerio Público, quien habría favorecido indebidamente a terceros al devolver una carga de 100 kilos de oro incautado, con un valor aproximado de U.S. $10,000,000.00 (dólares americanos), incurriendo en supuesto delito de corrupción de funcionarios públicos y otros, al haber recibido presuntamente la suma de U.S. $1,000,000.00 (dólares americanos), en el marco de una investigación fiscal mediante la intervención de un presentador de televisión Andrés Hurtado, el Colegio de Abogados de Lima ha decidido abrir una investigación de oficio para esclarecer los hechos y, de ser el caso, imponer las sanciones disciplinarias correspondientes.
Este proceso investigativo tiene como objetivo determinar si la abogada Luz Elizabeth Peralta Santur ha infringido los principios éticos que rigen la actuación de los abogados en el ejercicio de funciones públicas y privadas, en este caso en su calidad de fiscal, actuando fuera de los medios permitidos por la ley. Dicho comportamiento constituiría una falta grave, conforme lo dispuesto en los artículos 56 y 57 del Reglamento Disciplinario de los Colegios de Abogados del Perú, aprobado mediante Resolución N° 020- 2020-P-JUDECAP-CD-2020/2021 del 7 de septiembre de 2020.
El Decanato y la Dirección de Ética Profesional del Colegio de Abogados de Lima reafirman su compromiso con la transparencia, integridad y justicia, principios fundamentales que deben guiar la actuación de todos los abogados y operadores de justicia. De encontrarse responsabilidad en los hechos investigados, el Consejo de Ética tomará las medidas disciplinarias pertinentes, que podrían culminar en la expulsión definitiva de la colegiada, conforme al Código de Ética del Abogado, sanción que tendría efectos a nivel nacional.
Agradecemos a la ciudadanía su confianza y garantizamos que este proceso será conducido con el más estricto respeto a los derechos y garantías de todas las partes involucradas, en salvaguarda de la ética y la justicia.
Lima, 20 de setiembre de 2024
DECANATO Y DIRECCIÓN DE ÉTICA
PROFESIONAL DEL CAL
![Negligencia en el ofrecimiento probatorio no es subsanable en juicio oral: defensa, al presentar su escrito de absolución de cargos, olvidó adjuntar los anexos que eran la prueba relevante de descargo [Apelación 143-2024, Cañete, ff. jj. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ESPOSAS-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Criterios rectores para juzgar casos de lesa humanidad (voto singular de los magistrados Gutiérrez Ticse y Domínguez Haro) [Exp. 00009-2024-PI/TC y Exp. 00023-2024-PI/TC (acumulados)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)
![TC: Restricción para contratar con el Estado por razón de parentesco no puede aplicarse de manera general a todas las entidades públicas; el impedimento solo aplica a la entidad donde el funcionario tiene influencia [Exp. 02545-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Excepción a la regla de no exigencia en la precisión de la fecha en el delito de violación sexual: La precisión de las fechas no es determinante si se precisan circunstancias periféricas; sin embargo, cuando las contradicciones en la precisión de tiempo, lugar o circunstancias son reiterativas y variables en los diferentes elementos de prueba (declaración en Cámara Gesell, ante el médico legista, ante el psicólogo), generan incertidumbre que debe ser esclarecida, ya que provienen de la misma fuente incriminatoria [Apelación 395-2024, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![[VIVO] Clase modelo sobre las 10 sentencias laborales más relevantes del 2025. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/INTERMEDIACION-DANTE-BOTTON-GIRON-LPDERECHO1-218x150.jpg)



![Multan a Win por publicidad engañosa al afirmar que ofrece el internet «más rápido del mercado» con «la mejor conexión que nunca se cae» [Res. 233-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)

![Aprueban nuevos montos de la remuneración consolidada del personal militar y policial [Decreto Supremo 292-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/06/POLICIAS-MILITARES-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)














![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Negligencia en el ofrecimiento probatorio no es subsanable en juicio oral: defensa, al presentar su escrito de absolución de cargos, olvidó adjuntar los anexos que eran la prueba relevante de descargo [Apelación 143-2024, Cañete, ff. jj. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ESPOSAS-LIBROS-LPDERECHO-100x70.jpg)





