Aunque la libertad esté de vacaciones, los amigos de la reforma no debemos bajar la guardia

La libertad está de vacaciones, diré mejor, la libertad y la reforma procesal están de capa caída, no tienen buena propaganda en un escenario construido por los sicarios de la prensa, por los politicastros populacheros expertos en agujerar las normas penales, por muchos policías acostumbrados en convertir rumores y sospechas en verdades categóricas y anticipadas, por algunos fiscales, cada vez son más, que confunden la persecución del delito con la mano dura para ganar titulares, y, también, por ciertos jueces timoratos que se dejan llevar por la corriente y olvidan principios democráticos y derechos esenciales de los procesados.

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Si la llamada opinión pública, la de la post verdad (El País Internacional 17.11.2016), corriente que ha hecho de la afirmación: “es cierto si lo crees” su estandarte, reina y gobierna, no tenemos por qué sorprendernos cuando constatamos que los medios de comunicación y los políticos de turno estimulan en el ciudadano común, poco informado e instruido, sentimientos primarios como la revancha, la exigencia de sanción inmediata, a cualquier costo, y, obviamente, la proscripción de garantías, calificadas ladinamente de “paparruchadas inútiles o tramposas”.

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La gente sencilla, cansada de la impunidad de los poderosos, asqueada de la ineficacia de la prevención del delito y del sistema de justicia penal, cree que no hay salida si no se castiga de modo expeditivo, que eso de: primero investigar y luego detener o primero juzgar y luego condenar, son tonterías ideadas para que siga la fiesta del crimen. ¿Puede recriminársele al pueblo esta creencia, criticársele su desaprensión por la democracia? De ninguna manera, por el contrario toca insistir en que la democracia es el único régimen en el cual pueden atenderse equilibradamente el respeto de los derechos y las expectativas de seguridad y tutela de intereses ante el delito, que es un tremendo error suponer que renunciando a las garantías y escudos protectores procesales el crimen retrocederá, y explicar que por ese camino pronto, muy pronto, nuestra nación se convertirá en un territorio de sospechas y vindictas, no de libertad.

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Cuando el sistema de justicia no consigue vencer la impunidad y tampoco el error judicial que condena a quien no es culpable, la estructura social cruje y los ciudadanos corren enorme peligro porque quedan sujetos a la prepotencia o caprichos del funcionario a cargo, sea policía, fiscal o juez. Por esta razón, tratándose de procesados o imputados, es que la reforma, el modelo acusatorio, entiende que la libertad es la regla y la prisión preventiva una medida cautelar excepcional, instrumental, así esta consideración no les guste a los “opinólogos”, incluidos abogados que creen manejar mejor un micrófono que los códigos; según ellos el peligro procesal, parámetro preferente decidor de la coerción, se sobreentiende o deduce automáticamente del número y alcance de los elementos de convicción, de la posible pena grave o de la atribuida pertenencia a una organización criminal; como vemos, esta maniquea inferencia obvia la comprobación concreta del riesgo de fuga o entorpecimiento de la actividad probatoria, en suma, de tres presupuestos o requisitos para imponer tan gravosa medida cautelar personal se elimina uno y se lo sobreentiende o da por configurado tácitamente.

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Este oscuro panorama podría llevar a los amigos de la reforma a la frustración o depresión, a fin de cuentas no tiene sentido arar en el mar, invertir tiempo en destacar las bondades del acusatorio contemporáneo, bregar tanto porque se entienda que en países como el nuestro, una  democracia de baja intensidad, flor de invernadero en riesgo de sucumbir, para cosechar apostasías inquisitoriales disfrazadas de modernidad.

Si, seguramente, muchos hemos pensado que continuar en la barra, el pupitre de la enseñanza o el escritorio de la investigación jurídicas no tiene sentido, que otras áreas ofrecen mejores perspectivas, la historia, la economía, el arte, por último el placer de caminar por las calles sin otras preocupaciones ¿quizás?, pero esto no pasa de un egocentrismo fatal porque los “perros del foro”, los abogados estrategas y los investigadores que pisan tierra y no se dedican a esclarecer el sexo de los ángeles, debemos batallar en todas las circunstancias, incluidas las peores (Jacques Vergés), las que surgen del fango autoritario, enfrentar la siniestra maquinaria procesal de moler carne humana (Binder), pugnar porque prevalezca el debido proceso, las garantías del encartado, cortarle las uñas a los malvados que abusan del poder y se ufanan de tratar a las personas como objetos. Seguramente las posibilidades se achican y el viento revocatorio contra reformista es cada día más fuerte, pero ¿de qué vale la vida si no se la vive peligrosamente (Mariátegui-Croce) hasta el fin?

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Lo expuesto es más imperativo cuando se trata de actuaciones en el sistema de justicia penal, porque los dramas que ahí se ventilan tocan fibras esenciales del ser humano, su libertad y demás derechos. Un ejemplo de la entereza de carácter para litigar en difíciles condiciones lo tenemos en el caso de un joven (Roger Aparicio) condenado a muchos años de carcelería por robo agravado. Ocurre que el padecimiento del muchacho recluido injustamente impactó el sentir de un periodista (Beto Ortiz) quien encontró en un abogado, el Dr. Luciano López, el consejo y acción apropiados para corregir el entuerto e impedir que Leviatán siga manteniendo en su fauces al desgraciado mozuelo. El camino fue el Hábeas Corpus, la nulidad de la sentencia condenatoria firme edificada sobre la base de violaciones de los derechos elementales del condenado, como son contar con asistencia letrada para ser interrogado y a no ser compelido a declarar. Aunque muchos pudieran haber pensado que lo correspondiente era optar por una incierta acción de revisión, el defensor eligió el procedimiento constitucional y consiguió que el Hábeas Corpus sea declarado fundado, en consecuencia, nula la sentencia condenatoria, nuevo juicio oral y libre el beneficiario, según sentencia de la  de violaciones de derechos esenciales del condenado, específica, el derecho a contar con asesoría letrada durante la declaración rendida en la policía y a no ser compelido a declarar, según resolución de la 6ta Sala Especializada en lo Penal para Procedimientos con Reos en Cárcel (Jueces Superiores: Biaggi Gómez, Gonzáles Chávez y León Sagástegui). No todo está perdido y aunque el sistema de justicia penal no decidirá el destino del país, la resolución de sus problemas base, económicos sociales, siempre será honorable y justificado dar batalla por los derechos de un ciudadano. Nada impide en este circunscrito terreno apoyar la consolidación de la democracia efectiva.

Puedes aquí descargar en PDF la sentencia de hábeas corpus de Roger Aparicio

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