Fundamento destacado: Decimosexto. En lo que atañe al segundo agravio, concerniente a la afectación del principio de congruencia entre la acusación y la sentencia, habiéndose verificado el requerimiento de acusación y el acta de audiencia de control de acusación del dieciocho de julio de dos mil diecinueve, ciertamente se corroboró que la imputación fiscal se decantó por el delito establecido en el artículo 122-B, en el extremo de lesiones físicas, mas no psicológicas. Sobre el particular, el Tribunal Constitucional ha señalado en reiterada jurisprudencia que el principio de congruencia o correlación entre lo acusado y lo condenado constituye un límite a la potestad de resolver por parte del órgano jurisdiccional, puesto que garantiza que la calificación jurídica realizada en el marco de un proceso penal (tomando en cuenta lo señalado por el Ministerio Público, en virtud de su competencia postulatoria) sea respetada en el momento de emitirse sentencia4. Asimismo, el artículo 397 del Código Procesal Penal exige, en virtud del principio antes anotado, entre otros supuestos, que “1. La sentencia no podrá tener por acreditados hechos u otras circunstancias que los descritos en la acusación”. No obstante, si bien no fue correcto emitir pronunciamiento por afectación psicológica como elemento constitutivo del tipo penal, dicho error procesal por sí solo no puede determinar la nulidad de la sentencia de vista, en tanto en cuanto esta opera cuando se incurre en una falta de aptitud para producir los efectos que le son propios, esto es, si presentó un vicio o defecto que le impide y es causa de su invalidez. La norma procesal infringida debe ser de tipo invalidante, o sea, de una naturaleza tal que su infracción conlleve la nulidad —cuando se trata de un defecto especialmente relevante o esencial, la nulidad será radical o absoluta, apreciable de oficio y con efectos ex tunc (el acto procesal nulo nunca se produjo, tiene efectos hacia el pasado)—5. Así, el principio de lesividad o trascendencia de la nulidad informa que se debe haber causado con su actuación o su omisión un perjuicio en otra persona; además, se debe verificar si la causal es de tal relevancia que, de no haberse configurado, otra pudo haber sido la respuesta del órgano jurisdiccional. Ello no se advierte en el presente caso, puesto que, excluyéndose el extremo del daño psicológico, subsisten las lesiones corporales causadas a la agraviada, que de igual forma configuran el delito imputado; por lo demás, este tipo de agresión física origina, en muchos casos como el que nos ocupa, afectación emocional.
Sumilla: Infundado el recurso de apelación. Condena del absuelto. Delito de agresiones en contra de las mujeres La valoración de la prueba realizada por el Tribunal Superior no es irracional ni vulneró ninguna de las garantías constitucionales que asisten al encausado. La contundencia de las pruebas actuadas en juicio oral —como las testimoniales de cargo, la declaración de los peritos y las pruebas documentales— resulta suficiente para sustentar el fallo de condena impuesto al recurrente. La conclusión de los juzgadores es correcta. La motivación de las sentencias ha sido precisa, clara, completa, suficiente y racional y el fallo, congruente; por lo tanto, corresponde desestimar el recurso de apelación interpuesto.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SALA PENAL PERMANENTE
APELACIÓN N.° 324-2023 PUNO
SENTENCIA DE APELACIÓN
Lima, dos de agosto de dos mil veinticuatro
VISTOS: el recurso de apelación interpuesto por la defensa de contra la sentencia de vista del veinticinco de octubre de dos mil veintitrés (foja 289), emitida por la Sala Penal de Apelaciones en adición a sus funciones Sala Penal Liquidadora de la provincia de San Román Juliaca de la Corte Superior de Justicia de Puno, que resolvió revocar la sentencia de primera instancia del treinta y uno de julio de dos mil veintitrés (foja 232), que absolvió al recurrente de la acusación fiscal como autor del delito de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, en agravio de XXXX, y reformándola lo condenó a un año de pena privativa de libertad, convertida a cincuenta y dos días de prestación de servicios comunitarios; con lo demás que contiene.
Intervino como ponente la señora jueza suprema CARBAJAL CHÁVEZ.
[Continúa…]
![No es correcto afirmar que no se realizó la lectura integral de la sentencia si, en audiencia anterior, a pedido del fiscal —como único asistente—, se dio lectura a la parte resolutiva y se solicitó notificar la decisión íntegra vía casilla electrónica [Casación 3317-2023, Ucayali ff. jj. 10.4-10.6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-ABOGADO-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque el tribunal vulneró el principio de congruencia al pronunciarse sobre la afectación psicológica cuando en la acusación se imputó el art. 122-B del CP en el extremo de lesiones físicas, ello no determina por sí solo la nulidad, máxime si, excluido dicho error, subsiste el delito en el extremo de lesiones físicas [Apelación 324-2023, Puno, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Revisión de sentencia: No se está ante sentencias vinculadas inconciliables, si las mismas responden a diferentes imputaciones (violación sexual de menor, de un lado; y proxenetismo, de otro) [Revisión de sentencia NCPP 45-2022, Lima, f. j. 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La pericia de absorción atómica que detectó plomo, antimonio y bario en las manos del imputado constituye un indicio pero no una prueba concluyente de que disparó el arma [Apelación 374-2024, Cajamarca, ff. jj. 6.22-6.23]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)





![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)




![Cláusula penal por el desistimiento de la compra del inmueble equivalente al 30% del precio es abusiva [Resolución 642-2025/SPC-INDECOPI, f. j. 20]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)


![Tres elementos para la configuración de la competencia desleal como falta grave [Casación 7377-2023, Junín]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)




![El principio según el cual «no hay pena sin dolo o culpa» (recogido en el art. 12 del Código Penal de 1991) exige que el actor haya actuado con voluntad de afectar bienes jurídicos (caso Marcelino Tineo Silva) [Exp. 00010-2002-AI/TC, f. j. 62]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC ordena la reposición de Samuel Joaquín Sánchez Melgarejo en el cargo de juez superior [Exp. 04513-2022-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/01/Samuel-Sanchez-Melgarejo-LPDerecho-218x150.png)

![JNE define cantidad de consejeros regionales que serán elegidos en las Elecciones Regionales 2026 [Resolución 0001-2026-JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/jurado-nacional-elecciones-JNE-LPDerecho-218x150.jpg)


![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)



![El levantamiento del secreto bancario es aplicable en investigaciones preliminares a congresistas [Apelación 166-2025, Corte Suprema, f. j. 12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![TC ordena la reposición de Samuel Joaquín Sánchez Melgarejo en el cargo de juez superior [Exp. 04513-2022-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/01/Samuel-Sanchez-Melgarejo-LPDerecho-100x70.png)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![No es correcto afirmar que no se realizó la lectura integral de la sentencia si, en audiencia anterior, a pedido del fiscal —como único asistente—, se dio lectura a la parte resolutiva y se solicitó notificar la decisión íntegra vía casilla electrónica [Casación 3317-2023, Ucayali ff. jj. 10.4-10.6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-ABOGADO-MAZO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![[VÍDEO] Tenso intercambio de acusaciones entre candidatos a diputados (Frank Krklec vs. María Jesús León)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-GENERICO-DEBATE-LP-100x70.jpg)
![Revisión de sentencia: No se está ante sentencias vinculadas inconciliables, si las mismas responden a diferentes imputaciones (violación sexual de menor, de un lado; y proxenetismo, de otro) [Revisión de sentencia NCPP 45-2022, Lima, f. j. 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Extinción de patria potestad: Afectado con derrame de mercurio podrá celebrar transacción con empresa, al haber cumplido mayoría de edad durante proceso [Casación 3320-2011, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-abogado-juez-civil-corte-sentencia-juicio-LPDerecho-324x160.jpg)