El aseguramiento de la vida del profesional de salud. Una necesaria medida de protección económica a favor de la primera línea de defensa contra el covid-19

Actualmente nuestro país y el mundo entero vive una situación de zozobra e incertidumbre frente a la alarmante expansión de la pandemia generada por el coronavirus, que a la fecha ha logrado extenderse a 185 países, contagiando a 2 158 594 personas y, lamentablemente, ha cobrado la vida de 145 533 (la data se elabora sobre la base de pronunciamientos oficiales, por lo cual el número real es desconocido y posiblemente mucho mayor), según lo señalado por el Centro de Recursos contra el Coronavirus fundado por la prestigiosa universidad estadounidense Johns Hopkins University & Medicine:

Fuente: Johns Hopkins[1]

Es posible intuir que un gran porcentaje de los infectados está conformado por los profesionales de salud (médicos, enfermeros, radiólogos, y todo personal profesional o técnico al servicio de la salud), ello en la medida que dicho sector, al encontrarse en la primera línea de defensa contra el covid-19, es quizás el sector más expuesto a un contagio, en tanto diariamente tienen contacto directo con pacientes sospechosos, probables o confirmados de dicho virus. Basta ver las experiencias de los tres países mas afectados por el covid-19: USA, España e Italia.

En USA, el gobierno de Trump ha sido poco transparente con las cifras del personal sanitario infectado sino que ademas ha venido minimizando la situación, sin embargo en un informe[2] publicado el 14 de abril, por el Centers for Disease Control and Prevention – CDC, (órgano adscrito al Departamento de Salud y Servicios Humanos), al menos hay, al 09 de abril, un total de 9,282 infectados que son personal sanitario, esto es casi un 16% del total de casos reportados, debiendo destacar que el propio informe señala que esa cifra está claramente subestimada debido a ciertas limitaciones operativas del muestreo y porque un gran número de profesionales de la salud se encuentran asintomáticos y no han reportado su condición o bien porque no han tenido acceso a las pruebas de descarte.

Por su parte, en el caso español, el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES), en una rueda de prensa, ha confirmado que, hasta el 14 de abril, existen 26.672 profesionales de la salud afectados de un total de 174,060 ciudadanos, esto es un 15.3%, sin embargo diversos gremios que representan a dicho sector han señalado que dichas cifras no se aproximan en modo alguno a la realidad, así por ejemplo la Organización Colegial de Enfermería, se encuentra realizando una macroencuesta denominada “Impacto del COVID-19 en la profesión enfermera” para sincerar las cifras, cuyo avance informativo preliminar de fecha 14 de abril, arrojó una alarmante proyección, según la cual al menos 70,000 enfermeras y enfermeros en España podrían haber estado potencialmente contagiados, siendo que, en el subgrupo de sujetos que ya tienen un resultado confirmando que son portadores del virus, “un 76,2% (…) cree haberse contagiado prestando asistencia sanitaria: el 35,1% por la falta de equipo de trabajo o material adecuado y el 41,1% por el cuidado de pacientes no diagnosticados[3].

Finalmente en Italia, de acuerdo con las cifras oficiales del Istituto Superiore di Sanità -ISS, al 15 de abril del 2020, de un total de 155,467 de ciudadanos infectados, 16,650 son profesionales de salud, es decir un 10.70 %.

Como puede observarse de la experiencia extranjera, el porcentaje de personal sanitario infectado es bastante elevado, lo cual se debe en buena cuenta a la falta de equipo personal de protección. En España y Italia, diversos gremios resaltaron que se veían forzados a atender y salvar vidas sin el más mínimo equipo de protección, lo cual es el equivalente de enviar a la guerra a soldados sin chalecos antibalas. Así, por ejemplo, el 11 de marzo, en una entrevista para el canal Antena 3, Julián Esquerra, secretario general del Sindicato de Médicos de Madrid, manifestó:

En este momento la situación de la sanidad en Madrid está al borde de una crisis si no se actúa con rapidez, ayer ya hubo incluso un reconocimiento por parte de la directora general de salud pública que hace un llamamiento ante el desabastecimiento inminente de equipos de protección individual para los profesionales, algo que es básico en una infección como esta que es de alta contagiosidad y que obliga a que los profesionales vayan perfectamente equipados y protegidos por el riesgo que tienen no sólo de infectarse ellos con la afectación que tiene por las bajas laborales de los profesionales, el riesgo que ellos puedan afectar a otros compañeros de trabajo y a otros pacientes y estamos en un límite en el que el stock está ya al borde del desabastecimiento y se tuvo que hacer un llamamiento ayer, el Ministro cogió el guante y efectivamente habla de centralizar las compras y empezar a coordinar este problema porque a esto se  añade que países exportadores como Francia y Alemania ya dieron orden de no exportar equipos desprotección cuando Italia las necesitó y esto es un grave y serio problema (…) porque si enfermamos los profesionales el sistema se viene abajo.[4]

Otra muestra icónica de esta problemática, se dio el 18 de marzo, cuando Mercedes Romero, secretaria general de la sección sindical del Hospital Severo Ochoa, municipio de Leganés (Madrid) hizo un llamado desesperado en las redes sociales:

Vuelvo a hacer un llamamiento urgente para el hospital Severo Ochoa, el de ayer no fue suficiente, seguimos necesitando material, no ha llegado, han llegado mascarillas quirúrgicas, pero eso no es suficiente, las mascarillas quirúrgicas no protegen a los profesionales que están en contacto con los pacientes con COVID-19, necesitamos mascarillas FP2 y FP3, no hay ya mascarillas en unidades como la UCI o los técnicos de rayos están haciendo su trabajo (…) sin ningún tipo de protección, por favor necesitamos que este material llegue ya, hoy, no hay material estamos desabastecidos; y por otro lado tenemos la urgencia totalmente desbordada hay cerca de 190 pacientes en la urgencias, los sanitarios no dan abasto, de todas las categorías, todos están ahora trabajando pero es que no dan abasto (…) entre las cosas que me piden los trabajadores de la urgencia es que se les abastezca de botellas de agua, pasan muchísima sed con el traje con la máscara con las gafas con todo botellas de agua por favor, y sobre todo más recursos humanos (…).[5]

Nuevamente, no contamos con cifras oficiales, sin embargo, según los diversos reportes periodísticas, es conocido que un número significativo de este conjunto de personal infectado lamentablemente ha perdido la vida cumpliendo valientemente con su labor, debiendo tener presente que, efectivamente, si perdemos a nuestros profesionales de la salud, cualquier sistema de salud, por más desarrollado que se encuentre simplemente se encontraría imposibilitado de poder atender al creciente número de infectados, lo cual eventualmente se traduciría en un catastrófico número de fallecidos, lo cual esperamos no ocurra en nuestro país.

Ahora bien, en nuestro país, aun no se ha producido el colapso del sistema de salud, ya que nos encontramos en los primeros estadios de extensión del virus, y no hemos llegado al pico del mismo, sin embargo, a pesar de las adecuadas y necesarias medidas de aislamiento social el número de infectados y fallecidos sigue en un claro aumento. Es así como, al 16 de abril del 2020, según cifras oficiales proporcionadas por el MINSA[6], tenemos 12,491 casos (entre 7,266 positivos -prueba molecular- y 5225 probables -prueba rápida-) de los cuales 274 lamentablemente han fallecido.

De dicha cifra, según declaraciones brindadas por el Colegio Médico del Perú-CMP a un diario nacional[7], al 14 de abril, el número de galenos infectados era de 201, de los cuales 9 se encontraban en UCI y uno ha fallecido. En efecto, lamentablemente el 08 de abril falleció el primer profesional de salud, Dr. Wayner Arnilfo Benites Cerna, Jefe del Centro de Salud Santa Rosa de San Juan de Lurigancho. Asimismo, según el Colegio de Enfermeros del Perú[8] al 15 de abril, existen 117 Enfermeras con diagnóstico COVID-19 positivo, 2 hospitalizadas y 114 en aislamiento por contacto y esperando Hisopado.

Es decir, sólo contando a los médicos y enfermeras (los otros colegios profesionales no publicitan aún datos certeros), existen al menos 317 casos confirmados, el cual podría aumentar, teniendo en cuenta que, según lo han indicado estos gremios, los profesionales de la salud no están recibiendo el equipo de protección necesario, lo cual pone en peligro sus vidas[9].

Debemos indicar que la falta de entrega del equipo de protección personal supone un grave riesgo no sólo para los propios médicos sino para la ciudadanía en general. El eventual desabasto, y con ello el riesgo de enfermar y posiblemente morir, puede generar el colapso del sistema de salud por lo siguiente: i) Como ya han dicho los propios profesionales de salud, si ellos se enferman y mueren todos están en peligro ya que ese médico que ahora está postrado pudo ser el que salvara la vida de un familiar o ser querido o de uno mismo, así incluso si se logra aumentar la infraestructura conseguir mayor equipo médico, de nada serviría si no contamos con el personal sanitario suficiente para afrontar la oleada de enfermos (que estamos seguros vendrán en los próximos días); y, ii) El personal sanitario ante el riesgo de enfermar puede, válidamente, negarse a prestar las atenciones de salud.

Sobre esto último, si bien es cierto su juramente hipocrático los obliga a efectuar su mejor esfuerzo para salvaguardar la salud y vida de los pacientes, no es menos cierto que tal “obligación” encuentra sus límites en la salvaguarda de su propia vida y sus otros pacientes. En tal sentido, mediante Comunicado N° 030-2020, de fecha 14 de abril, el CMP, recomendó implícitamente a sus miembros a no prestar servicios en condiciones biopeligrosas al señalar lo siguiente:

(…) El CMP, viene demandando ante las diferentes autoridades del sector público, la necesidad de garantizar la bioseguridad de los médicos para que puedan desempeñar sus labores frente al COVID-19 con las condiciones elementales a fin de minimizar el riesgo de contagio a ellos mismos, sus pacientes y sus familiares. Por las consideraciones expuesta, se les recuerda a todos los galenos, especialmente a quienes ocupan cargos de directores, funcionarios o quien detente posición jerárquica con subordinados bajo su cargo, dar estricto cumplimiento con lo establecido en nuestro ordenamiento legal, por ende, NO PUEDEN OBLIGAR A SUS PROFESIONALES PRESTAR SERVICIOS SIN EL ADECUADO EQUIPO PERSONAL DE PROTECCIÓN, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADOS ANTE EL CONSEJO REGIONAL CORRESPONDIENTE, ASÍ COMO ANTE LAS AUTORIDADES COMPETENTES.[10]

Que, en dicho contexto, si bien es cierto el brindar el equipo de protección personal es indudablemente la primera y principal medida de protección a favor del personal sanitario, el gobierno, correctamente, ha brindado otros beneficios y derechos que, entre los cuales destaca el otorgamiento de un seguro de vida.

Como es ampliamente conocido, el seguro de vida es aquel contrato de seguro por el cual la aseguradora se obliga a pagar un monto o capital preestablecido o a brindar una prestación debida, en caso se concrete el riesgo consistente en la pérdida de la vida del asegurado. Dicho pago se da a favor de sus herederos legales y/o a las personas declaradas por el propio asegurado.

Cabe indicar que, la exigencia y reclamo de dicho seguro ha sido un reclamo histórico por parte de los diversos gremios e incluso fue llevado como proyecto de ley a mediados del año pasado, pero que no había logrado concretarse, siendo que recién ahora y gracias la peligrosidad del nuevo virus, logra ver la luz.

Originalmente este seguro de vida fue otorgado a un sector muy focalizado, esto es únicamente a aquel que iba a prestar servicios en el Hospital COVID-19 Ate Vitarte. En efecto, mediante Decreto de Urgencia Nº 032-2020, publicado el 25 de marzo del 2020, se dispuso, en su artículo 3.4, lo siguiente:

El personal que contrate la Unidad Ejecutora “Hospital Emergencia Ate Vitarte”, bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicio, regulada en el Decreto Legislativo Nº 1057, debe contar con la cobertura de un Seguro de Vida, así como por el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) Salud y Pensión, a partir del inicio de su vínculo laboral, lo que debe ser estipulado en el respectivo contrato. El Seguro de Vida, también resulta aplicable para el personal que labore en la citada Unidad Ejecutora, sujeta al Decreto Legislativo Nº 1153.

Para entender el alcance de este beneficio debemos tener presente dos aspectos: i) La relevancia del Hospital COVID-19 Ate Vitarte; y, ii) El conjunto de profesionales comprendidos en la normativa laboral sanitaria mencionada.

Sobre el primer punto, cabe tener presente que con fecha 18 de marzo del 2020 se publicó la Resolución Ministerial N° 095-2020-MINSA, por el cual se aprobó el “Plan Nacional de Reforzamiento de los Servicios de Salud y Contención del COVID-19” el cual establece que, el centro con mayor capacidad resolutiva y en el cual se centralizará la atención del COVID será el Hospital de Referencia COVID-19 Ate Vitarte, estableciéndose que el ingreso a este nivel aislado se presenta para efectos de hospitalización y UCI por COVID-19. Se prevé una implementación de 214 camas en dicho nosocomio de las cuales únicamente 60 camas están destinadas para UCI, y las otras 154 restantes para hospitalización, y de 378 profesionales de la salud en el curso de seis meses, para lo cual se requiere una inversión de S/ 66´512,104.

Por otro lado, en relación con el conjunto de personal comprendido en este Decreto de Urgencia, tenemos al personal CAS, así como a profesionales de salud y personal de salud técnico y auxiliar estando exceptuados el personal o servidor civil que ocupan un puesto destinado a funciones administrativos, personal de Essalud, personal del SIS, personal de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, personal militar y policial que desempeñan servicios asistenciales en salud (DL 1153). Igualmente, a parte del conjunto expresamente excluido, se encuentran todos aquellos profesionales que prestan servicios bajo la modalidad de locación de servicios, los residentes y los del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud-SERUMS.

Posteriormente, tomando recomendaciones del CMP[11], este beneficio se amplió a la gran mayoría de profesionales de la salud que se encuentran en la primera línea de defensa contra el COVID. En efecto, con fecha 12 de abril, se publicó el Decreto de Urgencia Nº 037-2020, cuyo artículo 2.1 estableció lo siguiente: “2.1. Ampliase lo dispuesto en el numeral 3.4 del artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 032-2020, (…), referido al seguro de vida, a favor de todo el personal de la salud que realiza labor asistencial bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1153, (…) y del Decreto Legislativo N° 1057 (…), en los establecimientos de salud del Sector Público, comprendidos en el artículo 4-A del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud. Cuando el personal de la salud esté desplazado a un establecimiento de salud del Sector Público por encargo de una persona jurídica, esta última deberá contratar el seguro de vida”.

Como puede observarse, con la ampliación en cuestión no sólo se extiende el universo de beneficiados con independencia del lugar donde prestan los servicios asistenciales, sino que también amplía el personal CAS beneficiario, al insertarse a los CAS de EsSalud, de Sanidad de la PNP, de la Sanidad de las FF. AA., y otras instituciones de salud del gobierno nacional y de los gobiernos regionales y locales. Igualmente, en el Decreto de Urgencia mencionado, se establece una partida de S/ 49 450 680 a favor del Ministerio de Salud para la implementación del seguro en cuestión.

No obstante que, el número de sujetos se ha ampliado significativamente, aún existen profesionales de la salud que no están comprendidos dentro de los alcances de este Decreto de Urgencia, específicamente locadores de servicios, residentes, serumnistas y contratados. Por esta razón, el CMP, mediante Comunicado 029-2020[12], de fecha 12 de abril del 2020, ha manifestado su voz de protesta, la cual consideramos razonable, si la finalidad es tutelar a la totalidad de profesionales frente al riesgo de muerte, el beneficio debería ser brindado por la prestación del acto médico relacionado con el covid-19 con independencia de la situación laboral del profesional sanitario.

A la fecha, se desconoce el monto o suma asegurada, sin embargo esperamos que el mismo sea acorde a la loable labor que están desempeñando estos profesionales, igualmente no se han efectuado pautas o precisiones en relación a la forma en la cual se implementará este seguro, sin embargo resulta poco probable que sea un beneficio otorgado directamente por el Estado, siendo la opción más razonable el lanzar a licitación el mismo entre las empresas de seguros que comercializan productos de vida, sin embargo incluso ello será complicado, debido a que las aseguradoras no cuentan con data o índices de siniestralidad suficientes para poder efectuar una estimación real del riesgo, igualmente la facilidad de propagación del virus y lo variable de su letalidad indudablemente dificultaran dicho análisis, por lo cual observaremos con sumo interés la evolución de este proceso de implementación.

Finalmente, y si bien es cierto no se trata propiamente de un seguro de salud, queremos destacar las iniciativas del empresariado, específicamente el realizado por PACIFICO SEGUROS, quien ha donado S/ 5 000 000 para elaborar un fondo solidario que brindará una indemnización por la suma de S/ 50 000 a favor de los familiares de profesionales de la salud y otros que están luchando contra el covid-19 y fallezcan como consecuencia de este.

Específicamente el personal “asegurado” estaría conformados por doctores, doctoras, enfermeros, enfermeras, todo el personal técnico y asistencial del Ministerio de Salud (Minsa) y de los Hospitales Públicos Regionales, efectivos de la Policía, miembros de las Fuerzas Armadas y personal asistencial de ambas instituciones. Quedando excluidos el personal de EsSalud.

Igualmente, en caso la persona fallecida ya contase con un seguro de vida, ello no invalidará el beneficio, ello en la medida que se trata de un beneficio complementario. Debemos precisar que, incluso en caso este beneficio fuera realmente un seguro, ello tampoco implicaría la perdida de la indemnización en la medida que en el seguro de personas no aplica el denominado principio indemnizatorio, propio de los seguros patrimoniales, el cual determina la prohibición de doble seguro.


[1] Johns Hopkins University & Medicine, Covid-19 Map, última actualización al 16 de marzo del 2020 a las 11:38 pm. En: https://coronavirus.jhu.edu/map.html

[2]CDC, Morbidity and Mortality Weekly Report: Characteristics of Health Care Personnel with COVID-19, 14 de abril del 2020. En: https://www.cdc.gov/mmwr/volumes/69/wr/pdfs/mm6915e6-H.pdf

[3] Diario Enfermero, En torno a 70.000 enfermeras podrían haber tenido síntomas compatibles con COVID-19, según la macroencuesta de la Organización Colegial de Enfermería, 14 de abril del 2020. En: https://diarioenfermero.es/en-torno-a-70-000-enfermeras-podrian-haber-tenido-sintomas-compatibles-con-covid-19-segun-revela-una-macroencuesta-de-la-organizacion-colegial-de-enfermeria/

[4] En: https://twitter.com/amytsmedicos/status/1237724754142023681?s=20

[5] En: https://twitter.com/CCOOMadrid/status/1240361208244510720?s=20

[6] En: https://www.gob.pe/institucion/minsa/noticias/126023-minsa-casos-confirmados-por-coronavirus-covid-19-ascienden-a-12-491-en-el-peru-comunicado-n-67

[7]En: https://larepublica.pe/sociedad/2020/04/14/coronavirus-en-peru-201-medicos-fueron-diagnosticados-con-covid-19-segun-colegio-medico-cmp/

[8] En: http://www.cep.org.pe/beneficio-unico-por-enfermerdad-grave-causado-por-el-covid-19/

[9] En tal sentido, con fecha 11 de abril, el Colegio Médico del Perú, inició una campaña de solidaridad a favor de los profesionales de la salud, los cuales no están recibiendo el equipo de protección necesario, exhortando a los ciudadanos y al empresariado nacional para que donen guantes, mascarillas, mamelucos, botas y lentes.

[10] En: https://www.cmp.org.pe/wp-content/uploads/2020/04/WEB-Correccio%CC%81n-Comunicado-N30-1333×1000.png

[11] Quienes, con fecha 27 de marzo del 2020, emitieron el Comunicado N° 020-2020, en el cual señalaron, como requerimientos necesarios, entre otros, la necesidad que todos los profesionales de salud cuenten con un seguro de salud y de vida. En: https://www.cmp.org.pe/wp-content/uploads/2020/03/WEB-Comunicado-N20-1333×1000.png

[12] En: https://www.cmp.org.pe/wp-content/uploads/2020/04/WEB-Oficial-Comunicado-N29-1333×1000.png

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Candidato a magíster en Diritto privato Europeo por la Università degli StAsi por ejemplo udi Mediterranea di Reggio Calabria. Magíster en Economía y Derecho del Consumo por la Universidad de Castilla (La Mancha). Graduado del Curso Internacional Seguros y Tecnología por la Universidad Católica de Chile. Candidato a magíster de la Maestría con Mención de Derecho de la Empresa de la Escuela de Postgrado de la UNMSM. Asociado Senior del Área de Derecho de Seguros y Reaseguros de Torres, Carpio, Portocarrero & Richter - DAC BEACHCROFT LLP. Conferencista nacional e internacional. Coautor del libro “Retos y desafíos del contrato de seguro: Del necesario aggiornamento a la metamorfosis del contrato", Civitas, Pamplona (España), 2020 y autor de diversos artículos académicos en materia de seguros y reaseguros. Miembro Principal del Círculo Financiero Corporativo de la UNMSM. Correo electrónico: [email protected]