Jurisprudencia del artículo 94 de la Constitución.- Reglamento del Congreso

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Artículo 94.- Reglamento del Congreso*
El Congreso de la República, el Senado y la Cámara de Diputados elaboran y aprueban sus respectivos reglamentos, que tienen naturaleza de ley orgánica; eligen a sus representantes en la Comisión Permanente y en las demás comisiones, de acuerdo con los principios de pluralidad y proporcionalidad. Asimismo, establecen su organización y las atribuciones de los grupos parlamentarios; nombran y remueven a sus funcionarios y empleados, y les otorgan los beneficios que les corresponden de acuerdo a ley. El Congreso de la República sanciona su presupuesto y gobierna su economía.

*Artículo modificado por la Ley 31988, publicada el 20 de marzo de 2024.


Concordancias

C: arts. 13, 85, 90, 95-97, 100, 101, 108, 135, 136; DUDH: art. 21.1; PIDCP: art. 1.1; PIDESC: art. 1.1; CADH: art. 23.1.a.


Jurisprudencia del artículo 94 de la Constitución

  • Tribunal Constitucional

  1. Reglamento del Congreso forma parte del bloque de constitucionalidad, ya que regula el procedimiento para la creación normativa, incluyendo el cumplimiento del requisito de doble votación [Exp. 0003-2008-PI/TC, f. j. 12]. Link: lpd.pe/yabw8
  2. La Constitución establece el principio de normación autónoma del Congreso, permitiéndole crear su propio Reglamento para regular su actividad y relaciones institucionales [Exp. 0006-2018-PI/TC, ff. jj. 31-32]. Link: lpd.pe/EMr31

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