Jurisprudencia del artículo 81 del Código Procesal Penal.- Compatibilidad del patrocinio

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Procesal Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].

Artículo 81.- Compatibilidad del patrocinio
El Abogado Defensor puede ejercer el patrocinio de varios imputados de un mismo proceso, siempre que no exista incompatibilidad de defensa entre ellos.


Concordancias

CP: arts. 92, 95; NCPP: arts. 84, 111, 113; CPC: art. 84.


Jurisprudencia del artículo 81 del Código Procesal Penal

  • Corte Suprema

    1. NUEVO: Es incompatible que el abogado que fue solo defensa en un caso pase a ser «defensa-testigo» en un hecho conexo [Apelación 43-2023, Ucayali]. Link: lpd.pe/pNoAP

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