Jurisprudencia del artículo 609 del Código Procesal Civil.- Sustitución del Juez

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Artículo 609.- Sustitución del Juez
Si por impedimento, recusación, excusación o abstención se dispone que el conocimiento del proceso principal pase a otro Juez, éste conocerá también del proceso cautelar.


Concordancias 

CPC: arts. 305-307, 310, 311, 313.


Jurisprudencia del artículo 609 del Código Procesal Civil

  • Corte Suprema

  1. Juez declara abandono procesal pese a abstenerse de conocer el cuaderno cautelar, cuyas razones también eran aplicables para el principal [Casación 2727-2010, Ica]. Link: lpd.pe/pAPYO

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