Artículo 397.- Cohecho activo genérico*
El que, bajo cualquier modalidad, ofrece, da o promete a un funcionario o servidor público donativo, promesa, ventaja o beneficio para que realice u omita actos en violación de sus obligaciones, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años; inhabilitación, según corresponda, conforme a los incisos 1, 2 y 8 del artículo 36; y, con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa.
El que, bajo cualquier modalidad, ofrece, da o promete donativo, ventaja o beneficio para que el funcionario o servidor público realice u omita actos propios del cargo o empleo, sin faltar a su obligación, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años; inhabilitación, según corresponda, conforme a los incisos 1, 2 y 8 del artículo 36; y, con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa.
*Artículo modificado por los siguientes dispositivos:
- Ley 27074, publicada el 26 de marzo de 1999 (link: bit.ly/43TNMNd).
- Ley 28355, publicada el 6 de octubre de 2004 (link: bit.ly/47j6LUr).
- Ley 30111, publicada el 26 de noviembre de 2013 (link: bit.ly/3DHBjlh).
- DL 1243, publicado el 22 de octubre de 2016 (link: bit.ly/43TBLY8).
Concordancias
C: arts. 39, 41; CP: arts. 12, 29, 46-A, 57-61, 92, 93, 384, 425, 426; NCPP: art. 468; CC: art. 1366.
Jurisprudencia del artículo 397 del Código Penal
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Corte Suprema
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- Cohecho activo genérico: Consumación no requiere de la aceptación del funcionario, sino de su conocimiento directo del ofrecimiento ilegal [RN 321-2011, Puno]. Link: bit.ly/41qV0Hz
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Corte Superior
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- Para configurar el delito de cohecho activo genérico no es necesario ofrecer expresamente el soborno [Exp. 00005-2011-33]. Link: bit.ly/3O7YgEy
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Derecho comparado
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- Non bis in idem: Particular que comete cohecho activo no puede ser extraneus en el delito de cohecho pasivo (España) [SAN 1915/2018]. Link: bit.ly/3I7xJDz
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
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