Artículo 31.- Penas limitativas de derechos – Clases
Las penas limitativas de derechos son:
1. Prestación de servicios a la comunidad;
2. Limitación de días libres; e
3. Inhabilitación.
Concordancias:
C: arts. 2.15, 24.b, d, 33.3, 137; CP: arts. 28, 32-45, 55, 80; DUDH: art. 5; PIDCP: arts. 7, 8.3.b, 8.3.c.i; CADH: arts. 5.2, 6.2, 6.3.a; CEDH: arts. 3, 4.3.a.
Jurisprudencia del artículo 31 del Código Penal
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Corte Suprema
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- Penas limitativas de derechos operan sustituyendo a penas efectivas de corta duración y son una alternativa idónea para la sanción de delitos de escasa gravedad [RN 775-2022, Lima] Link: bit.ly/3L1jTDy
- Penas limitativas de derechos afectan la disposición del tiempo libre del condenado durante los fines de semana o días de descanso y sirven para retribuir daño causado por el delito [RN 447-2021, Lima]. Link: bit.ly/41OcvBW
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
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